El juez manda a Rato y a Norniella al banquillo por el cobro de comisiones de la publicidad de Bankia

El juez envía a juicio a Rato por el contrato de publicidad de Bankia

La Fiscalía pide 4 años de prisión para el exministro de Economía

22 / 05 / 2019 13:20

Actualizado el 22 / 05 / 2019 13:21

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El Juzgado de Instrucción nº 31 de Madrid ha dictado auto de apertura de juicio oral contra el expresidente de Caja Madrid y Bankia Rodrigo Rato Figaredo y a otras once personas.

La apertura del juicio se basa en los contratos de publicidad de sendas entidades financieras con Publicis y Zenith en la que será la primera pieza de el conocido como caso Rato que será enjuiciada.

Se trata de los contratos firmados por Bankia en los ejercicios 2011 y 2012 con las empresas Publicis y Zenith Media sobre la expansión de la marca Bankia y de su salida a Bolsa.

En ellos habría mediado una comisión de 2,02 millones de euros en la que habrían participado tanto Rato como «varias personas de su máxima confianza», conforme destacaba ya el auto de procesamiento dictado el pasado mes de febrero.

El instructor envía ahora al banquillo al también exministro de Economía, para quien la Fiscalía pide 4 años de prisión por estos hechos.

En el caso del ex secretario de Estado de Comercio y ex consejero consultivo de Bankia José Manuel Fernández Norniella,el Ministerio Público pide tres años.

Junto a ellos, se sentarán en el banquillo Miguel Ángel Furones Fere, Francisco Xabier Olazábal Puig, Sagrario Búa Rojas, Fabrizio Bini, Sergio Lorca Fernández, Fernando Rodríguez Varona, María Cándida Rodríguez Melcón, María Teresa Arellano Carpintero, Alberto Portuondo Coll, Miguel Ángel Montero Quevedo y Domingo Plazas Ruiz, por la supuesta comisión de un delito de corrupción entre particulares.

En la misma resolución el Juzgado ha acordado que se requiera a todos los procesados para que preste cada uno fianza de responsabilidad civil por importe de 4.522.154 euros.

En caso de que no se preste esta fianza, el Juzgado les advierte de que procederá al embargo de sus bienes hasta completar la cantidad reclamada.

El Constitucional inadmitió el recurso de amparo presentado por Rodrigo Rato

La Sección Primera de la Sala Primera del Tribunal Constitucional ya dictó una providencia en la que acordaba inadmitir el recurso de amparo presentado por Rodrigo Rato contra la sentencia de la Sala Penal del Tribunal Supremo.

El Supremo le condenó por un delito continuado de apropiación indebida a la pena de 4 años y 6 meses de prisión y multa de 10 meses con una cuota diaria de 20 euros.

Los magistrados del TC, González Rivas y Conde-Pumpido Tourón, señalaban que, con arreglo al artículo 50.1.a) de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, del examen del recurso de amparo presentado se desprende una manifiesta inexistencia de violación de un derecho fundamental tutelable en amparo.

El recurrente entendía que se había lesionado su derecho a la intimidad, protección de datos, proceso con todas las garantías, presunción de inocencia y libertad personal.

La Audiencia Provincial de Madrid dijo que no investigaría a la hija de Rato

El Ministerio Fiscal aseguró también hace unas semanas que era improcedente la destrucción del informe previo por formar parte de los autos judiciales y tratarse de un documento emitido por agentes de la autoridad y que el propio juzgado reclamó en su momento.

El tribunal de la Sección 23 de la Audiencia Provincial de Madrid acordó, por tanto, estimar parcialmente el recurso interpuesto por el Ministerio Fiscal contra el Auto dictado por el Juzgado de Instrucción 31 de Madrid en el ‘caso Rato’.

Sentenciaron que «entendemos que la decisión adoptada pretende dar cumplimiento a lo resuelto por la Audiencia en el Auto dictado por esta Sección, de fecha 4 de diciembre de 2018 y dado que Doña Ana de Rato Alarcó no es objeto del presente procedimiento y mucho menos de la pieza separada de responsabilidad civil».

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