Registro de nacimiento: El trámite legal que permite existir de forma oficial
El viaje que realizaron José y María con su hijo, Jesús, a Belén, tenía como objeto empadronar al bebé.

Registro de nacimiento: El trámite legal que permite existir de forma oficial

El nacimiento de Jesús en Belén tuvo lugar en el transcurso del viaje de José y María hacia esta ciudad de Judea con un fin concreto: empadronarse.

Así lo relata el Evangelio (Lucas 2, 1-7).

Cumplían con un edicto del primer emperador de Roma que obligaba a censarse.

El nacimiento de Jesús constaría oficialmente, lo que supone un  trámite fundamental para dotar de visibilidad a todos los seres humanos.

Su ausencia, puede dar lugar a delitos de trata y explotación de menores. Unicef denuncia que  la existencia de una cuarta parte de los niños del mundo, no figura en ningún registro oficial.

Apenas dos segundos después de la última campanada de la Nochevieja de 2019 llegaron al mundo, ya en 2020, Ariadna y Carlos, dos bebés nacidos en Elda (Alicante) y Madrid respectivamente, que fueron los primeros en estrenar el año.

Estos nacimientos traen la esperanza de que se incremente el índice de natalidad en nuestro país porque según las últimas cifras publicadas por el Instituto Nacional de Estadística entre enero y junio de 2019  en España solo habían nacido 170.074 niños, lo que supone la estadística más baja registrada desde 1941, primer año del que hay datos.

Los  nacimientos de Ariadna y Carlos fueron registrados debidamente para que quedara constancia de su existencia.

Probablemente también fue anotado el nacimiento del niño Jesús que celebramos durante estas fiestas, dado que tuvo lugar en el transcurso del viaje que según el Evangelio de san Lucas, realizó la familia para empadronarse.

“Aconteció que por aquellos días emanó un edicto del emperador  César Augusto en el que ordenaba que se inscribiesen en el censo los habitantes de todo el orbe”.

Este primer censo se hizo siendo Quirino propretor de la Siria, señala el evangelista que explica cómo “se ponían todos en viaje para inscribirse cada cual en su ciudad”.

UN CENSO AL MODO JUDÍO

“Subió también José desde la ciudad de Nazaret en Galilea a la ciudad de David que se llama Belén en Judea, por ser él del linaje y familia de David, para inscribirse en el censo juntamente con María, su esposa que estaba encinta”, continúa san Lucas que explica a continuación las circunstancias en que la madre se puso de parto.

Las tribus judías se dividían en grandes familias que a su vez se clasificaban por linajes.

El censo pionero ordenado por edicto de Cesar Augusto, el primer emperador de Roma, se realizó al modo judío, no al estilo romano. Las inscripciones en el censo debían realizarse no el lugar de residencia, sino en el de origen.

De ahí que tuvieran que emprender tal viaje en circunstancias tan complicadas. Así lo relata el periodista y escritor religioso Andrea Tornielli en su artículo «Todo sobre aquella noche».

“Belén (Beth-lehem, en origen Beth-Lahamu, es decir, “casa del dios Lahamu”, divinidad babilónica, interpretada después en sentido judío beth-lehem, “casa del pan”) era un pequeño núcleo que distaba nueve kilómetros de Jerusalén.

En la época de Jesús no debía contar con más de mil habitantes, sobre todo pastores y campesinos.

Sin embargo, era un lugar de paso para las caravanas que se dirigían de Jerusalén a Egipto, de modo que desde antiguo, el hijo de un amigo del rey David, Chamaam, había construido un caravasar (en hebreo geruth, “hospedería)”, narra el escritor.

Allí tuvo lugar el nacimiento y allí se realizó el censo.

NIÑOS INEXISTENTES

Quedó así oficialmente reconocida la existencia de Jesús de Nazaret.

Desde aquella época, el registro de nacimiento ha servido para dar visibilidad a los seres humanos. La inscripción de los nacimientos es casi universal en la mayoría de los países de altos ingresos, pero no ocurre lo mismo en países menos favorecidos.

Hasta el punto de que Unicef denuncia con preocupación  que como promedio, uno de cada cuatro niños menores de 5 años (166 millones) no está registrado.

De estos 166 millones de niños, la mitad vive en sólo cinco países: Etiopía, India, Nigeria, Pakistán y la República Democrática del Congo.

