Torra utilizó «subterfugios inaceptables» para desobedecer a la Junta Electoral Central, según la Fiscalía
El presidente de la Generalitat catalana, Quim Torra.

Torra utilizó «subterfugios inaceptables» para desobedecer a la Junta Electoral Central, según la Fiscalía

Solicita el archivo de la querella de Torra contra la JEC porque no reúne ninguno de los requisitos, objetivos y subjetivos
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10/4/2019 15:55
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Actualizado: 10/4/2019 16:36
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La Fiscalía del Tribunal Supremo ha solicitado a la Sala Segunda que inadmita la querella presentada por Joaquín Torra Pla, presidente de la Generalitat de Cataluña, contra los integrantes de la Junta Electoral Central (JEC).

La querella se basa en un supuesto delito de prevaricación administrativa del artículo 404 del Código Penal, quienes dictaron tres resoluciones referidas a la presencia de banderas esteladas y lazos amarillos en los edificios públicos dependientes de la Generalitat de Cataluña.

La Fiscalía considera que, al amparo de la numerosa y coincidente jurisprudencia del Tribunal Supremo respecto del citado delito, la querella presentada no reúne ninguno de los requisitos, objetivos y subjetivos, que el tipo penal precisa.

Asegura que la JEC está obligada a garantizar las disposiciones previstas por el art. 50.2 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, que dice: «Desde la convocatoria de las elecciones y hasta la celebración de las mismas queda prohibido cualquier acto organizado o financiado, directa o indirectamente, por los poderes públicos que contenga alusiones a las realizaciones o a los logros obtenidos».

Por ello, según afirma la Fiscalía, “cuando el querellante reiteradamente incumple los requerimientos realizados, con subterfugios inaceptables, a pesar de sus burdas maniobras de enmascaramiento de imágenes o expresiones claramente partidistas y por ello prohibidas, se abre expediente sancionador al querellante por su inaceptable conducta y se da traslado al Ministerio Fiscal para que esta Institución valore si la misma pudiera tener significado penal y por ello fuera perseguible”.

La Fiscalía también rechaza la apreciación del querellante de que las resoluciones de la JEC han vulnerado el derecho fundamental a la libertad de expresión.

La Fiscalía recuerda que ese derecho y el resto de los recogidos por la Constitución no son absolutos, en el sentido de que no admitan restricciones, y eso es precisamente lo que lleva a cabo el art. 50. 2 LOREG, al restringir temporalmente el ejercicio de tal derecho.

El colectivo de juristas catalanes «Llibertats» considera inaceptables las declaraciones de Torra

El colectivo afirma que «no podemos en ningún caso aceptar las recientes declaraciones del Presidente de la Generalitat», realizadas este martes en el marco de una declaración institucional.

Afirman que se hace referencia al “…estado de excepción judicial al que se quiere someter a una determinada ideología política y proyecto democrático y pacífico como es el de la independencia de Cataluña…”.

Dichas desafortunadas afirmaciones revisten especial gravedad, además, viniendo de un responsable institucional en el ejercicio de sus funciones públicas, según «Llibertats».

Señalan que nadie puede olvidar, y menos un responsable político, que en un Estado social y democrático de derecho como España los órganos judiciales en ningún caso enjuician ideologías ni proyectos políticos; ni siquiera juzgan a las personas, sino los hechos supuestamente tipificados como delito que las mismas puedan haber cometido.

«Lo que tampoco puede olvidar ningún responsable político es que, en cualquier Estado de Derecho, tanto los ciudadanos como los poderes públicos están sometidos al imperio de la Ley, lo que supone que cualquier acto contrario a derecho debe ser objeto del enjuiciamiento y eventual sanción previstos en el Ordenamiento jurídico».

Además, apuntan que, «en ningún caso la apelación a conceptos como la voluntad popular, o a una concreta ideología política, pueden utilizarse como subterfugio para quebrantar las leyes vigentes, ni tampoco para pretender eludir las responsabilidades jurídicas que derivan de dicho quebrantamiento«.

En consecuencia, el colectivo exhorta al Presidente de la Generalitat y al resto de responsables políticos catalanes para que dejen de hacer pedagogía del desacato a las normas, así como para que respeten la independencia del poder judicial y permitan a los órganos judiciales realizar sus funciones sin presiones ni interferencias del poder político.

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