Por otra parte, acuerda incorporar a los procuradores y a los graduados sociales a las Comisiones de Seguimiento de los Tribunales Superiores de Justicia. Foto: Carlos Berbell

El CGPJ ratifica los servicios esenciales establecidos el pasado 14 de marzo

Atendido el contenido del Real Decreto-Ley 10/2020 publicado ayer en el BOE

30 / 03 / 2020 15:00

Actualizado el 30 / 03 / 2020 15:16

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La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha acordado hoy mantener los servicios esenciales en la Administración de Justicia establecidos en su sesión del pasado 14 de marzo y que habían sido fijados el día anterior en coordinación con el Ministerio de Justicia y la Fiscalía General del Estado.

Ha adoptado este acuerdo a la vista del contenido del Real Decreto-Ley 10/2020, de 29 de marzo, por el que se regula un permiso retribuido recuperable para las personas trabajadoras por cuenta ajena que no presten servicios esenciales, con el fin de reducir la movilidad de la población en el contexto de la lucha contra el COVID-19.

El órgano de gobierno de los jueces señala en el acuerdo que “la actividad jurisdiccional se desarrollará en el respectivo ámbito territorial de acuerdo con lo establecido por las Comisiones de Seguimiento competentes y conforme a los criterios fijados por la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial”.

Además, requiere a las Administraciones públicas prestacionales la dotación de los medios personales y materiales necesarios para garantizar la prestación de los servicios esenciales fijados.

Reitera que se mantendrá “la debida colaboración y coordinación con el Ministerio de Justicia y la Fiscalía General del Estado con el fin de adaptar el contenido de los servicios esenciales a la evolución de las necesidades”.

El Real Decreto-Ley 10/2020 establece en su disposición adicional tercera que “los jueces, fiscales, letrados de la Administración de Justicia y demás personal al servicio de la misma seguirán atendiendo las actuaciones procesales no suspendidas por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19″.

De esta manera, «cumplirán con los servicios esenciales fijados consensuadamente por el Ministerio de Justicia, el Consejo General del Poder Judicial, la Fiscalía General del Estado y las comunidades autónomas con competencias en la materia, y plasmados en la Resolución del Secretario de Estado de Justicia de fecha 14 de marzo de 2020, con las adaptaciones que en su caso sean necesarias a la vista de lo dispuesto en el presente Real Decreto-Ley».

Continuarán prestando servicios el personal de Administración de Justicia «que sea necesario para la prestación de servicios esenciales del Registro Civil conforme a las Instrucciones del Ministerio de Justicia”.

PARA DESCARGAR: REAL DECRETO LEY PERMISO RETRIBUIDO

La Comisión Permanente también ha acordado hoy mantener los servicios esenciales en los centros de trabajo del Consejo General del Poder Judicial y la organización de los mismos conforme a las instrucciones y protocolos de actuación establecidos por este órgano constitucional, sin perjuicio de ulteriores adaptaciones de acuerdo con las disposiciones dictadas por las autoridades competentes.

Además, ha acordado hoy incluir al Consejo General de Procuradores de España y al Consejo General de Colegios Oficiales de Graduados Sociales en las Comisiones de Seguimiento constituidas en cada Tribunal Superior de Justicia (TSJ) para la adopción de medidas en relación con la actividad judicial durante la pandemia de coronavirus COVID-19.

El CGPJ se dirigirá a los Consejos Generales de los procuradores y de los graduados sociales para que cada uno designe un representante por territorio.

El pasado 26 de marzo también acordó incorporar a los colegios de abogados a las Comisiones de Seguimiento de los TSJ, atendiendo así la petición formulada por la presidenta del Consejo General de la Abogacía Española (CGAE), Victoria Ortega Benito.

Según la instrucción aprobada por la Comisión Permanente el pasado 11 de marzo, las Comisiones de Seguimiento están presididas por los presidentes de la Audiencia Nacional o del Tribunal Superior de Justicia correspondiente e integradas por el/los presidente/es de Audiencia Provincial, el secretario de Gobierno, el secretario coordinador provincial, los jueces decanos de los partidos judiciales afectados, el juez o jueces de guardia, fiscal superior autonómico, el director del Instituto de Medicina Legal, el director del gabinete de Comunicación y un representante de la Administración de Justicia y sanitaria competente.

A ellos se suman ahora los representantes de los abogados, de los procuradores y de los graduados sociales, que serán convocados a las Comisiones de Seguimiento cuando se traten temas que afecten a su quehacer profesional.

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