El Consejo de Ministros aprobó ayer que el presidente del Gobierno en funciones, Pedro Sánchez, presente un recurso de inconstitucionalidad ante el máximo tribunal de garantías contra la decisión del gobierno foral de Navarra por contratar de manera temporal a interinos con la denominación de «auxiliar de Policía Local» con la condición de agentes de la autoridad.
El Gobierno considera que esta figura de «auxiliar de Policía Local» supone un precepto de inconstitucionalidad, ya que vulnera el artículo 92.3 de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local, además de que puede «afectar a los derechos fundamentales» de los ciudadanos en materia de seguridad pública.
DOCTRINA DEL CONSTITUCIONAL
La doctrina actual del Constitucional va en línea con lo que argumenta el Gobierno.
La sentencia 175/2011, de 8 de noviembre, del Tribunal Constitucional, dice que la la policía local «no solo tiene naturaleza de fuerza y cuerpo de seguridad integrada por funcionarios al servicio de la Administración local, sino también funciones públicas que implican el ejercicio de autoridad (artículo 92.2 LBRL), razón por la cual su desempeño se reserva exclusivamente a personal funcionarial (artículo 92.2 LBRL y artículo 172 del texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local)».
La sección cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo dictó el fecha 14 de junio pasado una sentencia en la que señala que «no resulta ajustado a derecho» el nombramiento de agentes de la Policía Local en régimen de interinidad, tras la modificación del artículo 92.3 de la Ley de Bases de Régimen Local (LBRL) por la Ley 27/2013, de 27 de diciembre.
Y añade, existe «ninguna duda había respecto a que existía ya una reserva legal respecto a los puestos de policía local que debían ser cubiertos por funcionarios, por lo que la inclusión en el 2013 en la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local del término «de carrera», da a entender una mayor restricción al concepto».
Esto afecta, actualmente, a más de 30.000 profesionales de toda España.
En su resolución, el Supremo rechazó los recursos de casación presentados por el Ayuntamiento de Santurtzi y el Gobierno Vasco contra la sentencia de 15 de diciembre de 2016 dictada por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV), que consideró «ilegal» la contratación de cuatro agentes interinos realizada por el Consistorio vizcaíno en 2014.
Un funcionario de la Policía Local de Santurtzi interpuso recurso contencioso-administrativo contra las resoluciones del Ayuntamiento de Santurtzi por las que se dispuso el nombramiento de cuatro agentes de la Policía Local en régimen de interinidad, con motivo de la existencia de plazas vacantes.
EL RECURSO DEL GOBIERNO, EN LA MISMA LÍNEA
De acuerdo con el Gobierno, se ha optado por interponer el recurso al señalar que dichas contrataciones «pueden colisionar» con la competencia estatal en materia de seguridad pública, recogida en la Constitución Española, en la que no habla sólo de las Policías Navarras, sino que hace una referencia más amplia a las «distintas Policías existentes» en Navarra.
«Lo que incluiría a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estados, que también operan en la Comunidad Foral», ha indicado el Gobierno.
Además, recuerda que el artículo 11 de la Ley Foral 23/2018, contra la que se interpone el recurso, incorpora también la posibilidad de la delegación de competencias de la Policía Local a una entidad supramunicipal, una decisión que vulnera la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado (LOFCS) que ya ha sido rechazada por el TC.
Por último, dicha Ley Foral contraviene una vez más a la LOFCS al incorporar la posibilidad de que el personal de las policías locales de Navarra puedan ejercer sus funciones «sin vestir el uniforme».
«No cabe que el órgano competente de cada entidad local determine los supuestos de dispensa de uniformidad, se trata de una función que la propia LOFCS ha reservado a una concreta autoridad con exclusión de las demás», ha puntualizado el Gobierno.