Belloch no solicitará la plaza del juez Velasco en la Audiencia Nacional por su pasado político

Juan Alberto Belloch podría entrar en la Sala de Apelación de la Audiencia Nacional

Es el más antiguo de los que aspiraron a la plaza en mayo de 2017, entre los que tienen que salir los dos nuevos magistrados

5 / 04 / 2019 06:15

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El magistrado Juan Alberto Belloch Julbe, de 67 años y 43 años y 1 mes de antigüedad en la carrera judicial –es el 19 del escalafón–, está en la primera posición para acceder a una de las dos plazas de la Sala de Apelación de la Audiencia Nacional que han quedado vacantes después de que el Tribunal Supremo anulara el pasado día 28 los nombramientos de sus hasta hora integrantes, los magistrados Eloy Velasco Núñez y Enrique López López.

Belloch, exministro de Justicia e Interior en el último gobierno socialista de Felipe González y exalcalde de Zaragoza, es, por lo tanto, el que cuenta con más boletos.

Así lo han señalado fuentes del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), que tendrá que realizar los nuevos nombramientos de entre los aspirantes que se presentaron en su día, en mayo de 2017, para formar parte de este órgano de nueva creación.

La resolución, de la que se adelantó el fallo el pasado 28 de marzo y que fue notificada ayer jueves, retrotrae las actuaciones administrativas al momento inmediatamente anterior al acuerdo del CGPJ. 

El tribunal de la Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, compuesto por los magistrados Luis María Díez-Picazo Giménez, presidente; José Manuel Sieira Míguez; Nicolás Maurandi Guillén; Pablo Lucas Murillo de la Cueva; y Eduardo Espín Templado, ha considerado discriminatorio que se hubiera tenido en cuenta como mérito para elegirles las pruebas de promoción de juez a magistrado para las órdenes civil y penal que ambos habían cursado, a la vez que se ignoraba las de especialización que ellos habían cursado, anuladas en su día por el Tribunal Supremo.

En consecuencia, ordena al órgano de gobierno de los jueces que retrotraiga el procedimiento al momento anterior a la decisión tomada y que se elija a aquellos que tengan mayor antigüedad de entre los solicitantes.

Tres magistrados fueron los que recurrieron ante el Supremo aquel acuerdo del CGPJ, ahora anulado: Carlos Valle y Muñoz Torrero, Manuela Fernández Prado y José Ricardo Juan de Prada Solaesa, aunque, después, éste último desistió.

EL SEGUNDO MAGISTRADO MÁS ANTIGUO, CARLOS VALLE

Valle y Muñoz-Torrero, titular del Juzgado de Instrucción 14 de Madrid, de 63 años y 37 años y un mes de antigüedad en la carrera judicial y puesto 159 en el escalafón judicial, es el segundo mejor posicionado, seguido de Fernández Prado, de 60 años, 35 años y 1 mes de antigüedad y número 348 en el escalafón.

De Prada Solaesa, de 61 años y 32 años y 10 meses de antigüedad y número 592 en el escalafón quedaría en cuarta posición.

En sus fundamentos jurídicos, la sentencia del Supremo defiende que el artículo 37.2 del Reglamento de la Carrera Judicial que el CGPJ aplicó a la hora de elegir a Velasco y López no es «en modo alguno contrario al artículo 23 (acceso a cargos públicos) de la Constitución ni al principio de igualdad».

El precepto, por lo tanto «sitúa en pie de igualdad a quiénes han superado las pruebas de promoción a magistrado con aquellos que han superado la prueba de especialización, afirmando así los principios de mérito, capacidad y especializacion».

Por lo tanto, si se aplica a un supuesto sí y a otro no el mérito, como hizo el CGPJ en su acuerdo de fecha 17 de mayo de 2017, «se estará incurriendo en infracción del ordenamiento jurídico».

Recuerda que en su día anuló el curso de especialistas al estimar que «no priva de efectos a la superación de dichas pruebas en orden a su consideración como mérito preferente».

«Razón por la que la interpretación que ha efectuado el Consejo General del Poder Judicial al excluir a los recurrentes que habían superado la citada de especialización, resulta contraria a derecho».

También se presentaron al cargo, entre otros, el actual portavoz de Justicia en el Congreso Juan Carlos Campo, y los también jueces de la Sala de lo Penal de la Audiencia Ángel Hurtado, Ramón Sáez y Clara Bayarri.

LA SALA DE APELACIÓN DE LA AUDIENCIA NACIONAL FUE CREADA EN JUNIO DE 2017

El tribunal, la segunda instancia penal de la Audiencia Nacional, se creó el 1 de junio de 2017 y es la consecuencia de la reforma procesal penal operada por la Ley 41/2015, de 5 de octubre, de modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para la agilización de la justicia penal y el fortalecimiento de las garantías procesales.

Dicha reforma hizo realidad la modificación de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) de 2003, resolviendo la controversia surgida por la resolución de 20 de julio de 2000 del Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas en la que se mantenía que el actual sistema de casación español vulneraba el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

La Sala de Apelaciones es competente en los recursos que se presenten contra las resoluciones de la Sala de lo Penal de la AN, tal como establece el artículo 64 bis de la LOPJ.

Hasta ahora los condenados por la Audiencia Nacional sólo podían apelar ante el Tribunal Supremo.

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