Penal Económico: Es delito hacerse pasar por una directiva del SERGAS y ofrecer empleo a cambio de dinero

El TSXG condena al Sergas a pagar 15.000 euros a un médico por sobrecarga laboral

La Sala destaca que el demandante, antes de su baja laboral, había puesto en conocimiento del Sergas la sobrecarga laboral que soportaba

8 / 05 / 2019 06:15

El tribunal de la Sala de lo Social del Sala de lo Social del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), formado por los magistrados José Manuel Mariño Cotelo, Juan Luis Martínez López, y Fernando Lousada Arocbena, ha condenado al Servicio Gallego de Salud (Servizo Galego de Saude, Sergas) a indemnizar con 15.000 euros a un pediatra.

El médico, destinado en un centro de salud de Orense, tendrá que ser indemnizado por los daños y perjuicios que sufrió debido a la sobrecarga asistencial.

“No se evidencia que el Sergas hubiese hecho uso de las medidas tendentes a paliar la sobrecarga asistencial que pesaba sobre el demandante”, indica el tribunal en su sentencia, en la que especifica que tuvo un cupo en pediatría de 1.330de niños en 2012; en 2013, de 1.366; y en 2014, de 1.387.

La Sala destaca que el demandante, antes de su baja laboral, había puesto en conocimiento del Sergas la sobrecarga laboral que soportaba.

“Sin que se tomasen, en aquel momento al menos, medidas tendentes a paliar o eliminar la irregular situación que podría, como así acaeció, generar riesgo para la salud en el ámbito laboral”, apunta el TSXG.

“El Sergas, entidad empleadora y deudora de seguridad del actor, adoptó una actitud de pasividad y de caso omiso a las solicitudes del demandante, secundadas por otra profesional sanitaria que prestaba servicios en el propio cupo de pediatría de Ourense”, señala el TSXG.

El TSXG fue condenado el pasado mes de marzo

El TSXG condenó también al Sergas en marzo y aumentó la indemnización hasta los 200.000 euros a un menor que en 2002, cuando tenía dos años y medio, fue diagnosticado de “una sordera total e incurable” cuando, en realidad, era autista.

“Nos encontramos ante un claro supuesto de error de diagnóstico provocado por una equivocada interpretación de los resultados de la prueba de potenciales evocados auditivos en su día practicada», argumentó el TSXG.

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