Después de 4 sentencias condenatorias del Supremo, regresa el hermano del consejero al Tribunal de Cuentas
Javier Medina, consejero del Tribunal de Cuentas y número dos de la institución, hizo lo posible por procurar bienestar profesional a su hermano mayor.

Después de 4 sentencias condenatorias del Supremo, regresa el hermano del consejero al Tribunal de Cuentas

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20/2/2019 01:00
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Actualizado: 20/2/2019 01:09
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En el Tribunal de Cuentas lo llevan casi en secreto, pero todo el mundo lo sabe. Desde el pasado mes de diciembre ha regresado a la plantilla Enrique Medinade 68 años, el hermano del consejero y presidente de la Sección de Enjuiciamiento -por el Partido Popular-, Javier Medina, de 63 años, a quien se trató de recolocar a dedo en un puesto de nivel 30 y un sueldo de más de 4.000 euros netos mensuales en catorce pagas. 

Enrique Medina consta actualmente en el listín telefónico del Tribunal de Cuentas destinado provisionalmente en la Secretaría General, que se encuentra en la primera planta del edificio.

Todo el mundo lo sabe, pero su vuelta se ha llevado a cabo con total discreción -que algunos califican de secretismo-, y nadie entiende lo que hace ahí, por mucho que pueda tener derecho a un puesto en ese órgano. 

Porque su presencia vuelve a poner en tela de juicio la reputación de la propia institución y reafirma que los fantasmas del enchufismo, el nepotismo y el favoritismo siguen vivos en el seno del Tribunal de Cuentas.

Es llamativo que después de ese escándalo vuelva al Tribunal de Cuentas, cuando dicho funcionario no pertenece a ninguno de los cuerpos especiales del Tribunal de Cuentas, es decir, letrados, auditores y técnicos del Tribunal de Cuentas.

En su día se le concedió la situación de servicios especiales con reserva de puesto de trabajo en el Tribunal de Cuentas.

La situación de servicios especiales con reserva de puesto de trabajo se facilita a los funcionarios que ostentan cargos de naturaleza política (diputado, alcalde, secretario de Estado, delegado del Gobierno, etc.) en las Administraciones Públicas, parlamentos u organizaciones internacionales.

Se cuestiona que un destino en una empresa pública donde no rige el derecho administrativo sino el derecho mercantil y sus empleados no tiene el carácter de funcionarios sino de empleados que se rigen por el derecho laboral.

Por otra parte, el reconocimiento de esa situación de servicios especiales con reserva de puesto no se ha producido para algunos auditores del Tribunal de Cuentas, que, prestan sus servicios en el Tribunal de Cuentas Europeo o en un Tribunal de Cuentas autonómico.

Si quisieran volver al Tribunal de Cuentas tendrían que pedir el reingreso en unas condiciones mucho menos ventajosas que las que tiene Enrique Medina.

DESVIACIÓN DE PODER

Enrique Medina fue el epicentro del escándalo que estalló en 2013 y que terminó desembocando cuatro veces en la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, que emitió diversas sentencias condenatorias, anulando dicha decisión y calificando los hechos de “desviación de poder”.

Una de las consecuencias directas de aquellas sentencias fue la imposición de las costas, al Tribunal de Cuentas, en los cuatro procedimientos reseñados, que se elevaron a 38.000 euros en total; algo inédito hasta ese momento. 

El escándalo obligó a Enrique Medina a dejar el Tribunal de Cuentas en agosto de 2015, antes de dictarse la última sentencia, de las cuatro referidas, en las que se anulaba el nombramiento de Enrique Medina.

El PP le encontró acomodo en la empresa pública Mercasa, como director de Auditoría Interna, Calidad y Buen Gobierno Corporativo en situación de servicios especiales, «con reserva de plaza en el Tribunal de Cuentas».

La formación original de Enrique Medina Guijarro no es la de Auditor o Técnico de Auditoria del Tribunal de Cuentas sino técnico de organismos  autónomos del antiguo Ministerio de Agricultura yentró en el Tribunal de Cuentas por el procedimiento de libre designación, en la sección de enjuiciamiento donde su hermano era un importante directivo.

El golpe de mano del PSOE, con la moción de censura del 2 de junio del año pasado, no solo desalojó al PP del Gobierno sino también de las empresas públicas, como Mercasa. Enrique Medina fue, en consecuencia, cesado, de su retiro dorado en Mercasa.

Por ello ha pedido su reingreso en el Tribunal de Cuentas.

EL ORIGEN DEL CASO

El caso tuvo su origen en septiembre de 2012 cuando la Comisión de Gobierno cesó a una Auditora del Tribunal de Cuentas en el puesto de subdirector técnico, nivel 30, de la Presidencia del Tribunal de Cuentas y nombró en su lugar al hermano del consejero Javier Medina.

