Ricardo Costa se libra de la cárcel por su colaboración en el caso Gürtel y el de la presunta ‘caja b’ del PP
Considera que Costa ha colaborado "de una manera excepcional" con la Justicia y que estas medidas de gracia contribuirán a "fomentar la colaboración para atajar la lacra de la denominada corrupción política o de los políticos".

Ricardo Costa se libra de la cárcel por su colaboración en el caso Gürtel y el de la presunta ‘caja b’ del PP

El juez le ha impuesto una multa de 192.000 euros y 365 horas de trabajos comunitarios
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13/6/2019 12:38
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Actualizado: 13/6/2019 13:03
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La Audiencia Nacional ha accedido a sustituir por una multa de 192.000 euros y 365 horas de trabajos comunitarios la condena de 4 años de prisión impuesta en junio del año pasado al exsecretario general del PP valenciano Ricardo Costa por financiación ilegal del partido en las campañas electorales locales y autonómicas de 2007 y las generales de 2008.

Así lo ha determinado el magistrado de la Audiencia Nacional José María Vázquez Honrubia, el mismo que le condenó a él y a tres cabecillas de Gürtel por estos hechos.

A Costa lo sentenció a cárcel y al pago de una multa de 75.000 euros por tres delitos electorales y falsedad documental continuada. Entonces ya tuvo en cuenta el atenuante de confesión para imponerle esa pena, si bien ahora, ante la petición de la defensa, ha optado por librarle de la cárcel.

Considera que Costa ha colaborado «de una manera excepcional» con la Justicia y que estas medidas de gracia contribuirán a «fomentar la colaboración para atajar la lacra de la denominada corrupción política o de los políticos».

En el juicio, Costa confesó que el PP valenciano que él dirigía junto con Francisco Camps se había financiado con dinero negro y que él lo supo desde el principio y no hizo nada para evitarlo.

El magistrado Vázquez Honrubia está de acuerdo con la defensa, y así ha corroborado Anticorrupción, que después del juicio Costa «ha seguido colaborando con la Fiscalía y órganos judiciales cuando menos en tres procedimientos de análoga significación delictiva seguidos en Valencia», esto es, los casos relacionados con la construcción del circuito urbano de Fórmula I y el ‘caso Imelsa’ de corrupción en la Diputación de Valencia.

También destaca la defensa que declaró ante el magistrado de la Audiencia Nacional José de la Mata, que investiga el caso conocido como ‘caja b’ o ‘papeles de Bárcenas’ sobre la existencia de una contabilidad paralela en el PP y que su colaboración permitió «reordenar y ampliar la investigación», ya que el mismo De la Mata reabrió la pieza 5 del ‘caso Gürtel’ por la que ya ha sido imputado Francisco Camps.

«Estas alegaciones defensivas son corroboradas por la propia Fiscalía Anticorrupción, que en su informe señala que el fiscal ha comprobado la conducta actual de colaboración con la Justicia, pues se ha constatado que Ricardo Costa ha protagonizado unos méritos que procede tomar en consideración», señala el magistrado en el auto.

«Por tanto, sí puede considerarse que esta relevante y continuada colaboración efectiva con la Justicia puede y debe enmarcarse en el principio esencial de reparación del daño, pues toda esta colaboración supone una disminución del resultado antijurídico del delito, es una forma de reparación del daño en cuanto procura una restitución del orden jurídico perturbado, restaurando la confianza en dicho orden», remarca.

El juez le concede la suspensión solicitada al considerar que cumple los requisitos que establece la ley para ello, el principal, que ninguna de las penas por las que ha sido condenado excedan los dos años aunque la suma de todas supere ese límite. Son dos condenas justo de dos años cada una.

También han sido tenidas en cuenta «las circunstancias personales del reo, y en particular el esfuerzo para reparar el daño causado».

«En definitiva una eficacísima colaboración trascendente y activa o sea significativa y valiosa para la Justicia» que «puede y debe enmarcarse en el principio esencial de reparación del daño», señala Vázquez Honrubia, quien, además, recuerda que en este caso «no hay vestigio alguno de enriquecimiento personal».

Tras argumentar que los delitos que cometió pudieron provocar «alarma social» y afectaron a «intereses generales constitucionalmente protegidos», el juez está de acuerdo con Fiscalía en que la suspensión de la condena de prisión se vea condicionada al pago de una nueva multa, además de la de 75.000 euros que ya le impuso en sentencia, y trabajos comunitarios para evitar que se pueda «trasladar al condenado una indeseable sensación de impunidad».

EL JUEZ ENCAUSA A CAMPS POR LOS CONTRATOS DE LA GENERALITAT VALENCIANA CON GÜRTEL EN FITUR 2009

Las revelaciones de Costa, del cabecilla de la red Gürtel, Francisco Correa, del que fuera número dos de la Gürtel, Pablo Crespo, y del exdirigente de Orange Market Álvaro Pérez, ‘el bigotes’, en el juicio por la financiación ilegal de las campañas electorales de los ‘populares’ valencianos hicieron que la Fiscalía Anticorrupción solicitara al magistrado José de la Mata, instructor del ‘caso Gürtel’, la imputación del expresidente valenciano Francisco Camps (PP) por presuntos delitos de prevaricación y fraude en los contratos de la Generalitat valenciana con empresas de la trama.

La pasada semana se conoció que el titular del Juzgado Central de Instrucción 5 de la Audiencia Nacional ha encausado a Camps.

El magistrado instructor de esta pieza ha tomado esta decisión después de casi un año de investigación y tras citar a declarar al propio Camps y otros supuestos implicados en el presunto amaño para adjudicar el contrato de Fitur a la red que dirigía Francisco Correa.

La Audiencia Nacional ordenó reabrir esta pieza para investigar a Camps en septiembre del año pasado, a mediados de diciembre De la Mata decidió imputarle formalmente por los presuntos delitos de prevaricación administrativa y fraude a la administración.

Finalmente, le encausa por supuesta prevaricación, aunque «sin perjuicio de ulterior calificación».

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