Un juzgado de Murcia desestima una demanda de copropiedad de un perro
Audiencia Provincial de Murcia./EP

Un juzgado de Murcia desestima una demanda de copropiedad de un perro

La resolución declara que la mascota, 'Indie', es propiedad exclusiva de la demandada y no copropiedad de ambos litigantes
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24/6/2019 19:18
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Actualizado: 24/6/2019 19:24
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La titular del Juzgado de Primera Instancia 4 de Murcia desestima la demanda de un hombre que pedía que se le declarase copropietario del perro de su expareja y se estableciese un régimen de uso y disfrute alterno.

La resolución, tras analizar la prueba practicada (facturas del veterinario, disfrute del animal, testimonio de un familiar y del veterinario), declara que la mascota, ‘Indie‘, es propiedad exclusiva de la demandada y no copropiedad de ambos litigantes, como mantenía el demandante.

Además, concluye la sentencia, del reconocimiento practicado en el acto de la vista no consta que el animal tenga afecto alguno hacia el demandante, «habiéndose demostrado nervioso y temeroso cuando trataba de acariciarlo».

Por tanto, no existiendo copropiedad, –y en este sentido la juzgadora recuerda nuestro ordenamiento jurídico califica a los animales domésticos, entre los que se incluyen las mascotas, como semovientes y como tales pueden ser objeto de propiedad exclusiva de una persona o también copropiedad de dos o más personas–, no procede que se fije el régimen de uso u disfrute alternativo del bien.

En cualquier caso, se trataría de solventar «si procede acordar un uso y disfrute alterno, no un régimen de custodia exclusiva o compartida, al venir referida esta terminología a los hijos menores de edad, implicados en un proceso de familia, entablado por cualquier de sus progenitores», aclara la resolución.

El perro ‘Cachas’, otro caso de copropiedad canina

‘Cachas’, un West Higland Terrier cuya tenencia se disputaban Carlos y Silvia, una pareja de Valladolid que rompió tras una relación de más de tres años, pasará seis meses con cada uno de ellos.

De esta forma, los contendientes mantendrán la tenencia compartida del animal, como así se ha acordado por sentencia judicial.

El fallo del titular del Juzgado de Primera Instancia número 9 de Valladolid, tras la vista celebrada el pasado día 23 de mayo, estimaba así la demanda interpuesta por la exnovia, Silvia, y otorga el derecho de copropiedad sobre el perro tanto a ella como a su expareja, Carlos.

Así, la posesión compartida se desarrollará de forma exclusiva y continuada por cada uno de ellos por periodos temporales de seis meses al año, según informaron a Europa Press fuentes jurídicas.

El fallo, contra el que no cabe recurso, no se pronuncia sobre la imposición de las costas procesales derivadas de esta instancia.

La decisión del juez modifica el anterior régimen existente respecto de la tenencia del perro por parte de la expareja.

En ella, con una medida cautelar y provisional, había concedido la custodia compartida durante quince días en el domicilio de uno y otro y la posterior entrega de ‘Cachas’ en un centro de peluquería canina, algo que el exnovio rechazaba por cuanto reclamaba la «tenencia exclusiva» del can.

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