La descripción que figuraba en la Relación de Puestos de Trabajo (RPT) del Tribunal de Cuentas de ese destino concreto era la de: “Experiencia en cooperación y asistencia técnica, en dirección de proyectos, en auditoría y en elaboración de informes. Dominio de los idiomas inglés y francés. Experiencia en desempeño de puesto de trabajo similar”.

Enrique Medina no tenía experiencia alguna de las materias especializadas de auditoría y no reunía el requisito del dominio del inglés y francés.

Con el fin de asegurarle el puesto de forma definitiva, la Presidencia del Tribunal de Cuentas convocó dicha plaza el 7 de marzo de 2013.

En la misma podían tomar parte letrados y auditores, funcionarios de los cuerpos y escalas de los subgrupos A1 de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas y de la Administración Local.

16 CANDIDATOS

A dicha convocatoria se presentaron 16 solicitantes, de los cuales sólo tres (una auditora destinada en la Presidencia, el letrado denunciante y el hermano del consejero) prestaban servicios en el Tribunal de Cuentas.

Y  sólo la auditora reunía todos los requisitos, incluyendo el dominio del inglés y francés.

Ante ese “contratiempo”, la Comisión de Gobierno “trató de solucionar con un ‘ingenioso’ ardid” el problema, “modificó la convocatoria (…) basándose en una supuesta corrección de errores y cambió la formación específica, eliminándose el requisito del dominio de los idiomas inglés y francés”.

Además, “se excluyó expresamente de poder participar a los integrantes de los Cuerpos Superiores de Auditores y Letrados del Tribunal de Cuentas, permitiéndose únicamente participar a los funcionarios de los Cuerpos Superiores de las Administraciones Públicas. Problema aparentemente resuelto, ya que de esta forma se eliminó a todos los posibles ‘rivales’ que pudiese tener el señor Medina”.

La “modificación” no fue tal sino una “novación absoluta” de los términos de la convocatoria.

LOS «CORRECTIVOS» DEL SUPREMO AL TRIBUNAL DE CUENTAS

Ante ese hecho insólito, un letrado del Tribunal de Cuentas, Fernando Clemente, recurrió en alzada en abril de 2013 la “corrección de errores”, solicitando la inclusión de letrados y auditores.

“Debe señalarse aquí que nunca resultó acreditada la existencia del supuesto error, pues el recurso de alzada fue resuelto por Acuerdo del Pleno de 30 de octubre de 2013, cuyo contenido fue desestimatorio”, dice la denuncia.

Clemente, desconfiando del Tribunal de Cuentas, recurrió el acuerdo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo.

El Alto Tribunal lo anuló el 4 de febrero de 2015 en una primera sentencia. 

El recurso de alzada desestimatorio tuvo una primera consecuencia: Se dejó sin efecto la convocatoria de ese puesto, que después fue declarada nula por el Pleno del Tribunal de Cuentas en noviembre de 2013, dejando desierto dicho puesto.

Contra esa decisión volvió a recurrir el letrado ante el Supremo, que, nuevamente, le dio la razón en una segunda sentencia, el 18 de diciembre de 2015. 

Esto tuvo sus consecuencias pues en el plazo de 5 meses se produjeron 2 modificaciones de la RPT (una de 13 de febrero y otra de 25 de julio de 2013) que afectaba directamente a la plaza pensada para el hermano del consejero.

Así pues, el 25 de julio de 2013, por Acuerdo del Pleno del Tribunal de Cuentas “se creó y dotó un puesto de Subdirector Técnico en la Dirección Técnica de la Presidencia del Tribunal de Cuentas con la formación específica de ‘Experiencia en emisión de informes, estudios, consultas y dictámenes de carácter jurídico y/o económico financiero. Experiencia en desempeño de puesto de trabajo similar’.

Ya no se exigía el dominio del inglés ni francés ni experiencia en auditoría. Sólo habría hecho falta poner el nombre de Enrique Medina Guijarro en la convocatoria.

Y se convocó, el 26 de septiembre de 2013, la cobertura de esa plaza por el sistema de libre designación.

Clemente volvió a recurrirla en alzada, primero, ante el Tribunal de Cuentas, y después ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo.

El Alto Tribunal volvió a dar la razón al letrado en una tercera sentencia, de fecha 2 de febrero de 2016, declarando en la misma que había habido “desviación de poder” en la convocatoria del puesto de subdirector técnico de la Presidencia, pensado para el hermano del consejero.

El puesto se lo dieron a Enrique Medina por resolución de la Presidencia del Tribunal de Cuentas de 9 de diciembre de 2013.

Un nuevo recurso de Clemente, primero en alzada ante el Tribunal de Cuentas, volvió a repetir el resultado en la Sala de lo Contencioso-Administrativo. 

El Tribunal Supremo, por sentencia de 25 de abril de 2016, anuló el nombramiento del “hermanísimo” como subdirector técnico de la Presidencia constatando nuevamente que había habido “desviación de poder”.

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