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Carta abierta a José María Alonso, decano del ICAM (II)

Carta abierta a José María Alonso, decano del ICAM (II)
León Fernando del Canto es abogado español y barrister en Londres; dirige el bufete Delcanto Chambers.
28/6/2020 06:40
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Actualizado: 27/6/2020 22:04
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Reconozco que la burocracia y el sistema corporativista del Colegio aburre a un santo, y tendríamos que evitar que una vez ocupados sus sillones, nos acabasen poseyendo sus lentos ritmos, pero no parece posible.

Frente a lo que ya empiezo a percibir como inevitable formalismo e identificando las habituales tácticas dilatorias, de las que varias compañeras me habían avisado, sugiero intentemos agilizar este asunto y acordemos unas reglas básicas y absolutamente profanas:

  1. Que respondamos con honestidad y rapidez.
  2. Que cuando una pregunta no sea clara, pidamos clarificación de forma directa.
  3. Que toda la información financiera o contractual esté disponible («full disclosure»).
  4. Que no utilicemos tácticas dilatorias basadas en defectos de forma.
  5. Que en la medida de lo posible utilicemos los medios de comunicación para evitar la falta de transparencia en un asunto, que entiendo es de carácter público.

Mientras consideras si puedes aceptar ese protocolo, u otro que sugieras, creo que no te sorprenderá si te digo que la respuesta de Pedro Lescure Ceñala la carta abierta que te dirigí el pasado 7 de junio y que, posteriormente, hice llegar a tu despacho en el ICAM, no cumple uno sólo de los anteriores puntos.

EXTRAÑO «EMAIL» CON LENGUAJE CONFUSO

Pedro trató de responder con un extraño «email», en el que además del uso confuso del lenguaje, se dirigía al correo info del bufete de mi representante, sin molestarse siquiera en verificar mi número de colegiado y nombre correcto.

Su respuesta se limita, y lo hace parcialmente, a dos de las preguntas planteadas, ignorando en lo fundamental la información requerida, aumentando mi preocupación sobre las razones que pueden motivar dichas actuaciones, que que sustentan esta segunda carta abierta.

Comienza Pedro su misiva ignorando que la petición la estoy realizando en mi propio nombre a través de representante, y de forma pública y notoria, precisamente para evitar las conocidas tácticas dilatorias de las que tantos miembros del Colegio se quejan.

Continúa descalificando la representación que he elegido refiriéndose a la naturaleza de la misma como de “cauce diferido” y de “ejercicio indirecto u oblicuo a través de tercero”, a la vez que señala la exigencia de un poder de representación.

El resto de los argumentos presentados por Pedro para no dar cuenta de lo que se le pregunta, y tratar de ocultar la información que solicito, se resumen en una confusa explicación sobre la naturaleza dual público-privada del Colegio y sus políticas y procedimientos, sometidos a veces sí y a veces no al Derecho Administrativo y las reglas de transparencia y buen gobierno.

LA TRANSPARENCIA HA DE SER ABSOLUTA

Ese argumento es inadmisible como respuesta a un colegiado y sin entrar en otros argumentos jurídicos, la transparencia ha de ser absoluta y un requisito previo para continuar nuestra conversación sin tener que recurrir a otros métodos de resolución judicial o extrajudicial.

Así pues, aunque sólo sea en atención a que me dirijo a ti, como compañero, «primus inter pares», te reitero las preguntas, que igualmente te haré llegar de forma fehaciente, con la esperanza, que esta vez sí, reciban una respuesta apropiada:

1.- Explicar el marco de políticas y procedimientos utilizados en la contratación de servicios externos por parte del ICAM,  así como las medidas de auditoría interna y cumplimiento para evitar el fraude en la asignación de contratos. Si no existen, simplemente responder: no existen.

2.- Clarificar, y aquí puede pedir a nuestros servicios jurídicos un informe,  las razones por las que una Corporación de Derecho Público como la nuestra, no puede adoptar, no ya el marco regulatorio completo, sino los principios de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. Teniendo en  cuenta que  su aplicación redundaría en el buen gobierno y transparencia de nuestra entidad.

3.- En relación a las siguientes dos preguntas, que según Pedro se trata de “opiniones  subjetivas que se respetan, pero no se comparten”:

a). Responder si existe o no conflicto de intereses, así como explicar brevemente los detalles de la relación personal o profesional entre Alfonso Merlos y tu, ya que el mismo  asesoró en tu campaña de postulación como Decano.

b). Determinar y cuantificar las consecuencias fiscales, de Seguridad Social y laborales al contratar una sociedad instrumental en lugar de realizar un contrato de trabajo para una posición dentro del organigrama de gestión del Colegio.

4.- En relación a la petición del colegiado D. Beltrán Gambier de entrega del listado de empleados del Colegio, que, según Pedro ha sido cumplida por este Colegio de Abogados en sus términos, añadir a la misma, con los requisitos de protección de datos que puedan aplicarse, un listado de contratos de prestación de servicios y laborales remunerados por encima de 60.000 euros anuales para su evaluación.

PEDRO LESCURE NO ES EL INTERLOCUTOR

Habiendo considerado lo anterior, y si así lo decides, cosa que entendería, tu respuesta podría realizarse a través de representante o de forma delegada, siempre y cuando la delegación recaiga en cualquier otro miembro de la junta de gobierno, y en todo caso en su secretario.

Obviamente, el nombramiento de una abogada o abogado independiente, sería un gran gesto por tu parte.

Ya sea directamente o a través de tu representante o persona delegada, lo que no tiene sentido es seguir esta conversación a través de Pedro, el abogado cuya remuneración pagamos tu y yo en idéntica cuota.

Sin otro particular, y como ya te indiqué anteriormente, espero tu respuesta, que estoy seguro la dirección de este medio facilitará, o, si lo estimas oportuno, a través de cualquier otro de tu preferencia, incluyendo la página web del ICAM.

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