La Audiencia de Madrid confirma el archivo parcial del ‘caso Máster’, excepto para Cifuentes
La expresidenta madrileña Cristina Cifuentes aseguró ante la juez el pasado 23 de julio que defendió su TFM el mismo día que la Selección celebró la Eurocopa de 2012 en Madrid.

La Audiencia de Madrid confirma el archivo parcial del ‘caso Máster’, excepto para Cifuentes

Rechaza el recurso de apelación presentado por la Universidad Rey Juan Carlos, por "haberse presentado fuera de plazo"
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18/1/2019 14:33
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Actualizado: 18/1/2019 15:17
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La Audiencia Provincial de Madrid ha confirmado el archivo parcial del ‘caso Máster’ para 15 investigados, a excepción de la expresidenta madrileña Cristina Cifuentes y de otros tres acusados más que serán juzgados por un delito de falsedad documental.

Se trata del exdirector del ya clausurado Instituto de Derecho Público de la Universidad Rey Juan Carlos (URJC) de Madrid, Enrique Alvarez Conde, investigado en otro juzgado por supuesta malversación de fondos del Instituto; la profesora que supuestamente falsificó el acta de la expresidenta regional Cecilia Rosado, así como la exasesora de la Consejería de Educación María Teresa Feito.

La Sección 16 de la Audiencia Penal de Madrid, actuando como tribunal de apelación, ha rechazado el recurso interpuesto de la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid (URJC) contra el auto en el que la juez Carmen Rodríguez Medel confirmó el archivo parcial del ‘caso Máster’ y la acusación contra los tres mencionados al haberse presentado dicha impugnación fuera de plazo.

«No ha lugar a estimar el recurso de apelación interpuesto en nombre de URJC contra auto de fecha 18 de octubre, dictado por el Juzgado de Instrucción 51 de Madrid, de sobreseimiento parcial de las presentes actuaciones al haberse presentado fuera de plazo, debiendo confirmarse el auto recurrido», dice el tribunal.

La Sección 16 de la Audiencia de Madrid ha rechazado el recurso de apelación interpuesto por la URJC contra el auto de la juez Carmen Rodríguez Medel, titular del Juzgado de Instrucción número 51 de Madrid, del pasado octubre, en el que confirmó el archivo parcial del caso.

Lo ha rechazado por «haberse presentado fuera de plazo».

Contra esta resolución no cabe recurso.

El tribunal señala que el falló el recurso de reforma de la Universidad se notificó el 19 de octubre, por lo que las partes contaban con un plazo de cinco días para recurrir en apelación ante la Audiencia Provincial.

El escrito del centro se remitió el día 30 de octubre.

«El artículo 184.1 de la LOPJ señala que todos los días y horas del año son hábiles para la instrucción de las causas criminales. Por tanto si el auto se notifica el 19 de Octubre de 2018, el plazo para interposición del recurso comienza a correr el siguiente día, es decir 20 de octubre y por tanto el 24 de octubre habría finalizado dicho plazo», expone.

«Si contamos el plazo de gracia del artículo 135 de la L.E.Civil, podríamos admitir el recurso si se hubiera interpuesto hasta el 25 de octubre», añade.

Los magistrados destacan que no ignoran «cierta corriente jurisprudencial que en algunas ocasiones ha matizado que el cómputo de los plazos en fase de instrucción sea en días naturales, ahora bien, la implantación de la comunicación entre partes y Sección ha hecho decaer dicho criterio que encontraba su justificación en la dificultad que para las partes pudiera representar presentar en plazo sus recursos y que obligaba a siempre incómodas visitas al Juzgado de Guardia en horas nocturnas, justo antes vencer el plazo».

«En la actualidad el profesional puede perfectamente desde la comodidad de su despacho o de su domicilio, presentar escritos y por ello, al modesto entender de este Tribunal, ha de mantenerse lo que en definitiva y de manera clara marca el artículo 184.1 de la LOPJ, como ya dijimos en auto de esta misma Sala de fecha 29 de octubre de 2018», zanja.

Carmen Rodríguez Medel rechazó ampliar seis meses más el delito de falsedad documental y confirmó el archivo de la mayor parte de la causa, rechazando así el recurso de reforma presentado por la URJC.

El pasado septiembre, la juez decidió el sobreseimiento de la causa en relación a los presuntos delitos de cohecho y prevaricación administrativa y centrarse solo en la supuesta falsedad documental.

El sobreseimiento afectó a 19 personas: a los compañeros de Cristina Cifuentes y Pablo Casado que estaban siendo investigados, y a otros profesores como Pablo Chico, Susana Galera, Amalia Calonge, Clara Souto o Laura Nuño, o el propio exrector Fernando Suárez.

El 28 de noviembre, dio por concluida la fase de instrucción del caso y abrió la fase de procedimiento abreviado, paso previo al juicio que se celebrará contra Cifuentes, Enrique Álvarez Conde, Cecilia Rosado y Maite Feito.

En su auto, la magistrada exponía que los cuatro podrían haber incurrido en un delito de falsedad documental, tipificado en el artículo 390 del Código Penal, que castiga a las autoridades o funcionarios públicos que lo cometan en el ejercicio de sus funciones con penas de tres a seis años de prisión, multa de seis a 24 meses e inhabilitación especial por tiempo de dos a seis años.

En otro auto, la Sección 16 de la Audiencia de Madrid ha desestimado el recurso interpuesto por Enrique Álvarez Conde, cuya representación letrada entendía que se trataba de una investigación «prospectiva».

La Audiencia de Madrid tiene ahora pendiente de resolver el recurso de Cifuentes contra su procesamiento por falsedad. La expresidenta madrileña alega que no hay indicios contra ella y que este procedimiento solo se ha causado un «deterioro personal, reputacional y profesional».

La URJC, que ejerce la acusación popular junto al sindicato de prisiones Acaip, pide cuatro años de prisión para Cifuentes por presuntamente falsificar el acta del Trabajo Fin de Máster del título de Derecho Autonómico y Local que cursó entre 2011 y 2012 en la Universidad Rey Juan Carlos. Reclama la misma pena para los otros tres procesados.

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