El Supremo anula la sanción a una guardia civil suspendida por prolongar injustificadamente su baja médica
Imagen de un control de tráfico de la Guardia Civil.

El Supremo anula la sanción a una guardia civil suspendida por prolongar injustificadamente su baja médica

|
12/12/2019 00:00
|
Actualizado: 13/1/2021 15:01
|

El Tribunal Supremo ha anulado la sanción disciplinaria de pérdida de 12 días de haberes con suspensión de funciones impuesta contra una agente de la Guardia Civil por considerar que prolongó su baja médica de forma injustificada durante más de un año.

El alto tribunal revoca dicho castigo al entender que fue un médico el que alargó esa situación.

La Sala de lo Militar del alto tribunal anula dicha sanción impuesta por el Ministerio de Defensa que, a su vez, revocaba la fijada anteriormente, en julio de 2018, por el director general de la Guardia Civil, Félix Azón, a propuesta del asesor jurídico, consistente en pérdida de destino como autora de una falta grave por la prolongación injustificada de la baja para el servicio.

Según consta en los hechos probados de la resolución de la Dirección General de la Guardia Civil, la agente sancionada, destinada en Las Palmas desde mayo de 2016, causó baja en febrero de 2017 por un proceso traumatológico en el hombro derecho, del cual fue intervenido quirúrgicamente.

Asimismo, también indica que aunque la guardia civil estuvo de baja médica durante «411 días» esta dolencia «no le suponía limitación alguna a la hora de realizar funciones burocráticas» que tenía encomendabas.

De hecho, la resolución detalla que su puesto de trabajo no tenía «especiales exigencias psicofísicas, pudiendo ser ocupado por personal especialmente sensible».

Participó en carreras deportivas mientras seguía de baja

Por otro lado, como hechos probados se incluye que la agente presentaba un «proceso de evolución el cual ni tendía a mejorar ni agravarse», por lo que en el verano de 2017, aún estando en situación de baja médica, se reincorporó a la actividad física deportiva, participando en varias carreras.

La Sala de lo Militar del Tribunal Supremo, tras analizar el recurso presentado por la agente de la Guardia Civil contra la sanción del Ministerio de Defensa, ha acordado modificar los hechos probados y eliminar todo lo relacionado con su participación en actividades deportivas a partir de 2017.

Explica en su sentencia que la valoración sobre «si ha existido o no una prolongación indebida de la baja médica es una cuestión que requiere unos conocimientos científicos».

En este sentido, la Sala afirma que la argumentación de la sanción no es del todo «adecuada», ya que consiste en suponer que el citado médico hubiera dicho otra cosa si la recurrente hubiera dicho con todo tipo de detalles cuál era su trabajo».

Así, destaca que «no es la guardia civil sancionada la que prolonga injustificadamente su baja, sino que es el médico el que considera que debe seguir de baja» y que es el doctor el que señala que «correr no influye en su recuperación en esas circunstancias».

La Asociación Unificada de la Guardia Civil (AUGC) celebra esta sentencia del Tribunal Supremo por acordar «por unanimidad» revocar este castigo que, a su juicio, es «desproporcionado».

«Gracias al trabajo de los servicios jurídicos de AUGC, el Tribunal Supremo, por unanimidad, acuerda anular y dejar sin efecto la sanción impuesta así como sus consecuencias administrativas y de orden económico, debiendo procederse a suprimir cualquier anotación en su expediente referente a la misma, dado que la compañera no cometió ninguna infracción con su actuación», dice la asociación en un comunicado.

Noticias Relacionadas:
Lo último en Tribunales