Juana Rivas se niega de nuevo a entregar a sus hijos a su expareja tras denunciarlo por presuntos malos tratos al menor
En julio de 2017, instada por una juez a entregar a sus dos hijos al padre para que volviera con ellos a Italia, Rivas desapareció un mes con ellos y no volvió hasta casi un mes después. Foto: EP

Juana Rivas se niega de nuevo a entregar a sus hijos a su expareja tras denunciarlo por presuntos malos tratos al menor

 permanece con los niños en Cagliari (Italia), donde ha pedido medidas judiciales urgentes para su protección
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23/10/2018 09:37
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Actualizado: 23/10/2018 09:48
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Juana Rivas, que el pasado julio fue condenada a cinco años de prisión y seis sin la patria potestad de sus hijos por sustracción de menores en España, no ha entregado a sus hijos, de 12 y 4 años, a su expareja, el italiano Francesco Arcuri, y ha presentado una denuncia por presuntos malos tratos del padre hacia el menor.

Habría presentado ya seis contra Arcuri en los últimos meses en Italia por supuesto maltrato a los niños.

Rivas permanece ahora con sus hijos en Cagliari (Italia), donde ha pedido medidas judiciales urgentes para su protección.

Su expareja se los entregó el pasado viernes. Según fuentes cercanas al caso, ella tendría que habérselos devuelto el domingo.

Por su parte, el equipo jurídico de Juana Rivas afirma que los pequeños permanecen con la madre, en el marco del derecho que tiene a tenerlos, en sus estancias en Italia, durante siete días consecutivos seguidos, siempre y cuando vayan al colegio, a unas dos horas de Cagliari. Y añaden que ayer no los llevó ante este «hecho grave» que se «está denunciando».

En julio de 2017, instada por una juez a entregar a sus dos hijos al padre para que volviera con ellos a Italia, Juana Rivas desapareció un mes con ellos y no volvió hasta casi un mes después. Por estos hechos, el pasado 18 de julio fue condenada por el Juzgado de lo Penal 1 de Granada como autora de dos delitos de sustracción de menores, sentencia que no es firme y ha recurrido.

Además, en Italia está abierto el procedimiento para decidir sobre la custodia de los niños. Arcuri obtuvo la guarda y custodia provisional de los dos menores el 23 de junio de 2017, y permanece «sin tramitarse» la denuncia por presunta violencia de género que Rivas puso en Granada en verano de 2016 y que fue remitida al país alpino.

‘LO APORTADO NO ACREDITA EL MALTRATO NI HACIA ELLA NI HACIA LOS MENORES’

En el juicio en el Juzgado de lo Penal 1 de Granada, en el que fue condenada a cinco años de prisión y seis sin la patria potestad de los pequeños, Juana Rivas alegó que se fue en mayo de 2016 con sus dos hijos de la isla de Carloforte (Italia) porque “no quería vivir más” bajo “las torturas” de su expareja y que, ya en España, no le entregó a los niños, pese a conocer las resoluciones judiciales que le obligaban a ello, porque estaban “escapando del maltrato” y quería protegerlos.

En la sentencia, el magistrado Manuel Piñar sostiene que a lo largo del procedimiento Rivas aportó comunicaciones e informes periciales que no acreditan el maltrato ni hacia ella ni hacia los menores, mientras que los peritos que han actuado en la causa sí lo han descartado. También concluyeron que la restitución de los niños al contexto paterno no suponía “un grave peligro para su integridad física o psíquica”.

El magistrado tampoco dio credibilidad a la denuncia que Rivas presentó por malos tratos en julio de 2016 en Granada, que fue remitida a Italia, “porque ningún jurado ha declarado la veracidad de los mismos”.

El juez Piñar considera probado que la pareja estuvo temporalmente separada en 2009, cuando Francesco resultó condenado por un delito de malos tratos, que decidieron reconciliarse, y que en 2012 se marcharon a Italia donde de común acuerdo fijaron la residencia familiar en Carloforte.

Salvo este episodio de malos tratos ocurrido en 2009, el juez subraya que no se ha acreditado ningún otro posterior, ni tampoco en el mayor de los dos hijos se han detectado desajustes psicológicos relacionados con malos tratos contra él o por haberlos presenciado hacia su madre, “ni se ha apreciado que la restitución al contexto paterno, suponga un grave peligro para su integridad física o psíquica”.

Además, el magistrado advierte que «predicar a los cuatro vientos que una persona maltrata, tortura y aterra a su familia, e incluso, que ha golpeado al hijo mayor, cuando no hay una condena firme, ni siquiera una investigación en trámite, y arengar a una multitud irreflexiva y visceral, para hacerla cómplice de ese escarnio» es «una afrenta que muestra una voluntad dañina y lesiva de elementales derechos como el honor o el de presunción de inocencia».

Argumenta que esto conlleva daños, «no solo de tipo de moral, en cuanto que se ha atacado la dignidad y honor de la persona y su imagen, sino también de naturaleza económica incuantificable, pues la sensibilidad social que hay sobre la lacra del maltrato, ha llevado a muchas personas a aislar al maltratador convicto; a señalarlo y rehuirlo a la hora de una oferta de trabajo, de un negocio y de muchos otros aspectos de la vida social».

«Ni siquiera el derecho a la defensa justifica esa desmesurada campaña«, sentencia el juez Piñar.

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