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El Ministerio de Justicia tiene listo el Anteproyecto que elimina el abuso sexual y lo convierte en agresión sexual

9 / 01 / 2020 00:00

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Pablo Iglesias se va a quedar sin su primera medida estrella una vez en el poder: la reforma del Código Penal sobre abusos y agresiones sexuales para que «sólo sí sea sí».

¿Por qué? Porque el Ministerio de Justicia, que capitanea Dolores Delgado, hace ya meses que tiene prácticamente preparado el Anteproyecto de Ley Orgánica de modificación del Código Penal para la protección de la libertad sexual de las ciudadanas y los ciudadanos.

El trabajo, por lo tanto, está hecho.

La revisión de estos delitos se abordó a raíz de la polémica sentencia que condenó los cinco miembros de La Manada por un delito de abuso sexual y les absolvió del de agresión, aunque después la Sala de lo Penal del Supremo corrigió la sentencia concluyendo que los cinco miembros del grupo La Manada cometieron un delito continuado de violación.

En el texto del Anteproyecto, el Ministerio aglutina los delitos sexuales bajo el capítulo ‘De la violación y otras agresiones sexuales’.

Desaparece así el término de abuso sexual en el Código Penal para considerarlos todos ‘agresiones sexuales’ al no existir consentimiento de las víctimas y ‘violación’ en los casos en los que exista penetración sin consentimiento de la víctima.

El objetivo principal es «visibilizar la gravedad de estas infracciones».

Por ello, según se puede leer, «se suprime el concepto de abuso sexual’, que no transmite adecuadamente el carácter coactivo y agresivo de todo comportamiento sexual que se impone a otra persona contra su voluntad».

En el texto, además, se cualifican las conductas que se realizan empleando violencia o intimidación o mediante la actuación conjunta de dos o más personas.

AJUSTE DE LAS PENAS

El Ministerio de Justicia plantea en este Anteproyecto un ajuste de las penas previstas para estos delitos, con el fin de adecuarlas a su específica gravedad.

Así, se eleva a 3 años el límite mínimo de un año que hasta ahora se establecía para la sanción del delito básico de agresión sexual.

También suprime la pena alternativa de «multa de 18 a 24 meses» que se ahora se establece en el tipo básico del delito de abusos sexuales.

El objetivo es «focalizar la sanción siempre en penas privativas de libertad que visibilizan igualmente mejor la dimensión del reproche social que merecen estas conductas».

De la misma forma, el Ejecutivo propone ajustar las posibilidades de imposición de las penas de 12 a 15 años de prisión a los casos realmente más graves y extremos de esta delincuencia sexual.

Este es el caso de que el autor haga uso de armas u medios peligrosos, que la víctima sea especialmente vulnerables, que se cometa la agresión por dos o más personas, entre otros casos.

También se configura como «agravante específica» la circunstancia de que el autor, previamente a la agresión, haya anulado la voluntad de la víctima mediante el uso de fármacos, drogas o cualquier otra sustancia natural o química idónea a tal efecto.

«Por considerarse que incorpora una especifica gravedad de la conducta, no valorada penológicamente de manera adecuada en la actualidad», dice el texto.

Por otro lado, en cumplimiento del Convenio de Estambul y de la aplicación de la perspectiva de género, el Ministerio configura como «una agravante específica» la circunstancia de que la víctima del ataque sexual «sea o haya sido esposa, o mujer que estuviese o hubiere estado ligada al autor por una análoga relación de afectividad, aún sin convivencia».

El Anteproyecto asume las líneas generales del informe de los expertos de la sección Penal de la Comisión General de Codificación a los que el Ejecutivo encargó la revisión de la tipificación de estos delitos después de la publicación de la polémica sentencia de los cinco miembros de La Manada, condenados por un delitos de abuso sexual y absueltos del de agresión.

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