El Supremo rechaza todos los recursos a la exhumación de Franco

El Supremo rechaza todos los recursos a la exhumación de Franco

La Sala Tercera desestima los recursos de la Fundación Nacional Francisco Franco, la comunidad benedictina y la Asociación en Defensa del Valle de los Caídos

8 / 07 / 2020 06:30

Actualizado el 08 / 07 / 2020 08:30

En esta noticia se habla de:

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha resuelto definitivamente los recursos contra la exhumación de Francisco Franco al desestimar los que tenía pendientes por parte de la Fundación Nacional Francisco Franco, la Comunidad benedictina y la Asociación en Defensa del Valle de los Caídos contra los acuerdos del Gobierno que permitieron sacar los restos del dictador de la basílica de Cuelgamuros.

La decisión se ha adoptado después de resolverse la recusación presentada por la Fundación contra el magistrado Pablo Lucas, que fue el ponente de la sentencia que el pasado pasado 24 de septiembre avaló la exhumación, por unas informaciones que le relacionaban con la vicepresidenta del Gobierno Carmen Calvo cuando ambos coincidieron en 1990 en la Universidad de Córdoba.

En el último escrito remitido al alto tribunal, el pasado 1 de junio, la Fundación Franco solicitaba a la Sala que corrigiera su «grave error» y ordenara que Franco vuelva a ser enterrado en el Valle de los Caídos, algo que ha sido rechazado por el Supremo, que confirma en su resolución la legalidad del acuerdo del Consejo de Ministros del 15 de febrero de 2019 por el que se acordó sacar a Franco del Valle de los Caídos, así como el del 15 de marzo para su posterior inhumación en el cementerio de Mingorrubio, en El Pardo (Madrid).

Por otra parte, la Sala de lo Contencioso-Administrativo ha rechazado también el recurso de la Fundación Francisco Franco contra el acuerdo posterior del Consejo de Ministros, de 11 de octubre de 2019, que ejecutó la sentencia que permitió exhumar a Franco al rechazar los recursos de la familia del dictador.

LA SENTENCIA, EN LOS PRÓXIMOS DÍAS

El fallo ha sido comunicado a las partes y las sentencias con sus fundamentos jurídicos se conocerán en los próximos días, según ha informado el propio tribunal Supremo.

Para la Fundación, la corrección de este asunto por el Supremo era «legalmente posible» por la composición del tribunal que estudiará los recursos.

Según apuntaba en un comunicado, la magistrada Pilar Teso será la ponente, mientras que José Luis Requero y Segundo Menéndez, a los que sitúa a las «antípodas en ideología pero que en este asunto se unieron a favor de la exhumación y a favor de ignorar los derechos de la Iglesia y de la familia», ya «no se sentarán a deliberar».

«Resulta que a lo mejor, el próximo 7 de julio, día de San Fermín, pese a que se han suspendido los festejos de Pamplona en honor al santo, pueden correr unos miuras por los pasillos del palacio de justicia que, al menos, les recuerde la grave responsabilidad de sus funciones y, aunque sea testimonial, algún magistrado valiente cuestione la constitucionalidad de la ley de memoria histórica que desune y enfrenta a los españoles, que terminará por cargarse a la Monarquía, y que desvía la atención de la hecatombe a que nos está llevando Pedro Sánchez», indicaban.

Noticias relacionadas:

Culpable de tráfico de drogas, aunque no la poseas ni la adquieras: la «intencionalidad» es suficiente para el delito

La exalcaldesa de Campillo de Arenas, Jaén, condenada por apropiarse con la tasa del mercadillo municipal

El Supremo rechaza la suspensión de plazos procesales por los incendios solicitada por el ICAM

El Supremo aplica la Ley de Amnistía a Meritxell Serret y extingue su responsabilidad penal por el 1-O

Sin casco y con culpa compartida: el Supremo fija en el 50% la responsabilidad de una motorista fallecida en Lorca

El Supremo anula una sentencia porque el tribunal copió «íntegramente» el escrito de una de las partes

Lo último en Tribunales

El TSJ de Extremadura deniega una concentración en Mérida por el elevado riesgo de contagio

La Administración no puede «escaquearse» de las visitas presenciales para peritar un inmueble

MaSC

Quedar «a disposición» para la negociación con un burofax no es suficiente para acreditar un MASC

El consumo y la posesión de drogas en el trabajo, un acto que puede ir de la mano de un despido procedente

Culpable de tráfico de drogas, aunque no la poseas ni la adquieras: la «intencionalidad» es suficiente para el delito

CONCIERTO

Los tribunales dan la razón a una asociación que se negó a pagar la mitad de un concierto porque fue una «chapuza»

ABOGADO Y CLIENTE

Un abogado, sancionado con un mes de suspensión por no informar claramente a su cliente de los honorarios