Condenada a 25 años de cárcel por asesinato la madre de la bebé hallada en un vertedero
El abuelo ha sido sentenciado a tres años de prisión por un delito de abandono de menores a raíz de que tanto él como la madre de la pequeña declararan que no tuvo relación directa con el crimen.

Condenada a 25 años de cárcel por asesinato la madre de la bebé hallada en un vertedero

En el juicio confesó que la golpeó contra una pared nada más nacer y que el abuelo materno de la pequeña tiró el cadáver a un contenedor
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21/7/2020 09:27
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Actualizado: 21/7/2020 09:30
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La Audiencia Provincial de Granada ha condenado a 25 años de prisión por un delito de asesinato con alevosía a la madre de la bebé hallada muerta el 16 de enero de 2018 en el vertedero de Alhendín (Granada).

Se trata de Fátima A. O., de 25 años.

En el juicio confesó que la golpeó contra una pared nada más nacer y que el abuelo materno de la pequeña, Miguel A. F., tiró el cadáver a un contenedor.

Éste ha sido condenado a tres años de prisión por un delito de abandono de menores a raíz de que tanto él como la madre de la pequeña declararan que no tuvo relación directa con el crimen.

Además, ha sido inhabilitado para el ejercicio de la patria potestad, tutela, curatela, guarda o acogimiento durante el tiempo de la condena.

No obstante, no le prestó ayuda cuando se puso de parto, dejándola sola en la vivienda familiar, y luego, cuando la bebé ya estaba muerta, se deshizo del cuerpo tirándolo dentro de una bolsa de basura a un contenedor de un pueblo cercano.

Ambos fueron declarados culpables por el jurado popular que los enjuició a principios de julio.

La Fiscalía pedía prisión permanente revisable para la madre.

La Audiencia de Granada (Sección Primera) la ha sentenciado a 25 años de prisión por un delito de asesinato con la agravante de parentesco y la atenuante muy cualificada de confesión.

A la pena de cárcel se suma la privación de la patria potestad durante el tiempo de la condena de la otra hija menor que tiene.

La sentencia, número 230/2020, está fechada a 14 de julio.

La firma el magistrado presidente del jurado popular Jesús Lucena González.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.

Una imagen de la primera sesión del juicio. Foto: EP

A tenor del veredicto del jurado, el tribunal considera probado que la joven ocultó su embarazo porque tenía «intención de deshacerse del bebé que venía en camino».

El 15 de enero de 2018 dio a luz a una niña en la vivienda en la que convivía con su padre, entre otros miembros de su familia.

Con la intención de acabar con su vida, la golpeó contra la pared, fracturándole el hueso occipital y provocándole hemorragia en la cara lateral del cuello y laringe y en cuerda vocal izquierda, así como hemorragia en tiroides y riñones.

La bebé murió como consecuencia de las heridas sufridas, siendo la causa fundamental de la muerte el traumatismo cráneo encefálico y la causa inmediata el shock postraumático.

En los días posteriores ofreció al padre de la pequeña, con el que mantenía una relación intermitente, varias versiones distintas de lo que había ocurrido con el bebé y su supuesta pérdida accidental en un centro comercial.

Según los hechos probados, en primer lugar le envió un mensaje comunicándole que en la mañana anterior se había caído en la ducha habiendo perdido al hijo que esperaban como consecuencia de la caída.

Mantuvieron conversaciones telefónicas sobre la muerte del bebé que hicieron pensar al padre que Fátima A. O. había acabado intencionadamente con su vida.

Respecto al otro condenado, el jurado consideró probado que no prestó ninguna ayuda a su hija durante el embarazo, que fue consciente del día en que se puso de parto y que pese a saber que se encontraba sola junto a su otra hija de 18 meses entonces, «no les prestó ninguna ayuda ni avisó para que las ayudaran».

Poco antes de dar a luz, ella le advirtió de que si no le ayudaba «iba a matar» tanto a su actual hija como al bebé que venía en camino, pero se marchó, en tanto que «le resultaba indiferente lo que pudiera pasarles» y «siendo consciente del peligro que corrían la vida o la integridad física» de ambas.

El abuelo materno tuvo la «posibilidad de actuar evitando el peligro real en que quedaban la menor y el bebé que iba a nacer», según considera probado el tribunal.

Cuando regresó a la vivienda, la recién nacida ya estaba muerta.

Para deshacerse de ella «la introdujo en una bolsa de plástico, llevándola hasta la localidad de Albuñuelas donde la arrojó a algún contenedor de basura».

El 16 de enero de 2018, sobre las 18.00 horas, trabajadores de la planta de basuras de Alhendín hallaron el cuerpo de la bebé.

La madre está privada de libertad desde el 6 de abril de 2018.

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