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La equivocación de Pedro Sánchez

La equivocación de Pedro Sánchez
Edificio de la Fiscalía General del Estado en su cara al Paseo de la Castellana.
11/11/2019 06:15
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Actualizado: 10/11/2019 20:47
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La Asociación de Fiscales (AF) hizo públicamente, el viernes por la noche, una declaración de independencia y rechazó cualquier injerencia del poder ejecutivo.

Esta fue la primera de las conclusiones que la AF, la asociación mayoritaria de las tres existentes (cuenta con 530 afiliados de una plantilla de 2.700), aprobó al final de su XXII Congreso, que se celebró en el aula magna de la Universidad de Deusto, siendo reelegida, nuevamente, Cristina Dexeus Ferrer en la Presidencia.

La renovada presidenta declaró, en referencia a la “metedura de pata” del presidente del Gobierno en funciones, Pedro Sánchez, en la que dio por sentado que el Ejecutivo mandaba sobre la Fiscalía, que «a los políticos se les ha de exigir un nivel de conocimiento de las instituciones y de responsabilidad a la hora de hacer sus manifestaciones, porque esas palabras han sentado mal porque no dependemos del Gobierno como ha quedado en evidencia en el juicio del ‘procés’».

Y así es. La Fiscalía, teóricamente, forma parte del Poder Judicial.

En efecto, en nuestra Constitución el único artículo que se refiere a las funciones de la Fiscalía es el 124, integrado dentro del Título VI cuya rúbrica es “del Poder Judicial”, artículos 117 a 126.

Pero su naturaleza es motivo de discusión por los procesalistas ante la imprecisión del testo constitucional dentro del esquema de la separación de poderes.

Afirmado lo anterior, en la práctica, la Fiscalía no forma parte del Poder Judicial (que se rige por la LO del Poder Judicial, de 6/1985, de 1 de julio), sino que su funcionamiento está regulado en el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, aprobado por la Ley 50/1981, de 30 de diciembre (y sus sucesivas reformas) siendo un órgano independiente y autónomo tanto del Gobierno como del Poder Judicial, y cuya finalidad no es otra que “promover la acción de la justicia en defensa de la legalidad, de los derechos de los ciudadanos y del interés público tutelado por la ley… así como velar por la independencia de los Tribunales (…)”.

La irritación de los fiscales ante las declaraciones de Pedro Sánchez, presidente del Gobierno en funciones, afirmando que la Fiscalía dependen del Gobierno –y, por tanto, de él-  ha hecho saltar todas las alarmas.

Las tres Asociaciones de Fiscales realizaron sendos comunicados en los que tachaban de inaceptables las declaraciones del líder socialista y, recuérdese, presidente del Gobierno en funciones, recordándole a Sánchez que “la Fiscalía es independiente y solo depende de la legalidad” por lo que “no cumple las órdenes del Gobierno”, lamentando el desconocimiento de las funciones conferidas al Ministerio Fiscal.

Y es que el líder socialista, en una entrevista en Radio Nacional el 6 de noviembre, después de recalar que el Gobierno español está haciendo todo lo posible para que el fugado y ex presidente de la Generalitat, Carles Puigdemont, sea juzgado en España tras activarse la euroorden (OEDE, Orden Europea de Detención y Entrega) por parte del Magistrado instructor del Tribunal Supremo, Pablo Llanera, siguió afirmando que “está suministrando a la justicia belga toda la información necesaria para continuar con el proceso”.

Y aquí es cuando señaló que fue la Fiscalía la que pidió la activación de la euroorden, lo que, siendo cierto, lo puso como prueba de que el Gobierno está actuando y se hizo una pregunta retórica: “¿de quién dependen la Fiscalía”, dejando la respuesta en el aire y cuando el periodista le dijo “del Gobierno”, Sánchez remató “pues eso”.

¡QUÉ ERROR!

¡Que error, que horror y que falta de conocimiento del funcionamiento de las Instituciones básicas del Estado de Derecho!. No me extraña -en absoluto- el malestar de todos los Fiscales, más allá de las Asociaciones que les representan.

Los Fiscales, cuya preparación es igual a la de los Jueces (la oposición es conjunta y, según el número con el que apruebes, eliges ser Juez Fiscal) no dependen, en absoluto del Gobierno.

En modo alguno. Ejercen sus funciones –reitero- en defensa de la legalidad y de los derechos de los ciudadanos con absoluta autonomía.

Tal afirmación la hemos comprobado en el juicio del «procés».

Mientras la Abogacía del Estado, por orden directa de la ministra de Justicia, Dolores Delgado,  modificó sus pretensiones iniciales acusatorias de delito de rebelión por la de sedición (lo que conllevó la renuncia del jefe del área penal de la Abogacía del Estado, Edmundo Val, por no estar de acuerdo con tal rebaja de la pretensión acusatoria), la Fiscalía mantuvo la acusación de delito de rebelión para la mayoría de los acusados y, a la postre condenados, si bien por sedición –tema que ya lo analizamos en otra columna, de 15 de octubre del corriente año-.

Cierto es que la Fiscalía es un órgano jerarquizado, siendo otro de sus principios orientadores la unidad de actuación, y, de hecho, lo recuerda su propia terminología organizativa al hablarse del fiscal general del Estado, fiscal jefe y teniente fiscal, por poner unos simples ejemplos y sin entrar en enumerar las diferentes categorías que contempla su Estatuto Orgánico.

La razón de ser de tal jerarquía es la unidad de criterio que debe guiar a cualquier fiscal, independientemente del lugar, función y puesto en que esté destinado.

