Los Registros continuarán prestando el servicio público
La nota de índices también es un requisito imprescindible para solicitar al banco el aplazamiento del pago del préstamo hipotecario

Los Registradores crean un sistema para facilitar a los usuarios la nota de índices para pedir el aplazamiento del alquiler

Estará vigente mientras dure el estado de alarma y evitará desplazamientos a las oficinas registrales

6 / 04 / 2020 17:30

Actualizado el 01 / 02 / 2021 14:27

En esta noticia se habla de:

El Colegio de Registradores ha informado hoy que ha puesto en marcha un sistema telemático para facilitar a los usuarios la nota de índices, un requisito imprescindible para solicitar el aplazamiento de la renta arrendaticia.

Además, indica que esta nota de índices también es un requisito necesario para solicitar al banco el aplazamiento del pago del préstamo hipotecario si con él se financió la adquisición de la vivienda habitual.

Señala que para tener derecho a ello en ambos casos, el Real Decreto-Ley de medidas urgentes para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19 exige estar en situación de vulnerabilidad económica, y que para acreditar esta situación debe aportarse, entre otra documentación, una nota del servicio de índices del Registro de la Propiedad de todos los miembros de la unidad familiar.

Esta nota informa de las propiedades u otros derechos inscritos a nombre de una persona en cualquier Registro de España.

El Colegio de Registradores destaca que «los Registradores de la Propiedad quieren facilitar a las familias el cumplimiento de este requisito».

Informa que esta prestación telemática estará vigente mientras dure el estado de alarma y evitará que tengan que desplazarse a las oficinas de los Registros, «facilitando a todos los usuarios la rapidez y sencillez de todos los trámites para solicitar dicha nota».

El Colegio de Registradores ha editado un folleto informativo traducido a todas las lenguas del Estado para informar a los usuarios de la solicitud de nota de índices para pedir el aplazamiento de la renta arrendaticia o de la moratoria hipotecaria.

Además, ha vuelto a recordar que los Registros de la Propiedad, Mercantil y Bienes Muebles permanecen abiertos. Informa que están adaptados tecnológicamente para evitar desplazamientos y que mantienen la continuidad del servicio.

La atención personal por parte del registrador o de los empleados del Registro a los usuarios del mismo se realizará exclusivamente por correo electrónico o telefónicamente.

El horario de atención al público es de 9.00 a 14.00 horas de lunes a viernes.

Sigue pudiéndose presentar documentación mediante correo postal o mensajería o bien físicamente, aunque  recomienda la presentación telemática.

Informa que durante la vigencia del estado de alarma podrá solicitarse la expedición de notas simples del Registro a través de la web registradores.org y excepcionalmente por correo electrónico.

Además, el Colegio de Registradores señala que queda suspendida la caducidad de todos los asientos registrales cuya vigencia esté sujeta a un plazo, como por ejemplo, una anotación preventiva, durante la duración del estado de alarma y, en su caso, las prórrogas del mismo.

María Emilia Adán, decana-presidenta del Colegio de Registradores de España, lo explica en este vídeo:

El plan de continuidad del servicio público registral fue aprobado el pasado 15 de marzo por la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública. Incluye distintos escenarios en función del nivel de gravedad en cada momento y en cada registro.

EL NOTARIADO TAMBIÉN GARANTIZA LOS SERVICIOS DE URGENCIA

El Consejo General del Notariado también ha informado que adoptará, en colaboración con la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, las medidas necesarias para garantizar los servicios notariales de urgencia.

Igualmente, pide a los ciudadanos su colaboración para evitar la extensión de la pandemia.

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