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Los condenados por la pieza política de los ‘ERE’ deberán comparecer en el Supremo en un plazo de 15 días

29 / 01 / 2020 17:58

El tribunal de la ‘pieza política’ de la causa sobre los ERE de Andalucía ha dado 15 días de plazo a los 19 ex altos cargos de la Junta de Andalucía condenados para comparecer ante el Supremo.

Según reza en el auto, remitido por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), «la petición de tener por preparado el recurso de casación ha sido deducida en tiempo y forma» por los 19 ex altos cargos, entre ellos los expresidentes de la Junta Manuel Chaves y José Antonio Griñán.

En el citado auto, la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla emplaza a las partes para que comparezcan ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo en el plazo de 15 días para «hacer valer su derecho» y ordena que se expida al alto tribunal la certificación de la sentencia.

Todas las defensas recurrirán al Supremo

El pasado 19 de noviembre la Audiencia de Sevilla condenó a 19 de los 21 ex altos cargos de la Junta de Andalucía enjuiciados en el caso ERE, mientras que sólo dos, el exinterventor general de la Junta Manuel Gómez y el exjefe del Gabinete Jurídico Francisco del Río, fueron absueltos de todos los delitos que le imputaba la Fiscalía Anticorrupción, tras la celebración de este juicio en más de 150 sesiones durante un año.

La última fase de este proceso llevó un año y cuatro días, en el que se celebraron 152 sesiones después en una causa compuesta por 14.276 folios divididos en 38 tomos y siete tomos de anexos, recogidos en ocho discos compactos, y con tres discos con las declaraciones prestadas en la causa durante la instrucción.

La causa fue definida por el presidente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), Lorenzo del Río, como la más «complicada» de la historia judicial de España.

Desde que se dictó el fallo, todas las defensas han anunciado su intención de recurrir ante el Supremo esta sentencia, cuyo plazo finalizó el pasado 23 de enero. El primero fue Gaspar Zarrías, quien se basó en tres motivos principales, uno por infracción de precepto constitucional y dos por infracción de ley.

La mayoría de los letrados han apreciado en la sentencia la vulneración de la presunción de inocencia de sus clientes, así como errores en la instrucción, mientras que la Fiscalía Anticorrupción decidió no recurrir.

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