Un mismo auto incoa diligencias previas, dando parte al Ministerio Fiscal, y acuerda el sobreseimiento y archivo de las actuaciones
ACODAP, la asociación que preside el exmagistrado Fernando Presencia, es la que presentó la denuncia que ha tenido este desenlace. Foto: Carlos Berbell/Confilegal.

Un mismo auto incoa diligencias previas, dando parte al Ministerio Fiscal, y acuerda el sobreseimiento y archivo de las actuaciones

|
21/2/2020 06:30
|
Actualizado: 21/2/2020 01:24
|

El auto, del que es autora la magistrada María del Carmen Díaz Zomeño, titular del Juzgado de Instrucción 2 de Albacete es un oximorón jurídico en toda regla. Un oximorón es una figura literaria en retórica que consiste en usar dos conceptos de significado opuesto en una sola expresión, como por ejemplo, un silencio estruendoso o un hielo abrasador.

El oximorón de la magistrada está contenido en dos frases sucesivas de una parte dispositiva que solo se puede explicarse porque la magistrada tenía demasiado trabajo y no prestó atención a lo que estaba escribiendo.

El texto dice: «Incóense diligencias previas, dando parte de incoación al Ministerio Fiscal. Se acuerda el sobreseimiento provisional y archivo de las actuaciones».

Así. Una frase después de otra.

Son, evidentemente, dos conceptos opuestos en dos frases sucesivas de un mismo auto. 

Porque una cosa es incoar unas diligencias previas, con la consiguiente comunicación al Ministerio Fiscal, que debería ser un auto.

Y otra acordar el sobreseimiento provisional, que debería ser otro auto aparte, una vez recibido el escrito del fiscal con la propuesta que sea.

El oximorón podría sintetizarse en «investigación tapujada». Puede sonar rara, pero son dos conceptos contrapuestos. Por una parte la investigación y por otra el verbo tapujar, cuyo significado es el de engañar.

Si se investiga es para ver qué es lo que sale de ahí y no puede haber ninguna premisa que condicione el resultado, ya que lo que se está buscando es la verdad.

Este caso corresponde a la denuncia que la Asociación Contra la Corrupción y en Defensa de la Acción Pública (ACODAP)  presentó hace tres semanas contra Vicente Rouco, presidente del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCLM) por los delitos de falsedad en documento público, falso testimonio en causa penal en contra del reo, y contra la Administración de Justicia.

El presidente de dicha asociación es el exmagistrado, Fernando Presencia, que fue condenado a 7 meses de prisión por un delito de calumnias con publicidad y contra la autoridad -y 3.000 euros de indemnización por daños morales- por el Juzgado de lo Penal 3 de Toledo, con sede en Talavera de la Reina.

ACODAP ha manifestado que recurrirá la decisión de sobreseer y archivar “sin ninguna motivación, una denuncia que fue presentada además al amparo de la Directiva (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de octubre de 2019 relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión, que entró en vigor el pasado 17 de diciembre de 2019.

Esta Directiva que obliga a seguir adelante con las denuncias de corrupción, sin que se puedan paralizar las investigaciones salvo que se demuestre que la denuncia es falsa, lo que no se dice por ningún lado en la resolución que ordena ahora el sobreseimiento y archivo de la denuncia contra Rouco.

Según Presencia, el presidente Rouco supuestamente falsificó los documentos, a los que se le modificaron las fechas, que sirvieron como prueba en ese juicio.

Se trataba de las denuncias de fecha 21 de abril de 2016 que el presidente del TSJ de Castilla La Mancha hizo llegar a través del correo electrónico [email protected] al entonces fiscal jefe de Toledo, Luis Ibáñez Cuesta, supuestamente para confeccionar la querella que se presentaría tres meses después contra Presencia.

Según ACODAP, “la querella por calumnias que presentó el fiscal Ibáñez no hacía ninguna mención a esas polémicas denuncias de Rouco que aparecieron mucho después por arte de birlibirloque” en el acto del juicio.

“Sin que la instrucción de las diligencias previas se refiriera a ellas para nada”. Y, de hecho, “el principal testigo de cargo que era precisamente el denunciante, Vicente Rouco, jamás se pasó por el juzgado de instrucción para ratificarlas, ni tan siquiera se le hizo nunca el preceptivo ofrecimiento de acciones”.

Sigue afirmando Presencia que “sospechó que los sellos de las fechas de las denuncias estaban falseados cuando pudieron comprobar que más de un mes después del día 21 de abril, en concreto el 28 de mayo siguiente, Vicente Rouco reconocía en un comunicado de prensa a la agencia EFE que todavía no había emprendido ninguna acción legal en su contra”.

Estudiará si toma alguna medida en respuesta”, dijo exactamente el presidente del TSJCLM en su comunicado, un mes después de cuando se supone que debía de haber interpuesto ya las denuncias.

“También resultaba sospechoso que una comunicación supuestamente oficial, como era la denuncia de todo un presidente de un TSJ se hiciera a través de un correo electrónico de una funcionaria, que es fácilmente manipulable” ha afirmado el ex juez decano de Talavera de la Reina, Fernando Presencia.

Noticias Relacionadas:
Lo último en Tribunales