El ex letrado mayor del Parlament de Cataluña Antoni Bayona desmintió ayer, durante su comparecencia como testigo en el juicio del ‘procés’, ante el Tribunal Supremo, las explicaciones que dio la expresidenta de la cámara autonómica, Carme Forcadell y del sucesor de ésta, Roger Torrent, cuando aseguró que la Mesa de este órgano sí podía inadmitir iniciativas, ya sean proyectos de ley o de cualquier otra naturaleza, por cuestiones de fondo, es decir, por el contenido de las mismas.
Bayona relató al tribunal que a raíz del primer incidente de ejecución que se planteó desde el Tribunal Constitucional, los servicios jurídicos del Parlament comenzaron a elaborar informes sobre la no conveniencia de admitir determinadas iniciativas, ya que éstas podrían suponer un incumplimiento del acatamiento al tribunal de garantías.
«Bastantes» advertencias de los letrados de la Cámara, explicó, se hicieron a la Mesa de forma escrita.
Aunque otras se pusieron de manifiesto de forma oral, de igual modo se incluyeron en las actas de las reuniones, e incluían entre otras medidas la conveniencia de escuchar al menos al Consejo de Garantías Estatutarias.
Las advertencias continuaron también después de que terminara el proceso de aprobación de las denominadas «leyes de desconexión» y de hecho a preguntas del fiscal Fidel Cadena, Bayona admitió que se hizo un requerimiento también, después del 4 de octubre, cuando Junts Pel Sí y la Cup solicitaron la comparecencia del president Carles Puigdemont para que trasladara los resultados del referéndum.
Tanto el secretario de la Cámara como el letrado mayor advirtieron entonces que esta comparecencia suponía dar continuidad a leyes que habían sido suspendidas por el Tribunal Constitucional, explicó Bayona.
A preguntas de la abogada del Estado admitió también que llegaron incluso a elaborar informes que no habían sido solicitados por la Mesa por creer que ese era el «deber» para con aquellos a los que deberían asesorar. Es decir, advirtió de que estaban cometiendo ilegalidades.
A preguntas de la abogada Forcadell, Olga Arderiu, Bayona contó que «había un deber de no admitir y no tramitar» y que «una función básica de cualquier persona que asesora a otra es advertirle de las responsabilidades de tomar una decisión».
Bayona dejó de ser letrado mayor del Parlament en junio de 2018, en que dio paso a un lado.
En una entrevista publicada por Confilegal el pasado sábado, Bayona señaló el deterioro del nivel de los políticos: «Y esto explica el porqué de que pasaran ciertas cosas que quizá con gente más formada o con otro nivel de preparación no hubieran sucedido».
«Y pongo como ejemplo los políticos del País Vasco, que mantienen un nivel de estudios y formación, y con los que yo me entendería mucho mejor. Tengo cierta envidia de esa clase política», declaró.
EL PRIMER TESTIGO QUE NO VE LA AUDIENCIA
Una vez ha concluido Bayona, el tribunal accedió a que el siguiente testigo, el secretario general del Parlament, Xavier Muro, declarara en calidad de testigo sin ser encuadrado por las cámaras y así evitar que su imagen sea difundida, tal y como el funcionario había solicitado.
Según Marchena, esta circunstancia no otorga a Muro «ningún estatuto de protección de testigos», ya que todos los presentes en la sala podrían verle, de modo que esta declaración no supone «menoscabo del derecho de defensa».
«Todas las defensas saben a quién se está interrogando y el único límite es al principio de publicidad», ha explicado.
RECORDARON A FORCADELL 7 VECES LA OBLIGACIÓN DE TENER EN CUENTA LAS ADVERTENCIAS DEL CONSTITUCIONAL
En los mismos términos que Bayona se manifestó Muro, que destacó que atendiendo a la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, y a las «excepciones» marcadas por el propio tribunal, la Mesa tiene el deber de «inadmitir la proposición parlamentaria» cuando ésta fuese una «palmaria y evidente» contradicción con la Carta Magna.
Muro aseguró que, tanto él como el letrado mayor de la cámara autonómica, recordaron al menos en «siete ocasiones», por escrito y verbalmente, de la obligación de atender las advertencias del Constitucional y de las posibles responsabilidades penales que podrían incurrir si admitían las leyes de desconexión.
Añadió que, en este caso concreto, elaboró una «nota escrita», que fue «algo más extensa que en otras ocasiones».
Muro afirmó que habitualmente el cuerpo de letrados no controla las actividades de la Mesa porque entiende que los miembros cumplen los requisitos para admitir a trámite las iniciativas parlamentarias, destacando así la excepcionalidad de los informes redactados a consecuencia de la presentación de las leyes independentistas.
Por otro lado, avaló parte de la tesis de Forcadell, que negó durante su declaración, como investigada, que la tramitación de la ley del referéndum y de transitoriedad jurídica se tramitasen por el procedimiento de lectura única, sino con la modificación del orden del día, en virtud del artículo 81.3 del Reglamento del Parlament.
Muro agregó también que el cuerpo de letrados recordó que con la reforma del Parlament, este mecanismo «había quedado suspendido», aunque señaló que el procedimiento equivalente sería la aplicación de lo establecido en dicho precepto.