El DNI digital expedido por la Policía Nacional no será válido para votar en las elecciones andaluzas. El peligro de que puedan generarse falsos DNI digitales y votar por otros pone en peligro el sistema electoral español.

La Junta Electoral prohíbe el DNI digital en las urnas: sin verificación por QR, no hay garantías suficientes

27 / 03 / 2026 05:45

La Junta Electoral Central (JEC) dio ayer marcha atrás y suspendió el uso de las aplicaciones MiDNI y MiDGT como método de identificación en el momento de votar, tanto de forma presencial como por correo hasta que se pueda garantizar la verificación segura de la identidad.

Una decisión que tomaron por unanimidad los 13 miembros que componen la JEC, presididos por el magistrado de lo Contencioso-Administrativo del Supremo, Eduardo Calvo Rojas.

Ocho de ellos son también magistrados del alto tribunal: María del Pilar Teso Gamella (vicepresidenta), Concepción Rosario Ureste García, Ángel Antonio Blasco Pellicer, Vicente Magro Servet, Carmen Lamela Díaz, Javier Hernández García y Fernando Marín Castán.

Y cinco, catedráticos: María Luz Martínez Alarcón, Carlos Vidal Prado, Francisco Javier García Roca, María da Alba Nogueira López y Javier Tajadura Tejada.

La medida estará vigente «hasta que se garantice que el control de la verificación de la identidad de los electores por estos sistemas es suficientemente segura».

A petición del PP

La decisión llegó tras una nueva petición del PP, que por tercera vez —después de las elecciones de Aragón y Castilla y León— volvió a la carga en vísperas de los comicios andaluces exigiendo garantías que el sistema actual no ofrece.

En esta ocasión, y tras recibir informes de la Consejería de la Presidencia de la Junta de Andalucía y de la Dirección General de Política Interior, la JEC aceptó la demanda.

Un fraude detectado —aunque mínimo estadísticamente— puede bastar para poner en entredicho un resultado electoral completo. Con un censo de 22 millones de votantes, incluso un porcentaje ínfimo de votos fraudulentos podría decantar una mayoría parlamentaria.

La clave del debate no es si el DNI digital es oficial —la JEC lo reconoció así cuando lo autorizó en septiembre de 2025— sino si puede falsificarse.

Y ahí está el problema.

Las tecnologías actuales permiten alterar documentos digitales con una facilidad que hace inviable garantizar la integridad del proceso sin dispositivos de verificación en cada mesa electoral.

Riesgo de manipulación y de que se vote por otros

La lógica es sencilla: si alguien puede presentarse con un DNI digital manipulado en varias mesas a lo largo de la jornada, el sistema falla.

No hace falta un ejército de «hackers»; basta con que ocurra una sola vez y sea detectado por la prensa para que el escándalo cuestione la legitimidad de unas elecciones enteras.

El PP había planteado una solución concreta: que el DNI digital solo se acepte si el elector abre la aplicación en el móvil, genera un código QR único y lo verifica con un dispositivo lector instalado en la mesa.

La JEC lo había rechazado hasta ahora, argumentando que exigir más elementos que los que ofrece el DNI físico —nombre, apellidos, número y foto— no tiene justificación legal.

También señalaba que la cobertura de red no es uniforme en todos los colegios electorales de España y que distribuir lectores de QR en todas las mesas no sería factible.

Sin embargo, el argumento ha acabado cediendo ante el riesgo reputacional.

Un fraude detectado —aunque mínimo estadísticamente— puede bastar para poner en entredicho un resultado electoral completo. Con un censo de 22 millones de votantes, incluso un porcentaje ínfimo de votos fraudulentos podría decantar una mayoría parlamentaria.

La JEC ha resuelto así «suspender la eficacia» de sus acuerdos anteriores y devolver la pelota al Ministerio del Interior, al que implícitamente exige que, si quiere mantener el DNI digital como documento válido en urnas, dote a las mesas de los instrumentos necesarios para verificarlo con garantías.

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