Torra recurrirá ante el Supremo la decisión de la JEC y se querellará contra el organismo 'por presunta prevaricación'

La Fiscalía se querella contra Torra por «desatender deliberadamente el mandato de la JEC»

El fiscal superior Francisco Bañeres Santos pide, entre otras actuaciones, citar a declarar al presidente del Gobierno catalán

27 / 03 / 2019 13:52

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El Ministerio Fiscal ha decidido querellarse contra Quim Torra por un presunto delito de desobediencia al no retirar la pancarta del balcón de la Generalitat, como le pidió la Junta Electoral Central desde un primer momento.

El fiscal, al amparo de los dispuesto en los artículos 105 de la ley de enjuiciamiento criminal y 3 y 5 de la ley 50/81 reguladora de su Estatuto Orgánico, en relación con el artículo 270 y siguientes, también de la L.E. Crim, formula, a través del presente escrito querella criminal por la comisión de un presunto delito de desobediencia (artículo 410 del vigente Código Penal).

El fiscal superior Francisco Bañeres Santos pide, entre otras actuaciones, citar a declarar al presidente del Gobierno catalán.

La Fiscalía General del Estado recibió el expediente de la JEC (Junta Electoral Central) en el que expone y detalla el «incumplimiento consciente y reiterado» por parte de Torra de los acuerdos de la Junta de 11 y 18 de marzo de 2019, y después remitió a la Fiscalía catalana el informe del órgano supervisor.

Mantener la neutralidad política durante los procesos electorales

Con la previa solicitud realizada por Ciudadanos, se decía que «la Junta Electoral Central tiene una reiterada doctrina sobre la obligación de los poderes públicos de mantener estrictamente la neutralidad política durante los procesos electorales».

«La ley encomienda a la administración electoral preservarla y prohíbe a los partidos políticos tomar partido en las elecciones», y nombra como símbolos partidistas las esteladas y los lazos amarillos.

El 15 de marzo llegó a la Fiscalía el escrito de los dos representantes de Ciudadanos en Cataluña, Carlos Carrizosa e Inés Arrimadas, indicando que Torra no había acatado la orden de la JEC de retirar la pancarta del balcón de la Generalitat.

A esto mismo, la JEC contestó señalando que «el derecho fundamental de la libertad de expresión de los empleados públicos, no incluye la utilización de edificios y lugares públicos de manera partidista».

De ese modo, la JEC insistió en la orden a Quim Torra de retirar todos esos símbolos partidistas apercibiéndole de las posibles sanciones, incluido la incurrencia en un delito de desobediencia. Según la JEC, «el querellado desatendió deliberadamente el mandato de la Junta Electoral Central».

«No tiene otra finalidad que burlar los requerimientos emitidos por esta Junta Electoral Central», señalan.

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