De igual forma, en su actuación deben seguir los criterios contenidos en las Consultas, Instrucciones y Circulares de la Fiscalía General del Estado. En todo caso, la acción de la superioridad, usando términos propios de Fiscalía, debe ajustarse al cometido legal –ya citado- que le corresponde al Ministerio Fiscal.

TRES INTROMISIONES

A lo largo de mi ya dilatada experiencia profesional, más de treinta años, sólo en tres ocasiones he visto “una intromisión” en la actuación concreta de un Fiscal en un proceso:

En el «Caso Filesa, Malesa y Time Export» (el primer gran caso de corrupción política de la reciente democracia española), cuando el fiscal general del Estado, por entonces Eligio Hernández, ordenó al Fiscal de la causa, Antonio Salinas (posteriormente designado fiscal jefe Anticorrupción) recurrir una resolución del Magistrado instructor, el tristemente fallecido Marino Barbero, a lo que se negó, presentado el recurso directamente el Fiscal General del Estado. Creo, s.e.u.o.i, único caso en nuestra reciente democracia.

En el «Caso de Juana Chaos» -por amenazas terroristas a Jueces, directores de Centros Penitenciarios y miembros del Gobierno-, conocido miembro de ETA y condenado por más de treinta asesinatos y más de cien heridos graves, juicio que tuve el honor de presidir, cuando el fiscal jefe de la Audiencia Nacional ordenó al fiscal del caso, Jesús Alonso (actual jefe de la misma Fiscalía), rebajar la pena inicialmente solicitada el escrito de acusación (de casi cien años a menos de diez), a lo que éste se negó, siendo sustituido por el que era teniente fiscal de la citada Fiscalía.

Era la época en que el fiscal general del Estado, siguiendo las indicaciones del entonces fiscal general del Estado, Cándido Conde-Pumpido, afirmaba que los Jueces “el vuelo de las togas de los fiscales no eludirá el contacto con el polvo del camino”, aludiendo así a que los Jueces deben participar en la política del Gobierno de negociación con los etarras para llegar a la disolución de esa maldita banda terrorista asesina.

Craso error: los jueces solo estamos sujetos al principio de legalidad.

En el caso de presunta violación de secretos seguido contra altos directivos de la Cadena Ser, por revelación de datos personales de militantes del Partido Popular de una localidad madrileña (nombre, apellidos, dirección y teléfono), en que la fiscal encargada del caso que yo dirigía, el día anterior del juicio oral fue citada por el fiscal jefe de Madrid para que introdujera en su escrito de acusación dos atenuantes y, así, rebajar considerablemente la petición de pena que inicialmente solicitaba.

Por cierto, sentencia condenatoria y que fue revocada, incomprensiblemente –esa es mi opinión personal- por la Audiencia Provincial.

Nada más…, y nada menos.

Y lo curioso es que, en los tres casos, el Gobierno era del partido socialista. Cierto es que, a lo largo de mi vida profesional he dirigido, como tribunal unipersonal, o formado parte de tribunales colegiados, en decenas -cuando no cientos- de juicios en los que han participado numerosísimos fiscales y ninguna intromisión ha habido por el Poder Ejecutivo en su función…, o, al menos, no me consta.

Muchos son los que hemos publicado y afirmado que el nombramiento del fiscal general del Estado no debe ser hecho por el Gobierno –si bien, formalmente lo nombra El Rey- a propuesta del ministro de Justicia, cesando –causa principal, aunque hay otras- cuando es investido un nuevo presidente del Gobierno, sino propuesto por el Gobierno y nombrado por una amplia mayoría del Congreso (por ejemplo, 3/5), para evitar injerencias del Gobierno en sus funciones y, además, para asegurar su independencia, por un período que no se someta a los periodos electorales de cuatro años, sino, por ejemplo, de seis o siete años.

A esto se ha respondido que el fiscal general del Estado debe aplicar la política judicial del Gobierno y, por tanto, debe cesar cuando cambia el Gobierno.

Como se podrá observar debate muy interesante y que no está resuelto.

El razonamiento de Pedro Sánchez, en tal entrevista era claro, como así recogió de forma brillante Andrés Betancor -en una reciente tribuna en el periódico El Mundo (8 de noviembre de 2019)-: “si yo te nombro, tú me obedeces y si tú me obedeces, todos los demás que a ti te obedecen, igualmente me obedecen” y, concluye que “el nombramiento del fiscal General del Estado crea una cadena de ordeno y mando que sujeta a sus deseos la Fiscalía”.

¡Qué error y qué peligro!. las Instituciones del Estado no están –o no deben estar- sujetas a la sumisión del Gobierno de turno por cuanto, de ser así, volveríamos al oscuro Absolutismo que –creíamos- perdido en la noche de los tiempos.

¡Qué daño ha hecho a la Fiscalía!…

A los numerosos Fiscales que cada día, estoicamente y con escasos medios humanos y materiales (algo endémico de la Administración de Justicia) ejercen sus funciones teniendo como único objetivo únicamente la defensa de la legalidad, la protección de los ciudadanos y el interés público.

No es menos cierto que, posteriormente, rectificó…, pero el daño estaba hecho.

Máxime cuando se está discutiendo en Europa –o así lo pretenden los separatistas catalanes y sus letrados defensores- que en España la justicia no es independiente cuando nuestro país es una de las únicas diez democracias plenas del mundo.

Flaco favor nos ha hecho…, ¿o ha sido intencionado?. No lo quiero creer…, pero la respuesta en el tiempo.

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