La Liga española es la única de Europa que permite fichar jugadores por enfermedad o lesión de otros durante la competición
El jugador francés del Barcelona FC, Ousmane Dembélé, en una foto tomada en el último mundial de selecciones, que ganó la francesa, en la que milita. Dembélé sufre una baja que le dejará en el dique secó hasta final de temporada: Foto: Антон Зайцев/Wikipedia.

La Liga española es la única de Europa que permite fichar jugadores por enfermedad o lesión de otros durante la competición

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13/2/2020 06:20
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Actualizado: 13/2/2020 02:17
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Ha concluido hace relativamente poco el mercado de fichajes, aunque algunos equipos, como por ejemplo el FC Barcelona, están llevando a cabo operaciones para poder reforzar su plantilla tras las lesiones de sus jugadores.

Este resquicio que se encuentra contenido en el Reglamento de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF), concretamente en su artículo 124, establece la posibilidad de suscribir jugadores, cuando se cumpla con determinados requisitos, en caso de enfermedad o lesión de larga duración.

Esta posibilidad aparece consagrada, única y exclusivamente, en la Liga española, pues la FIFA y el resto de ligas extranjeras no la contempla.

El precepto, concretamente estipula en su apartado tercero: “También podrá autorizarse excepcionalmente la expedición de licencia fuera de los períodos reglamentarios cuando un futbolista de la plantilla cause baja por enfermedad o lesión que lleve consigo un período de inactividad por tiempo superior a cinco meses, ello siempre y cuando la inscripción del futbolista sustituto no requiera la expedición de Certificado de transferencia internacional”.

Ya en este primer apartado encontramos una de los criterios principales para poder llevar a cabo la contratación de un nuevo futbolista fuera de plazo: que la lesión o enfermedad supere los cinco meses de inactividad.

Retomando el caso del FC Barcelona, tras la lesión de Luis Suárez, el pasado 10 de enero, y con la reciente baja de Ousmane Dembélé, que también se perderá lo que resta de temporada, la entidad blaugrana baraja la posibilidad de suscribir a un nuevo jugador en sus filas para cubrir dichas suplencias en la delantera.

No obstante, a pesar del criterio principal que es la inactividad por tiempo superior a cinco meses, uno de las especificaciones principales se relaciona con la inscripción del futbolista sustituto siempre que ello no requiera la expedición de Certificado d Transferencia Internacional (CTI).

Por lo tanto, no se permite la inscripción de aquellos jugadores que militen en equipos de fuera de España, sino que tendrán que ser jugadores nacionales que se encuentren en paro o que ya jueguen en La Liga.

En el momento en el que se produce la situación de jugador lesionado o enfermo por larga duración y el club o SAD en cuestión decide aplicar dicho resquicio para suscribir a un nuevo jugador, comienza el trámite para ello.

Primeramente, la lesión debe haberse producido una vez que se han cerrado las ventanas de fichajes existentes en la competición.

Estas son el mercado invernal y el de verano, entre la finalización de un campeonato y el inicio del siguiente.

De cumplir con los requisitos, el club o SAD dispondrá del plazo de un mes para solicitar la sustitución de jugador lesionado o enfermo, desde que se produjo la correspondiente lesión o enfermedad.

Dicha solicitud se traslada a la RFEF o La Liga para que valoren las circunstancias. Si se considera legítima la solicitud, se envía a la Comisión Médica.

Esta tendrá que emitir un expediente tras analizar al jugador. Está formada por, al menos, dos facultativos de la Mutualidad de Previsión Social de Futbolistas Españoles.

Junto con dicho expediente se adjunta, o no, una autorización para poder efectuar la sustitución que caducará a los quince día de su emisión.

Además, se tendrá que comunicar al jugador que se encuentre de baja, con una antelación de 10 días desde la fecha de solicitud de la baja federativa para que, en dicho periodo, pueda presentar alegaciones.

Una de las cuestiones más interesantes, y que más polémica ha generado, es la posibilidad de que tras el informe que se realiza, quepa la posibilidad de una recuperación mucho más avanzada de la que se consideraba, pudiendo el jugador sustituido jugar en un tiempo menor al que se consideraba.

El propio artículo menciona: “el sustituido no podrá reintegrarse a su club, ni inscribirse en ningún otro, aunque obtenga el alta, antes de que transcurra el referido período de cinco meses”.

Tras ese periodo pueden producirse numerosas cuestiones.

Puede darse la posibilidad de que el jugador se reincorpora a la plantilla cuando existan licencias disponibles y no se requiera la suscripción de una nueva.

Por lo tanto, tiene que cumplirse el requisito de que el club o SAD no tenga cubiertas las 25 licencias después de esos cinco meses de lesión o enfermedad.

Utilizando, entonces, una de aquellas plazas que no está cubierta para suscribir a su jugador.

Si el club no hubiera cubierto la plaza por cualquier motivo, el jugador podría volver tras el periodo de tiempo de inactividad sin ninguna excepción.

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