Condenada a 3 años de cárcel por amenazar al exmarido con difundir fotos pornográficas si no le daba entre 400 y 500 euros al mes
También le exigía que sufragara a la hija la obtención del carné de conducir
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12/2/2020 10:14
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Actualizado: 12/2/2020 10:45
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La Audiencia Provincial de Las Palmas ha condenado a tres años de cárcel a una mujer que la semana pasada, en un juicio con jurado, fue declarada culpable de presionar a su exmarido amenazándole con difundir imágenes y conversaciones de carácter sexual si no le entregaba dinero.
El magistrado Carlos Vielba Escobar, presidente del tribunal del jurado, la ha sentenciado a un año de prisión por un delito de amenazas condicionales, y a dos años por un delito de revelación de secretos.
La ha absuelto del delito del injurias del que también había sido acusada.
También le ha impuesto que indemnice a su exmarido y a la actual pareja de éste con 20.000 euros, a cada uno.
La condenada es Ana Isabel Cabrera, de 55 años.
Contra esta sentencia, del pasado 7 de febrero y difundida hoy, cabe recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias.
El juez declara probado que en el curso 2009/10, esta individua, puesta de acuerdo con su hija, obtuvo de manera clandestina copias de conversaciones de Messenger que habían mantenido quien fuera su pareja con su actual compañera y con otras personas, “de intenso contenido sexual”, así como fotografías pornográficas de ambos.
Señala que dichas fotografías y conversaciones no estaban destinadas a ser públicas entre terceras personas ajenas a los interesados.
El material fue obtenido, según el magistrado, por la hija de la condenada -entonces menor de edad-, que vivía con su padre y la esposa de éste.
El magistrado relata que desde el 29 de julio de 2010 hasta octubre de 2011, la condenada dirigió a su exmarido repetidos requerimientos por correo electrónico y por teléfono, “haciéndole saber que estaba en posesión de las fotografías y las conversaciones, y que iba a enviarlo al colegio de las hijas de éste y de su actual pareja, a su centro de trabajo, y distribuirlo entre familiares y allegados si no le entregaba entre 400 y 500 euros mensuales y sufragaba la obtención del carné de conducir por la hija común”.
El magistrado admite que el jurado no aceptó que se reconociera a la condenada ninguna atenuante en su actuación, pero subraya la larga duración que ha tenido este procedimiento penal.
«Es evidente que un plazo de casi diez años no es asumible y su reflejo tendrá en la pena», indica Vielba para explicar su decisión de imponer una condena menor a la solicitada por la acusación.
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