Pero, añade la organización en defensa de la Infancia que “incluso cuando los niños están registrados, es posible que no dispongan de la prueba de su inscripción. Se estima que 237 millones de niños menores de cinco años en todo el mundo carecen actualmente de un certificado de nacimiento”.

Explica Unicef que en la mayoría de los casos, “estos niños viven en los hogares más pobres, a menudo en zonas rurales con un acceso limitado a los servicios de registro, o en los más de 100 países que carecen de sistemas de registro civil plenamente operativos”.

PROBLEMAS PARA CUMPLIR EL TRÁMITE

Puede ocurrir también que los padres desconozcan el registro del nacimiento o que no entiendan su importancia.

En ocasiones, no cuentan con  los recursos necesarios para sufragar los costos asociados con el registro en los que se incluyen los gastos que supone el viaje a los lugares de registro o las tasas por demoras en los pagos.

También hay que contar, según la ONG con que “algunas minorías étnicas o religiosas tienen tasas de registro de nacimientos inferiores a la media nacional. Esto puede deberse a que su cultura hace más hincapié en otras costumbres (como las ceremonias para poner un nombre), o a que están marginados y viven a menudo en zonas remotas, o no son reconocidos por sus gobiernos”.

Se da la situación de que en algunos lugares las mujeres no comparten los mismos derechos que los hombres a la hora de inscribir a sus hijos.

“Algunas simplemente no pueden registrar a sus hijos, mientras que otras sólo pueden hacerlo si el padre está presente. Es posible que las mujeres no puedan registrar a sus hijos si el padre es desconocido, o si se niega a reconocer la paternidad, como en los casos de las sobrevivientes de violación o incesto”.

Todavía hay 25 países donde las mujeres no tienen los mismos derechos que los hombres para transmitir legalmente la nacionalidad a sus propios hijos, añade Unicef.

LA IMPORTANCIA DEL REGISTRO DE NACIMIENTO

El problema radica en que si no se registra al niño, no se puede obtener su certificado de nacimiento y sin el certificado los niños no pueden demostrar su edad, lo que les pone en riesgo de ser obligados a contraer matrimonio, entrar de forma forzada en el mercado laboral o a ser reclutados por el ejército.

Protege a los niños migrantes y refugiados contra la separación familiar, la trata y la adopción ilegal. Su carencia convierte a los pequeños en apátridas con lo que carecen de nacionalidad.

Otros problemas que enuncia Unicef son que, sin un certificado de nacimiento, “muchos niños no pueden recibir las vacunas sistemáticas y otros servicios de atención médica. Es posible que no puedan asistir a la escuela o inscribirse para realizar los exámenes. Como resultado, sus oportunidades de trabajo en el futuro están muy limitadas, lo que aumenta sus posibilidades de vivir en la pobreza”.

Ya en la juventud, se precisa esta identificación oficial para temas tales como abrir una cuenta bancaria, registrarse para votar, obtener un pasaporte, ingresar al mercado laboral, comprar o heredar propiedades, o recibir asistencia social.

EN ESPAÑA

En España, la inscripción del recién nacido comienza a las 24 horas y finaliza a los diez días, salvo retraso justificado que supone ampliar el plazo hasta 30 días.

Desde octubre de 2015 el trámite puede realizarse desde el propio centro sanitario donde se produjo el parto.

El personal sanitario identifica a recién nacido al que se toman las huellas de la planta del pie, se comprueba la filiación materna y el hospital remite los nacimientos al Registro Civil que corresponde en 72 horas.

Esta opción es voluntaria, por lo que los padres que lo deseen pueden acudir al Registro Civil. No es  posible inscribir al recién nacido desde el hospital y es imprescindible desplazarse al registro, en casos como que alguno de los padres sea menor de edad o esté legalmente incapacitado, o si ambos progenitores son extranjeros de distinta nacionalidad, entre otros.

En el registro figuran la fecha, hora y lugar de nacimiento, el sexo del bebé y su nombre y apellidos, la filiación, y la hora de inscripción que pueden realizar el padre, la madre u otros familiares como abuelos, tíos y primos siempre que los padres estén casados.

En caso contrario, padre y madre deberán acudir a registro. También en el caso de haber contraído matrimonio anteriormente, deben llevar sentencia firme de divorcio o testigos que avalen la separación de la anterior pareja.

Las madres solteras pueden inscribirlo en solitario en base al Real Decreto 820/2005 de 8 de julio que permite la inscripción registral del nacimiento cuando existe una sola filiación.

Para los casos de adopción por protección de las personas se pueden omitir los datos de filiación originaria del niño.

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