Thomas Partey, el jugador del Atlético de Madrid, se suma al número de víctimas afectadas por la oleada de robos en las viviendas de los futbolistas
Thomas Partey, jugador del Atlético de Madrid. Foto: EP.

Thomas Partey, el jugador del Atlético de Madrid, se suma al número de víctimas afectadas por la oleada de robos en las viviendas de los futbolistas

El ghanés se encontraba en Rusia, motivo del partido de Champions League que enfrenta al Lokomotiv de Moscú contra el equipo madrileño
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02/10/2019 06:25
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Actualizado: 01/10/2019 20:49
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El delito de robo con fuerza en las cosas es uno de los ilícitos penales más usuales en nuestro país.

Las estadísticas que proporciona el Ministerio de Interior muestran que solo en el primer trimestre de este año 2019 se han producido 37.157 robos con fuerza  en domicilios, establecimientos y otras instalaciones. Recientemente, numerosos deportistas han sido afectados por este tipo de delitos.

El pasado sábado 28 de septiembre, el Atlético de Madrid se enfrentaba al Real Madrid en el Wanda Metropolitano. Durante el encuentro, la vivienda de Carlos Casemiro, jugador del Real Madrid, fue asaltada por varios individuos.

Se tuvo constancia de los hechos tras la finalización del partido, cuando el jugador galáctico abandonaba las inmediaciones del Metropolitano escoltado por la policía en dirección a su vivienda. Los hechos se produjeron mientras que la mujer y la hija del jugador se encontraban en el interior del domicilio.

Ayer, martes 1 de septiembre, el protagonista de la oleada de robos a futbolistas era el central del Atlético de Madrid, Thomas Partey. El ghanés se encontraba en Rusia, motivo del partido de Champions League que enfrenta al Lokomotiv de Moscú contra el equipo madrileño.

El ilícito se llevó a cabo mediante fuerza e intimidación a una empleada del hogar. La buena noticia es que no se han producido daños personales.

Ambos casos destacan por el escaso lapso de tiempo entre ambos robos. A pesar de ello, numerosos futbolistas han sido víctima de este tipo de delitos.

Una de las más conocidas ha sido el jugador también del Real Madrid, Lucas Vázquez y su mujer Macarena Rodríguez, ya que esta ha emitido un comunicado por redes sociales en contra de este tipo de actuaciones y la intranquilidad por parte de los deportistas profesionales en sus propia viviendas.

Zidane, Umtiti, Morata, Jordi Alba o Piqué, otros afectados célebres

Otros casos de importante notoriedad han sido los de Zidane, Umtiti, Morata, Jordi Alba o Piqué.

El delito con fuerza en las cosas está considerado como aquella acción que comete una persona, con ánimo de lucro, cuando se apoderaren de las cosas muebles ajenas empleando fuerza en las cosas para acceder o abandonar el lugar donde éstas se encuentran o violencia o intimidación en las personas, sea al cometer el delito, para proteger la huida, o sobre los que acudiesen en auxilio de la víctima o que le persiguieren (art 237 CP).

Este delito se complementa con las disposiciones que se plasman en el artículo 238 del CP, estableciendo la consideración de violencia en las cosas cuando se realice:

  • Escalamiento (como se produjo en el caso de Álvaro Morata ya que sus asaltantes consiguen acceder al domicilio a través del escalamiento de la puerta principal de la residencia).
  • Rotura de pared, techo o suelo, o fracturando una puerta o ventana.
  • Uso de llaves falsas
  • Inutilización de sistemas específicos de alarma o guarda.
  • Fractura de armarios, arcas u otra clase de muebles u objetos cerrados o sellados, o forzamiento de sus cerraduras o descubrimiento de sus claves para sustraer su contenido, sea en el lugar del robo o fuera del mismo.

A pesar de estas consideraciones que presume el artículo 238 del CP, se deberá incluir un nuevo elemento del tipo. Éste se incorpora tras la última reforma del Código Penal (2015) la cual considera fuerza, también, en el momento de abandono del lugar y no solo a la entrada.

Éste ilícito penal lleva aparejado una pena de prisión que va de dos a cinco años. A su vez se pueden establecer circunstancias agravantes del delito. Entre las más notorias en estos casos, destaca la comisión en casa habitada.

El artículo 241 del Cp considera casa habitada  a todo albergue que constituya morada de una o más personas, aunque accidentalmente se encuentren ausentes de ella cuando el robo tenga lugar.

En este precepto se incluyen las dependencias de la vivienda que serán sus patios, garajes y demás departamentos o sitios cercados y contiguos al edificio y en comunicación interior con él, y con el cual formen una unidad física.

Por ello, esta oleada de robos en viviendas de futbolistas suponen un ilícito penal de especial notoriedad.

Además, atendiendo a que el modus operandi de estas organizaciones o individuos se basa en asaltar la vivienda cuando tienen conocimiento de que el jugador se encuentra del mismo por motivo de su profesión.

Como medida más efectiva, muchos de éstos jugadores han integrado seguridad privada en casa para evitar este tipo de sucesos. En determinadas ocasiones, es proporcionada por el propio club en el que juegan.

Actualmente no se conocen los daños que han podido perjudicar en la vivienda de Casemiro y nos mantenemos a expensas de que la policía logre poner fin a la investigación tras la detención de los asaltantes.

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