La magistrada acuerda el archivo provisional de la querella de Marta Flor contra Calvente por supuesto acoso sexual
La abogada Marta Flor, y en la imagen pequeña José Manuel Calvente, exjefe del servicio jurídico y exdelegado de Protección de Datos de Podemos.

La magistrada acuerda el archivo provisional de la querella de Marta Flor contra Calvente por supuesto acoso sexual

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29/7/2020 13:01
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Actualizado: 29/7/2020 16:59
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La magistrada titular del Juzgado de Instrucción número 32 de Madrid, Rosa María Freire, ha acordado el sobreseimiento provisional de las diligencias abiertas tras la querella de la abogada Marta Flor contra José Manuel Calvente, su excompañero del equipo legal de Podemos, por la supuesta comisión de los delitos de acoso sexual, acoso laboral, hostigamiento, coacciones y lesiones.

La magistrada adopta esta decisión al considerar que no ha resultado debidamente justificada la perpetración de los delitos que dieron lugar a la formación de la causa, en consonancia con el informe del fiscal, del pasado 10 de julio.

Este auto puede ser recurrido en reforma, ante el propio órgano judicial.

Tras una serie de diligencias, la magistrada ha tomado la decisión de archivar el procedimiento abierto por acoso sexual y laboral que no ha resultado debidamente justificada la perpetración de los delitos que dieron lugar a la formación de la causa, en consonancia con el informe del fiscal, de fecha 10 de julio, en el que se solicitaba el sobreseimiento, el cual todavía no es firme, ya que el auto puede ser recurrido.

‘RELACIÓN DE AMISTAD Y CONFIANZA’

La magistrada explica en su auto que no se ha acreditado el delito de acoso sexual «ante la falta de evidencia de favor sexual alguna, ni ninguna situación objetiva intimidante, hostil o vejatoria hacia la querellante por parte del querellado».

Señala que la «relación de amistad y confianza» entre los abogados Marta Flor y José Manuel Calvente «fue consentida y compartida por ambas partes hasta febrero de 2019, tal como reflejan los mensajes aportados por la propia querellante, quien reconoce dicha amistad hasta el 22 de febrero, fecha en que manifiesta con claridad que solo quiere una relación profesional».

De hecho, apunta que Calvente «era su apoyo en momentos difíciles, y así se lo reconocía» Marta Flor y que, por tanto, «la proposición ‘decente'» que el abogado pudo hacer a su compañera «de pasar juntos un fin de semana carece de la entidad e intensidad» no cumple con lo exigido por el artículo 184.1 del Código Penal para considerarlo acoso sexual.

La titular del Juzgado de Instrucción número 32 de Madrid tampoco ve en los hechos denunciados la posible comisión de un delito de acoso laboral porque «no hay relación de superioridad laboral».

Según señala en la resolución, Calvente «es un mero coordinador del equipo legal, con el fin de racionalizar y distribuir el trabajo entre los miembros del equipo, sujeto a la aprobación, visto bueno e instrucciones de la responsable del equipo».

Además, destaca que Marta Flor se refiere a esta responsable como «mi jefa» , «mi responsable» y que se dirigió a ella desde que cesó su relación personal con Calvente «para despachar y para que solucionase el problema que se había creado, dada su pretensión reiterada e inamovible de trabajar independiente y no relacionarse profesionalmente con el querellado».

La magistrada tampoco ve acreditados «actos hostiles ni humillantes, sino graves desavenencias personales que transcendieron al ámbito laboral del equipo legal de la formación política», que no han llegado a ser resueltas «adecuadamente».

Dice que «reflejo» de estas discrepancias «personales, profesionales, y quizás también una lucha de poder interna» son las denuncias y querellas cruzadas que han interpuesto ante los tribunales y ante la Agencia Española de Protección de Datos.

NO HAY ALTERACIÓN DE LA VIDA COTIDIANA NI CONDUCTAS VIOLENTAS

Freire indica que los hechos denunciados tampoco son constitutivos de un delito de hostigamiento porque la vida cotidiana de la abogada no se ha visto alterada gravemente; ni de un delito de coacciones porque no consta ninguna conducta violenta o intimidatoria física o verbal de Calvente «para obligar, impedir o compeler» a Marta Flor a «realizar algo no querido por ella».

También rechaza el delito de lesiones porque no se ha acreditado ningún tratamiento médico, además de que no ve relación de causalidad entre sus alegadas bajas médicas en octubre y diciembre de 2019.

Considera que éstas son más propias de la situación generada en el seno del equipo legal de Podemos, ya que le «afectaba de forma directa por su protagonismo en el conflicto», pues la nueva directiva del equipo había tomado posiciones y acordó el despido de dos miembros del equipo, entre ellos Calvente, «con apoyo en gran medida en los datos y valoraciones aportados por la querellante», recalca el auto.

José Manuel Calvente, letrado de la Abogacía de Barcelona desde 1991, se unió a Podemos en 2014 como delegado de Protección de Datos, coordinador del Equipo Legal y abogado del partido.

A principios de diciembre fue despedido de Podemos.

Fuentes de la dirección de Podemos informaron entonces que había sido despedido tras abrirle un expediente por supuesto acoso sexual y laboral a una trabajadora del partido.

Calvente anunció en un comunicado que interpondría una querella por supuestas calumnias contra el partido.

Aseguró que “es rotundamente falso” que se le haya abierto un expediente por supuesto acoso sexual y laboral y que este fuera el motivo de su despido.

“No ha existido ningún expediente ni investigación de ningún tipo contra mi persona en todos los años que llevo trabajando para Podemos. Ni tan siquiera ha sido alegado como motivo de despido”, explicó.

El letrado aseguró que estas “difamaciones obedecen a un ánimo de venganza desde que se tuvo conocimiento de las investigaciones que estaba realizando” dentro del partido sobre miembros de la cúpula, que ha denunciado la abogada Mónica Carmona.

Su compañera afirmó que la dirección de Podemos había prescindido de ambos como “un grave acto de represalia y posibles coacciones” por estar investigando “graves irregularidades” en los asuntos de los que eran responsables, que afectarían, según señaló, a varios cargos internos.

Calvente mencionó en concreto al secretario de Organización, Alberto Rodríguez, y a la portavoz adjunta en el Congreso y miembro de la Ejecutiva Ione Belarra.

“Existen pruebas documentales que implican directamente además a Ione Belarra de este complot para desacreditarme”, afirmó.

El 18 de diciembre, tras ser despedido, presentó una denuncia en la que señala a altos cargos del partido por presunto blanqueo de capitales, organización criminal para saquear de fondos a la formación morada, financiación ilegal de partidos, allanamiento informático, y administración desleal.

Precisamente, está citado hoy por el magistrato titular del Juzgado de Instrucción número 42 de Madrid, Juan José Escalonilla, para que se ratifique en ella.

Calvente presentó la denuncia en Matorell (Barcelona), pero un juzgado se inhibió en favor de los Juzgados de Plaza de Castilla de Madrid, y recayó por reparto en el Juzgado de Escalonilla.

Para el 15 de septiembre ha citado a la otra letrada de Podemos que despedida junto con Calvente, Mónica Carmona, y a la que exresponsable del equipo legal de Podemos Gloria Elizo.

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