Al FC Barcelona le asiste todo el derecho a exigir a Messi que cumpla su contrato

álvarez-de-mon

4 / 09 / 2020 06:50

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Se han publicado en Confilegal, y otros medios, interesantes artículos comentando la situación fáctica y jurídica creada por el burofax del 24 de agosto enviado por Lionel Messi al FC Barcelona comunicando el ejercicio de su cláusula de libre rescisión unilateral de fin de temporada del contrato que le vinculaba al Barcelona hasta junio de 2021.

Esta rescisión ha originado la situación de divergencia entre club y jugador de máximo interés mediático mundial y que Messi todavía es considerado el mejor jugador actual de fútbol, pese a sus 33 años ,y uno de los mejores de todos los tiempos. Si no, el mejor.

El quid de la cuestión en este caso, jurídicamente hablando, es determinar si Messi ejerció, o no, en plazo su facultad rescisoria.

El jugador alega que el plazo no se extinguió el 10 de junio, fin normal de la temporada futbolística, sino el 24 de agosto, por haberse extendido hasta esa fecha la temporada de Liga por la incidencia del coronavirus en la programación futbolística.

El FC Barcelona alega que no admite esta interpretación y que el plazo expiró cuando estaba previsto, es decir, el 10 de junio.

Por lo tanto, Messi sigue siendo jugador del FC Barcelona a todos los efectos hasta junio de 2021, salvo que se pague la clausura rescisoria de 700 millones de euros.

¿Quien tiene la razón, ya que el derecho no es ciencia matemática?

Como exmagistrado de trabajo y jurista, me he preguntado cuál hubiera sido mi respuesta si, hipoteticamente, se me hubiese planteado este asunto en mi Juzgado de lo Social.

Y he llegado a al conclusión de que el asunto debe resolverse fundamentalmente teniendo en cuenta el artículo 7.1 del Código Civil que dice que «los derechos deben ejercitarse conforme a las exigencias de la buena fé»; conforme a los criterios de los artículos 1281 y siguientes del mismo Código sobre la interpretación de los contratos.

NO HUBO BUENA FE POR PARTE DE MESSI

¿Ha habido buena fe en la interpretación de Messi sobre el ejercicio de su derecho de rescisión unilateral?

Desde mi punto de vista, no parece que la haya habido.

El jugador había declarado, antes de extinguirse el plazo del 10 junio, que no iba a ejercer ese derecho. Hizo pública su decisión, su voluntad de continuar en el FC Barcelona. 

No cabe ir caprichosamente contra los propios actos en perjuicio de otro, en este caso del FC Barcelona, entidad que seguramente habría planificado de diferente manera su próxima temporada conociendo que Messi había decidido marcharse a otro equipo.

Pero hay más. Y es que se alega, ahora por el jugador, que no había expirado aún la temporada.

Cierto, la futbolística. Pero no la contractual, que se extendió voluntariamente para los futbolistas quienes así lo aceptaron. Entre ellos Messi que, de esa forma, se había vinculado hasta junio de 2021. 

Messi, por razones que todavía no ha explicado y que tienen que ver, de forma evidente, con el resultado de 8 a 2 que le infligió el Bayern de Munich al FC Barcelona en las semifinales de la Champions League, se ha arrepentido de su renuncia a ejercer su derecho a marcharse y quiere rescindir un contrato que ya está, de facto, prorrogado. Por su propia voluntad y una vez que el plazo se había extinguido. 

Avala, además, esta consideración lo ya dicho sobre la interpretación de los contratos.

Pues el sentido literal de la cláusula es claro el mencionado artículo 1281 del Código Civil. Y, además, dada la onerosidad del contrato –50 millones de euros netos al año–  al que el FC Barcelona no ha dejado de hacer honor, se exige, a cambio, al jugador que respete los derechos de planificación deportiva del Club.

A Messi se le pasó el momento de renunciar a continuar en el Barça. Ese momento fue el 10 de junio. 

Ahora, si quiere irse tendría que pagar los 700 millones de euros previstos o llegar a un acuerdo con el FC Barcelona.

Porque al Club blaugrana le asiste todo el derecho a exigir a su estrella que cumpla su contrato. 

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