Dentro de un año un tribunal del jurado enjuiciará a la mujer que asesinó al pequeño Gabriel Cruz
La asesina confesa participó en las búsquedas como una más, y acompañó Ángel Cruz en sus comparecencias ante los medios./ EP

Dentro de un año un tribunal del jurado enjuiciará a la mujer que asesinó al pequeño Gabriel Cruz

Está penado con la prisión permanente revisable
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18/9/2018 06:15
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Actualizado: 18/9/2018 01:43
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El Juzgado de Instrucción nº 5 de Almería cuyo titular es el magistrado Rafael Soriano comunicó ayer a Ana Julia Quezada que un jurado popular será el encargado de juzgarla por la muerte de Gabriel Cruz.

El juicio se celebrará, aproximadamente, dentro de un año.

La asesina confesa de la muerte del pequeño el pasado mes de febrero está procesada por la presunta comisión de delitos de asesinato y contra la integridad moral. Sin embargo, ninguna de las acusaciones atribuye a Quezada el delito de detención ilegal que se le había imputado anteriormente.

Es lo que se conoció ayer tras la sesión celebrada en las dependencias judiciales de la Ciudad de la Justicia de Almería y en la que las diferentes acusaciones expusieron la relación de hechos que consideran acreditados así como los delitos que se derivan de los mismos.

Según trasladó el juez instructor al término de esta sesión, «se inicia la tramitación del procedimiento por la ley del jurado, que llevará su tiempo, y esperemos que, antes de fin de año, podamos tener completada la instrucción y se pase la causa a la Audiencia Provincial para enjuiciamiento».

La Fiscalía de Almería solicitó que la investigada sea juzgada por la comisión de un delito de asesinato previsto en el artículo 140 del Código Penal y penado con la prisión permanente revisable. Lo mismo consideró la acusación particular que representa a los padres.

Este precepto establece que «el asesinato será castigado con pena de prisión permanente revisable cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias: 1.ª Que la víctima sea menor de dieciséis años de edad, o se trate de una persona especialmente vulnerable por razón de su edad, enfermedad o discapacidad».

En cuanto al comportamiento que mantuvo Ana Julia Quezada durante los 13 días en los que se mantuvo activo un amplio operativo de búsqueda del niño con respecto a Ángel Cruz y a Patricia Ramírez, la Fiscalía lo tipifica como dos delitos de lesiones psíquicas a los padres del menor y la acusación particular lo califica de dos delitos contra la integridad moral.

Por su parte, la Asociación ‘Clara Campoamor’, personada en la causa como acusación popular, se adhirió a los planteamientos de la Fiscalía y de la acusación particular.

Diligencias

En la sesión, las tres acusaciones propusieron además las diligencias que consideran oportunas practicar.

Las partes tienen aún plazo de cinco días para solicitar diligencias de prueba.

La Fiscalía reiteró su petición para que los padres sean explorados para determinar las posibles secuelas que a nivel psicológico hallan podido quedar tras la desaparición de su hijo hasta el descubrimiento del cadáver el 11 de marzo.

El abogado de la acusación, Francisco Torres anunció que han interesado una pericial forense de parte «para poner en cuestión» la autopsia realizada por el Instituto de Medicina Legal (IML) y «avalar la tesis del ensañamiento».

Ley del Jurado

De acuerdo con la Ley del Jurado Popular, una vez que las diferentes partes personadas presenten sus escritos de acusación y defensa, el juez instructor deberá emitir un auto de apertura de juicio oral.

Posteriormente, las diligencias se remitirán a la Audiencia Provincial de Almería donde el magistrado – presidente del tribunal que resulte designado habrá de redactar un auto de hechos justiciables que recogerá los hechos por los que será juzgada la presunta autora de los mismos.

La defensa pide un tribunal profesional

El letrado que ejerce la defensa, Esteban Hernández Thiel, cuestionó que un jurado popular pueda juzgar «con imparcialidad» a Quezada y, por tanto, estudia recurrir el auto de procesamiento para que sea enjuiciada por un tribunal profesional.

«Entendemos que un jurado popular conculcaría su derecho a un proceso con todas las garantías dada la enorme repercusión mediática del caso», indicó.

Hernández Thiel expresó su disconformidad con la calificación de los hechos como asesinato del subtipo agravado y, por tanto, penado con la prisión permanente revisable, que han hecho las acusaciones ante el juez instructor.

En su opinión, se trataría «de un homicidio imprudente o, en todo caso, un homicidio».

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