Una madre condenada a 25 días de trabajos sociales por dar un bofetón a su hija

Condenan a una operadora a pagar 9.000 euros a un usuario por incluirlo de forma indebida en un fichero de morosidad

El abogado del indemnizado asegura que "se produjo una intromisión ilegítima en el derecho al honor del afectado"

2 / 08 / 2019 06:22

En esta noticia se habla de:

El juez del Juzgado de Primera Instancia número 10 de Castellón, ha obligado a una operadora de telefonía a indemnizar con 9.000 euros a un usuario por «incluirlo de forma indebida en un fichero de morosidad«.

Así lo ha explicado este jueves el portavoz de la Unión de Consumidores de Castelló (UCE), Juan Carlos Insa.

Según el texto de la sentencia facilitada por la UCE a Europa Press, el magistrado afirma que «se ha producido una intromisión ilegítima en el honor del actor».

«Condenando a la mercantil a estar y pasar por esta declaración y en consecuencia a abonarle la cantidad de 9.000 euros con más los intereses legales desde la fecha de reclamación judicial, con expresa imposición de las costas causadas».

Insa ha explicado que «se produjo una intromisión ilegítima en el derecho al honor pues, como han señalado numerosas sentencias, la inclusión en el fichero le hace desmerecer ante los demás, al menos en su aspecto de cumplidor de sus obligaciones de carácter económico».

Constituyen así «una intromisión en su dignidad o prestigio y un notorio descrédito; estableciéndose una indemnización por daños morales».

Situación de indefensión y un proceso de varios meses

El portavoz también han destacado que la compañía «nunca se molestó en reclamar la presunta deuda al consumidor, colocándole en una situación de indefensión y las gestiones realizadas por mi representado para que se le excluyera del fichero resultaron complicadas y engorrosas».

«Inicialmente, ni siquiera sabía dónde debía acudir, debiendo iniciar un proceso que le llevó varios meses».

«La compañía no se molestó en comprobar y acreditar que hubo una suplantación de identidad», ha concluido Insa en declaraciones a Europa Press.

Contra esta sentencia cabe la interposición de recurso, tal y como recoge el texto judicial. Hay que recordar que la demanda fue presentada por los servicios jurídicos de la Unión de Consumidores de Castelló.

EP

Noticias relacionadas:

El Supremo rechaza el monopolio de CEOE y CEPYME: Conpymes y Pimec podrán representar a las pymes en los órganos del Estado

Un cliente consigue que le devuelvan los gastos de constitución de la hipoteca 15 años después, y sin tener las facturas originales

Opinión | Defensa jurídica y cesión de cobro: cuando el tiempo determina la eficacia real del derecho indemnizatorio

Multa, 2 años de inhabilitación y 7.000 € de indemnización: el TSJ de Andalucía confirma condena a una abogada por dejar caducar una demanda

El Supremo obliga a la ETT Randstad a pagar la misma indemnización por incapacidad de un trabajador que la empresa usuaria, Ferrovial

200.000 euros de indemnización a un padre separado de su hija durante 11 años por una falsa denuncia de abuso sexual

Lo último en Tribunales

Elisa Mouliaá

Elisa Mouliaá estuvo en Dubai, afirma en el ejercicio de su derecho de rectificación

seguro obligatorio

El TJUE da vía libre a la compraventa de indemnizaciones de tráfico: los «cazacréditos» pueden reclamar, pero no son víctimas

clínica dental

El Supremo deja claro quién debe pagar si cierra una clínica dental y deja al cliente «tirado» con el tratamiento

construcción colegio extremadura administración

El Gobierno de Extremadura, condenado por su propia desidia en la construcción de un colegio: «nadie puede aprovecharse de sus propias torpezas»

José Luis Ábalos

¿Puede Ábalos cobrar la jubilación en la cárcel? El futuro económico del exministro en prisión analizado