El presidente del Tribunal Constitucional afirma que la Constitución ha dado una respuesta jurídica correcta a la pandemia

El presidente del Constitucional no contempla la dimisión de Valdés Dal-Ré, que fue detenido por un supuesto delito de violencia de género

12 / 08 / 2020 15:47

Actualizado el 13 / 08 / 2020 01:12

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El presidente del Tribunal Constitucional, Juan José González Rivas, no contempla –por el momento– la dimisión del magistrado Fernando Valdés Del-Ré, de 75 años, que el pasado lunes fue detenido por la Guardia Civil por un supuesto delito de violencia de género.

González Rivas regresó ayer desde Galicia, donde estaba pasando sus vacaciones, a Madrid, al conocer la gravedad de los hechos a fin de conocer de «primera mano» lo sucedido e «interesarse» por el estado de Valdés Dal-Ré, con quien mantuvo una conversación por la tarde.

De acuerdo con fuentes del Constitucional, no se ha puesto sobre la mesa la posibilidad de que el magistrado dimita del cargo, al que accedió en 2012, a propuesta del PSOE, y que tendría que haber dejado hace un año; está pendiente de renovación por parte del Congreso de los Diputados.

Sin embargo, las mismas fuentes destacan que si los magistrados del Supremo consideran oportuno abrir una causa para investigar los hechos denunciados, entonces «podría verse» la posibilidad de cesar del cargo.

El presidente González Rivas cuenta con recuperar la normal actividad del tribunal el próximo mes de septiembre con la esperanza de que este hecho no afecte al funcionamiento del órgano, que tiene pendiente el estudio de diversos recursos, como los presentados por los condenados por el ‘procés’ contra la sentencia del Supremo o contra la Ley de Seguridad Ciudadana, conocida popularmente como ‘Ley Mordaza’, impulsada por el Partido Popular en 2015, cuya ponencia se encargó a Valdés Dal-Ré.

LA PELOTA EN EL TEJADO DEL SUPREMO

La magistrada Elena Garde, titular del Juzgado Mixto 7, con competencias en violencia de género, de Majadahonda, localidad al oeste de la Comunidad de Madrid, dejó en libertad la mañana del martes al magistrado Valdés Del-Ré tras su puesta a disposición judicial por parte de la Guardia Civil.

Aunque fue detenido la tarde del lunes y llevado al cuartelillo, pasó la noche en el Hospital Puerta de Hierro, de Majadahonda, debido a una insuficiencia respiratoria.

La magistrada consideró que no era competente en el caso y tras tomar declaración al detenido, a su esposa y a los testigos, anunció que se inhibiría al órgano competente, en este caso el Tribunal Supremo, por ser aforado Valdés Dal-Ré al ser magistrado del Tribunal Constitucional.

Cuando el asunto llegue al Supremo le corresponderá abordarlo a la Sala de Admisión, la cual nombrará a un instructor que procederá a estudiar el asunto. Éste considerará si las diligencias realizadas son suficientes o si es necesario llamar a declarar al magistrado del Constitucional, a su esposa y a los dos jóvenes testigos.

Después de ello, tomará la decisión final: fijar una fecha para celebrar el juicio rápido o archivar.

En condiciones normales, este caso sería un juicio rápido que tendría lugar en un plazo no superior a 15 días por encajar en el artículo 153.1 del Código Penal. 

Este artículo en cuestión dice: «El que por cualquier medio o procedimiento causare a otro menoscabo psíquico o una lesión de menor gravedad de las previstas en el apartado 2 del artículo 147, o golpeare o maltratare de obra a otro sin causarle lesión, cuando la ofendida sea o haya sido esposa (…) será castigado con la pena de prisión de seis meses a un año o de trabajos en beneficios de la comunidad de treinta y uno a ochenta días y, en todo caso, privación del derecho a la tenencia y porte de armas de un año y un día a tres años, así como, cuando el juez o tribunal lo estime adecuado al interés del menor o persona con discapacidad necesitada de especial protección, inhabilitación para el ejercicio de la patria potestad, tutela, curatela, guarda o acogimiento hasta cinco años».

Según fuentes jurídicas consultadas, en este tipo de casos las esposas suelen acogerse al artículo 416.1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que les dispensa de la obligación de declarar contras sus maridos.

Sin embargo, la existencia de dos testigos directos ponen difícil dicho archivo, con lo que el caso del magistrado Valdés Dal-Ré posiblemente adquiera vida propia una vez que la Sala de lo Penal del Supremo se haga competente. 

Falta por ver la posición que tomará el Ministerio Fiscal. Si no se produjera acusación el caso estaría abocado al archivo. 

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