Se amplían los supuestos en los que los órganos judiciales deben dar respuesta de urgencia
La Comisión Permanente ha aprobado hoy una nueva instrucción que desarrolla la dictada el pasado sábado para garantizar los servicios esenciales en la Administración de Justicia.

Se amplían los supuestos en los que los órganos judiciales deben dar respuesta de urgencia

El CGPJ deja sin efecto los permisos y licencias de jueces y magistrados cuyo disfrute impida o dificulte la prestación de los servicios esenciales
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16/3/2020 15:39
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Actualizado: 16/3/2020 15:59
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La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha aprobado hoy una nueva instrucción que desarrolla la dictada el pasado sábado «para garantizar los servicios esenciales en la Administración de Justicia» tras la declaración del estado de emergencia en todo el territorio nacional ante la pandemia de coronavirus.

En el acuerdo de hoy, el CGPJ recuerda que es «la suprema autoridad judicial gubernativa del Estado» en el marco competencial previsto en la Constitución, y reitera el cumplimiento y la observancia de las instrucciones aprobadas hasta ahora para garantizar las actuaciones urgentes e inaplazables.

La Comisión Permanente también se ha reunido hoy con el presidente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Celso Rodríguez Padrón, para analizar la situación de los órganos judiciales en el territorio más afectado por la pandemia de coronavirus. Foto: Poder Judicial

Señala que los presidentes de los Tribunales Superiores de Justicia deberán revocar y dejar sin efecto los permisos y licencias concedidos a jueces y magistrados cuando su disfrute impida o dificulte la prestación de los servicios esenciales acordados, excepto los que estén ya concedidos por razones de enfermedad, derecho de conciliación u otras de análoga naturaleza.

Establece que no se procederá al cierre de ningún órgano judicial sea cual fuere su naturaleza, salvo disposición de la autoridad sanitaria competente.

En cuanto a los servicios esenciales -aprobados de forma coordinada con el Ministerio de Justicia y la Fiscalía General del Estado-, la Comisión Permanente hace las siguientes precisiones:

1. En la jurisdicción social, la suspensión de las actuaciones judiciales «no se aplicará a los procesos y recursos que se consideren inaplazables en materia de conflictos colectivos, tutela de derechos fundamentales, despidos colectivos, expedientes de regulación temporal de empleo, medidas cautelares y procesos de ejecución que dimanen de la aplicación del estado de alarma».

2. Se incorpora a la relación de actuaciones esenciales las materias relacionadas con internos del CIE a los que hace referencia el artículo 62.6 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.

3. La mención a los Juzgados de Violencia sobre la Mujer a la que se refiere el apartado 4 de las actuaciones procesales urgentes e inaplazables, «se ha de entender referida tanto a los Juzgados exclusivos como aquellos que con naturaleza exclusiva y no excluyente conocen de la materia».

4. En el caso de que se establezcan turnos rotatorios del servicio judicial, «ha de entenderse sin perjuicio de la absoluta disponibilidad de los jueces y magistrados titulares de órganos unipersonales o colegiados cuando la situación lo requiera».

La Comisión Permanente recuerda en la instrucción que entre las competencias que las instrucciones aprobadas los pasados 11, 13 y 14 de marzo atribuyen a las Comisiones de Seguimiento constituidas en cada uno de los Tribunales Superiores de Justicia (TSJ) se encuentra la de «coordinación de todas y cada una de las actuaciones que los órganos judiciales del territorio vayan adoptando, debiendo ser comunicadas éstas a la Comisión Permanente».

Asimismo, se recomienda a los presidentes de los TSJ que, cuando sea necesario para asegurar el cumplimiento de las instrucciones aprobadas por el CGPJ, podrán hacer uso de las facultades a que se refiere el apartado 7 del artículo 160 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), que les permite “adoptar las medidas necesarias, cuando surjan situaciones que por su urgencia lo requieran, dando cuenta en la primera reunión de la Sala de Gobierno”.

La Comisión Permanente ha acordado que mientras se mantenga el estado de alarma se reunirá diariamente «para efectuar un seguimiento continuo de la situación y analizar cuantas incidencias se produzcan, al objeto de dictar las instrucciones que procedan para garantizar el servicio público de la Administración de Justicia».

El CGPJ informa que el presidente del Tribunal Supremo y del órgano de gobierno de los jueces, Carlos Lesmes, y los miembros de la Comisión Permanente se han reunido esta mañana con el presidente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Celso Rodríguez Padrón, para analizar la situación de los órganos judiciales en el territorio más afectado por la pandemia de coronavirus.

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