Penal Económico: No devolver el dinero recibido de una sentencia que no es firme no es delito 

La Administración Pública no puede aplicar un ERTE, según un juzgado de lo Social de León

Entiende que la legislación vigente, tras la reforma laboral de 2012, excluyó a las administraciones públicas de esta posibilidad

17 / 07 / 2020 04:00

Actualizado el 17 / 07 / 2020 04:25

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El juzgado de lo Social número 1 de León ha desestimado íntegramente la demanda interpuesta por el Ayuntamiento de Valverde de la Virgen contra la Delegación Territorial de Trabajo de la Junta, que denegó la petición del consistorio leonés de aplicar, como consecuencia del Covid, un ERTE que afectaría a 97 de los 146 empleados.

El juzgado absuelve a la Administración demandada y confirma la resolución de la Junta al entender que la legislación vigente, tras la reforma laboral de 2012, excluyó a las administraciones públicas de la posibilidad de acogerse a un ERTE como vía alternativa a los despidos.

La sentencia no es firme y puede ser recurrida ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.

El juez explica que «la reforma laboral del año 2012 no solo abordó la tramitación de los ERE planteados por entidades del sector público, también lo hizo en relación con las medidas denominadas de “flexibilidad interna” del artículo 47 del Estatuto de los Trabajadores relativo a la suspensión del contrato o reducción de jornada por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción o derivadas de fuerza mayor».

Al respecto, señala la resolución, «conforme a la disposición adicional decimoséptima del Estatuto de los Trabajadores, lo previsto en el artículo 47 no será de aplicación a las Administraciones públicas y a las entidades de derecho público vinculadas o dependientes de una o varias de ellas y de otros organismos públicos, salvo a aquellas que se financien mayoritariamente con ingresos obtenidos como contrapartida de operaciones realizadas en el mercado».

«Barrera a la Administración»

Explica que con esta reforma «se estableció un nuevo régimen laboral de carácter especial para los empleados públicos, al instituir una importante barrera para la Administración, en relación con las medidas de flexibilidad interna, por cuanto, se le va a impedir que pueda usar los expedientes de regulación de empleo para suspender temporalmente los contratos o modificar jornadas».

El Ayuntamiento de Valverde de la Virgen (León) desarrolla con personal laboral la prestación de diferentes servicios públicos, con una plantilla de personal laboral de 146 empleados, de los cuales 97 están adscritos a los servicios sobre los que se tomaron medidas de regulación de empleo, correspondientes a la biblioteca, escuela de música, colegio público, unidad de respiro, instalaciones deportivas, escuelas deportivas, aulas de salud, y actividades de ocio y tiempo libre.

El Consistorio pretendía aplicar un ERTE sobre aquellos empleados cuya actividad había quedado suspendida como consecuencia de la declaración del estado de alarma por la pandemia COVID-19.

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