El tribunal de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Valencia, compuesto por los magistrados José Manuel Ortega -presidente y ponente-, Valentín Bruno Ruiz Font y Salvador Camarena Grau, han absuelto a los cuatro acusados por el caso del Palau de Les Arts de Valencia por considerar que ninguno de los delitos –prevaricación administrativa y malversación– por los que les había acusado la Fiscalía no han podido ser probados.
Seis años después de comenzarse la instrucción del proceso, el director de Administración de la Fundación Palau de les Artes, el coliseo operístico de la capital valenciana, entre 2008-2009, Ernesto Moreno Murcia y los empresarios José Antonio Noguera Puchol, presidente del Consejo de Administración de la mercantil Patrocini de les Arts, S.A.; Joaquín Maldonado, consejero delegado de esa sociedad; y Pablo Broseta, administrador de la sociedad Radcliffe & Asociados y excónsul de Francia en Valencia, han quedado libres de toda imputación.
Una quinta acusada, la exintendente del Palau de les Arts, Helga Schmidt, no pudo sentarse en el banquillo de los acusados; murió el 25 de septiembre del pasado año.
El desenlace supone un revés en toda regla para el Ministerio Fiscal, que impulso el caso.
En un principio la Fiscalía pidió 8 años de prisión y 20 años de inhabilitación para Moreno por prevaricación y malversación de fondos; fue defendido por el abogado Vicente Grima.
Al final del juicio, la acusación pública redujo la petición a 5 años de prisión y 4 de inhabilitación.
Para Noguera, el Ministerio Fiscal solicitó, en un principio, 7 años de prisión y 14 años de inhabilitación, que después redujo a 3 años de prisión y 4 de inhabilitación por prevaricación y malversación de fondos.
Su abogado fue Javier Boix.
Jaime Sanz de Bremond defendió a Maldonado frente a la acusación inicial de 7 años de prisión y 14 años de inhabilitación, que después la Fiscalía también redujo a 3 años de prisión y 4 de inhabilitación por prevaricación y malversación de fondos.
Para Broseta, que fue representado por Abraham Castro, la Fiscalía también pedía inicialmente 7 años de prisión y 14 años de inhabilitación que también redujo, pero a 2 años de prisión y 3 de inhabilitación.
El Ministerio Fiscal también consideró que los 4 habían cometido delito un delito de falsedad documental.
Los hechos que iniciaron la instrucción arrancaron en 2010.
De acuerdo con la Fiscalía, los acusados supuestamente captaron patrocinadores a través de la mercantil Patrocinio de les Arts al margen de la Fundación Palau de les Arts, de naturaleza pública, cobrando, en el proceso comisiones, y creando sobrecostes por eventos como el Viva Europea y por trabajos de diseño e impresión contratados a la empresa Radcliffe.
La sentencia puede recurrirse en casación ante el Supremo.