El TC admite a trámite los recursos de amparo de los condenados por el procés
Admite a trámite también los recursos de amparo presentados por Borràs y Mundó contra su condena por desobediencia. Foto: Poder Judicial.

El TC admite a trámite los recursos de amparo de los condenados por el procés

Rechaza suspender la sentencia mientras estudia los recursos
|
06/5/2020 17:23
|
Actualizado: 06/5/2020 17:28
|

El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite por unanimidad los recursos de amparo de siete de los líderes independentistas condenados por el delito de sedición por el Tribunal Supremo en la causa del ‘procés’.

En concreto, Jordi Cuixart, Joaquín Forn, Josep Rull, Jordi Turull, Jordi Sánchez, Dolors Bassa y Carme Forcadell recurrieron el auto de la Sala Penal del Tribunal Supremo de 29 de enero de 2020 y sentencia del pasado 14 de octubre de 2019 que les condenó por un delito de sedición y a algunos también por malversación de caudales públicos.

Así lo ha acordado este miércoles el Pleno del Constitucional en una reunión no presencial en la que ha estudiado también otros recursos y cuestiones de inconstitucionalidad.

Entre ellas, los recursos de amparo presentados por los exconsellers de la Generalitat de Cataluña Meritxell Borràs y Carles Mundó contra el auto de 29 de enero de 2020 y la sentencia de 14 de octubre de 2019 de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo que les condenó por un delito de desobediencia también en la causa del ‘procés’.

Estos también han sido admitidos a trámite por unanimidad, ya que el tribunal aprecia «una especial trascendencia constitucional, ya que el asunto suscitado trasciende del caso concreto porque pudiera tener unas consecuencias políticas generales».

Rechaza suspender la sentencia mientras estudia los recursos

En el caso de los condenados por sedición y malversación de caudales públicos, el Pleno explica en las providencias en las que admite a trámite los recursos que todos tienen una «especial trascendencia constitucional porque el recurso plantea un problema o afecta a una faceta de un derecho fundamental sobre el que no hay doctrina de este Tribunal».

Sin embargo, rechaza la petición de suspender los efectos de la sentencia porque no aprecia la urgencia excepcional  invocada por los recurrentes.

En este sentido, acuerda formar pieza separada y conceder un plazo de tres días a los solicitantes de amparo y al Ministerio Fiscal para que efectúen las alegaciones que consideren convenientes.

Suspensión de la percepción económica de Turull

Además, en el Pleno de hoy también se ha admitido a trámite por unanimidad el recurso de amparo de Jordi Turull contra el acuerdo de la Mesa del Congreso de los Diputados de 25 de julio de 2019, que, entre otras cosas, no autorizaba el abono de las percepciones económicas propias de la condición de diputado.

Turull alegó que el acuerdo de la Cámara Baja pudo vulnerar los artículos 23.2 (igualdad en el acceso a las funciones y cargos públicos) y 14 de la Constitución (igualdad ante la ley)..

El Tribunal aprecia también en este caso «una especial trascendencia constitucional, ya que el recurso plantea un problema o afecta a una faceta de un derecho fundamental sobre el que no hay doctrina del Tribunal y porque el asunto suscitado trasciende del caso concreto porque pudiera tener unas consecuencias políticas generales».

El TC todavía no se ha pronunciado sobre los recursos de Oriol Junqueras y Raül Romeva, también condenados por sedición y malversación en la causa del ‘procés’, pues queda por resolver la recusación que plantearon contra los magistrados.

Noticias Relacionadas:
Lo último en Tribunales