AJFV, JJpD y FJI denuncian dificultades para votar por correo en las elecciones a la Sala de Gobierno del TSJM

23 / 11 / 2019 17:11

Actualizado el 31 / 10 / 2022 13:23

La Asociación Judicial Francisco de Vitoria, Juezas y Jueces para la Democracia y Foro Judicial Independiente han denunciado la existencia de dificultades para que los 754 jueces destinados en la Comunidad de Madrid, y que así lo deseen, puedan ejercer su derecho al voto por correo en las elecciones del próximo 26 de noviembre para la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Ese día se tienen que elegir cuatro magistrados o jueces titulares y un mismo número de miembros como sustitutos. 

«Denunciamos las dificultades que estamos observando para la emisión del voto por correo, no solo por la documentación remitida, puesto que se ha enviado el sobre y la papeleta por separado, sino por la falta de tiempo con la que se están enviando. Hemos recibido quejas de compañeros que a pocos días de las elecciones todavía no habían recibido el sobre«, manifiestan en un comunicado. 

En consecuencia, han presentado una solicitud a la Junta electoral a fin de que se adopten las medidas necesarias para el correcto ejercicio del derecho de voto por correo.

Las tres asociaciones recuerdan que el voto emitido por correo debe llegar antes del cierre de la votación, el 26 de noviembre, por lo que deben remitirlo por correo urgente.

Y animan a los jueces y magistrados destinados en la Comunidad de Madrid que ejerzan el voto, ya sea de forma presencial o por correo, para decidir que Sala de Gobierno desean para los próximos cinco años.

Las mismas elecciones fueron convocadas por el Consejo General del Poder Judicial en los TSJ de Andalucía, Ceuta y Melilla (15 miembros); Castilla y León (14 miembros); de Castilla-La Mancha (8); Canarias, Cataluña y Galicia (7 cada uno), Aragón, Comunidad Valenciana y País Vasco (6 cada uno); Extremadura (5) y Región de Murcia, Navarra, La Rioja y Madrid (4).

Las Salas de Gobierno de los TSJ están compuestas por un número de miembros natos –el presidente, los presidentes de Sala, los presidentes de Audiencias Provinciales y los jueces decanos– y por otro número de miembros electos que, como es el caso, tienen que ser elegidos por voto secreto y directo para un mandato de 5 años.

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