Reglamento de la carrera fiscal: No hay motivos para el optimismo

19 / 03 / 2019 06:15

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Hay distintas maneras de ver el vaso medio lleno o medio vacío. El optimismo de este Ministerio de Justicia es tremendo.

Siempre ve el vaso lleno, de ahí que vea logros e hitos donde los demás no los ven.

Llevamos meses en que este Ministerio de Justicia nos quiere hacer vivir de hito en hito, como la mesa de retribuciones, el derecho de huelga o el reglamento de la carrera fiscal, por poner algunos ejemplos.

Y al final, ¿qué hemos logrado?

Nada.

Es cierto que llevamos 50 años con el reglamento de la carrera fiscal y que desde 1981 hemos reclamado uno nuevo que desarrolle el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal y que se adecúe a la Constitución.

Llevamos tantos años que incluso ese Estatuto también está necesitado de una profunda revisión, pero con rigor y seriedad.

De hecho, lo lógico hubiese sido elaborar un nuevo Estatuto y, a la par, su reglamento de desarrollo.

No siendo así, lo que no puede intentarse es la reforma estatutaria a través de un nuevo reglamento, como muestra el artículo 62 del proyecto que permite al Fiscal General del Estado, tras su cese por cualquiera de los motivos previstos en el Estatuto, acceder a la primera categoría de la carrera, de no pertenecer a la misma.

Tampoco podemos ser tan optimistas para estimar «superado al 600» (sic), como pretende el secretario de Estado de Justicia, Manuel Dolz, cuando realmente los primeros artículos del nuevo texto son copia literal de otros tantos preceptos del Reglamento de 1969, que se supone que se quiere derogar.

ASPECTOS MAL RESUELTOS

En este reglamento hay muchos aspectos de la carrera mal resueltos.

También hay contradicciones entre su propio articulado y el contenido del Estatuto que desarrolla.

El secretario de Estado afirma, en una muestra de sarcasmo, más que de optimismo, que «el reglamento ha pasado a informe de todos los fiscales y sus asociaciones», cuando lo cierto es que la carrera desconoce los trabajos de elaboración del reglamento y acaba de tener cabal conocimiento del mismo cuando ha pasado a informe del Consejo Fiscal.

Y las asociaciones o, al menos la Asociación de Fiscales, no han conocido el texto hasta hace pocos días, porque el Ministerio no ha tenido a bien darnos trámite específico de informe.

Por ello no creo que debamos caer en ese optimismo.

La consecución de un hito no debe ser un objetivo por sí mismo.

El hito consiste en que después de 50 años seamos capaces de redactar un reglamento coherente que, dando satisfacción a nuestras necesidades, sea respetuoso con el contenido del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal.

Ese sería un hito.

Lo demás es humo, solo humo.

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