ALTODO denuncia que Carmena pretende ‘privatizar’ el Servicio de Orientación Jurídica municipal
Isidro Moreno, portavoz de ALTODO, avisa que dentro de tres días se cierre el plazo de licitación. Foto: Carlos Berbell

ALTODO denuncia que Carmena pretende ‘privatizar’ el Servicio de Orientación Jurídica municipal

Reclama al Ayuntamiento la retirada de este concurso, y al ICAM, que emprenda 'inmediatas' acciones legales para anular su convocatoria
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10/6/2019 11:44
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Actualizado: 07/6/2022 16:19
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La Asociación de Letrados por un Turno de Oficio Digno (ALTODO) ha denunciado que el pasado 24 de mayo, dos días antes de las elecciones municipales, la concejalía de Equidad, Derechos Sociales y Empleo del Ayuntamiento de Madrid, regido por Manuela Carmena, sacó a concurso público el Servicio de Orientación Jurídica (SOJ) municipal.

Esta asociación recuerda que este servicio lo viene prestando el Ilustre Colegio de Abogados de Madrid (ICAM), en colaboración con el Consistorio, con la finalidad de «facilitar asesoramiento jurídico generalista a usuarios de los Centros de Servicios Sociales y a socios de los Centros Municipales de Mayores del Ayuntamiento, y facilitarles asistencia y apoyo en la tramitación de sus solicitudes de asistencia jurídica gratuita».

ALTODO denuncia que es un «nuevo intento privatizador» de este servicio. Recuerda que en enero de 2009, la Consejería de Familia y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid (PP) sacó a concurso público el Servicio de Orientación Jurídica de Mayores.

Esta asociación también lo denunció entonces, y reclamó al ICAM la «inmediata interposición del correspondiente recurso», lo que motivó que «la Comunidad de Madrid diera marcha atrás y anulara el concurso, que ya había sido adjudicado a una empresa privada».

ALTODO vuelve a pedir al ICAM, a tres días de que se cierre el plazo de licitación, que se abstenga de participar en ella, y emprenda «de forma inmediata» acciones legales para anular la convocatoria del concurso, «por no ser ajustado a Derecho».

También pide al Ayuntamiento de Madrid la «inmediata retirada del concurso», y a los diferentes partidos políticos, que se pronuncien públicamente acerca de si están o no de acuerdo con la «privatización y mercantilización de este servicio público esencial».

La Asociación de Letrados por un Turno de Oficio Digno señala que «independientemente de lo que haga el ICAM, ALTODO «no descarta el ejercicio de acciones de toda índole, tanto a nivel administrativo y judicial, como a nivel mediático y de movilización de la ciudadanía y del colectivo de abogados de Turno de Oficio».

El letrado Juan Manuel Mayllo (en el centro) relevó el pasado 15 de marzo en la presidencia de Altodo a Isidro Moreno.

ADJUDICACIÓN PARA UN AÑO CON POSIBILIDAD DE PRÓRROGAS POR UN PLAZO MÁXIMO DE 48 MESES

Según informa ALTODO, en el pliego de condiciones de admisión del concurso se indica que “podrán optar a la adjudicación del presente contrato las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, a título individual o en unión temporal de empresarios, que tengan plena capacidad de obrar, que no estén incursas en alguna prohibición de contratar y que acrediten su solvencia económica, financiera y técnica …”.

Isidro Moreno señala a Confilegal el hecho de que puedan optar al concurso incluso empresas o asociaciones privadas extranjeras, así como personas físicas, algo que le causa «absoluta perplejidad y preocupación».

Detalla que la adjudicación se pretende para un período de un año, con posibilidad de prórrogas por un plazo máximo de 48 meses, no superando el plazo total del contrato, incluidas las eventuales prórrogas, el máximo de 5 años.

LA CONVOCATORIA ES ‘CONTRARIA A LA LEY DE ASISTENCIA JURÍDICA GRATUITA’, DENUNCIA ALTODO

La Asociación de Letrados por un Turno de Oficio Digno destaca que la convocatoria de este concurso es «contraria a la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita, que establece un principio de exclusividad a favor de los Colegios de Abogados, como corporaciones de Derecho Público, de tal forma que con fondos  públicos solo puedan prestar servicios jurídicos gratuitos, incluido el asesoramiento u orientación previa al proceso, dichas Corporaciones, y única y exclusivamente a favor de quienes acrediten insuficiencia de recursos para litigar, o a favor de aquellos colectivos a quienes, con independencia de su nivel de recursos, la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita les reconozca el derecho».

Asimismo, señala que sacar a concurso la prestación de un servicio público esencial, permitiendo que liciten “personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, a título individual o en unión temporal de empresarios”, conduce inexorablemente a la «privatización y mercantilización de dicho servicio público, que hasta el momento ha venido siendo prestado exclusivamente por los Colegios de Abogados y Procuradores, como garantía de continuidad, objetividad, calidad y eficiencia del servicio».

«¿Qué certidumbre tenemos de que este experimento mantenga esas garantías? ¿Qué ocurriría si el adjudicatario desistiera “a mitad de camino” o si nadie concurriera en presentes o futuras convocatorias?», se pregunta esta asociación, y afirma que todo apunta a que «se prioriza el abaratamiento del servicio, a costa de su más que probable precarización y pérdida de calidad y eficiencia».

ALTODO considera que esto «pone de manifiesto el desconocimiento y desprecio que los partidos políticos muestran hacia la justicia gratuita y el turno de oficio, con independencia de cuál sea su ideología».

Por otra parte, indica que convocar el concurso dos días antes de las elecciones municipales, cuando el gobierno municipal se encontraba en funciones, «no solamente sorprende, sino que plantea ciertas dudas en cuanto a su legalidad».

Asimismo, subraya que «pretender que a dicho servicio tenga acceso toda la ciudadanía, con independencia de su nivel de recursos, es contrario a las leyes de competencia desleal y libre competencia, cuyas únicas excepciones, en lo que al sector de la abogacía se refiere, son precisamente las previstas en la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita».

Apunta que el artículo 6 de dicha ley incluye entre las diversas prestaciones que configuran el beneficio de justicia gratuita precisamente el asesoramiento u orientación previa al proceso, que tanto su exposición de motivos, como su artículo 22 encomiendan en exclusiva a los Colegios de Abogados.

Según informa esta asociación, en el informe de necesidad, idoneidad y eficiencia del contrato de servicios que el Ayuntamiento ha sacado a concurso, se explica que este servicio se venía prestando desde 1989 en colaboración con el Colegio de Abogados, suspendiéndose temporalmente y reanudándose en 2017, materializándose dicha colaboración mediante la concesión anual de una subvención nominativa a dicho Colegio profesional consignada en los presupuestos municipales, y mediante la cesión de espacios físicos para la prestación del servicio.

También destaca que no consta motivación suficiente en este informe respecto a las razones por las que se ha considerado necesario poner fin a dicho sistema de gestión pública del servicio por medio del ICAM sustituyéndolo por un sistema de gestión y prestación privada por medio de la empresa, asociación o entidad que resulte adjudicataria.

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