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«Ante la duda, tú la viuda»

«Ante la duda, tú la viuda»
El abogado José Luis Sariego Morillo, autor de esta columna.
18/2/2021 06:47
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Actualizado: 18/2/2021 12:51
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Hablo de esta peculiar perspectiva refiriéndome a la que el mismo Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha usado para justificar el asesinato de hombres en España en el ámbito de la pareja íntima. [i]

Parece que quienes defienden la perspectiva de género quieren justificar esta idea, aunque esto ya se hace desde instituciones con las que pagamos nuestros impuestos.

Del “ante la duda, tú la viuda” o “machete al machote”, llegamos al “si te maltrata, mátalo”, pero esta vez en un mensaje claro y preciso.

El «slogan» que critica José Luis Sariego en su columna. 

¿Se imaginan que desde estas líneas yo afirmase que el asesinato de mujeres a manos de sus parejas o ex parejas está justificado?

No es de extrañar que, desde cierto feminismo que ha llegado al poder en las instituciones, se realicen este tipo de afirmaciones y consignas.

Ya estamos acostumbrados.

Aunque a mí me sigue provocando cierto miedo, el hecho de que en España en los últimos años se justifique la violencia desde la clase política e, incluso, el asesinato de conciudadanos.[i]

¿Se imaginan que afirmase que el asesinato de políticos, policías, guardias civiles, jueces y catedráticos de universidad por parte de la ETA estaba más que justificado?

Pues esta es la nueva normalidad.

¿Se imaginan que yo dijese que el tener a los asesinos de mujeres encerrados en la cárcel, lejos de sus familias por la ley de violencia de género, es un problema político? [ii]

Pues esto es lo que se ha normalizado con los presos de la ETA.

Desde 1988 fui un activista de los derechos de las mujeres, creando redes de ayuda y colaborando en la creación de asociaciones para proteger a esas mujeres que sufrían terribles malos tratos. [iii]

Pero en 2004 todo cambió.

La causa no fue otra que la aprobación de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, a raíz de la elaboración del informe del CGPJ de 2004 [iv] en cuyas páginas 29 y ss. se decía que:

“Pero, si en realidad lo que se hace es presumir que toda agresión contra una mujer viene presidida por esa presunción normativa de que se agrede con esos fines o por razón de esos objetivos, entonces en lo penal -como luego se dirá- se está recreando un Derecho penal de autor y en lo orgánico judicial se está volviendo al sistema de jurisdicciones especiales, superado a finales del siglo XIX, propio de Antiguo Régimen pues se está creando una jurisdicción especial, privativa de las mujeres, basada en el sexo de la víctima y en la intención del agresor…”.

No sólo el CGPJ protestó contra la Ley 1/2004, sino gente tan conocida como Manuela Carmena, María Sanahuja y otras juezas, juristas y periodistas [v]

Y no me vengan con eso de que el Tribunal Constitucional declaró la LO 1/2004 constitucional, que ya sabemos que hubo muchas presiones para dictar dicha sentencia. [vi]

La perspectiva de género implantó la presunción de culpabilidad de los hombres en España.

Ésta se viene aplicando desde 2004 hasta hoy día. Basta ver cómo algunos jueces se han convertido en cómplices de ese concepto totalitarista de la presunción de culpabilidad como el que recoge el Tribunal Supremo en su sentencia 677/2018 de 20 de diciembre de 2018 [vii] donde se llega a afirmar que: “Toda agresión del hombre a su pareja es violencia (objetiva) de género, aunque sea mutua”.

¿Cómo va a poder alegar un ciudadano hombre legítima defensa a partir de ahora, si es agredido por una mujer?

LEGÍTIMA DEFENSA PERVERTIDA

De alguna forma se pervierte el concepto de la legítima defensa, siempre que el acusado sea un hombre heterosexual.

De otra forma, se está justificando que no es tan grave que una mujer agreda a un hombre en el contexto de una pelea mutua, porque se parte de la presunción de que la mujer es una víctima que se defiende del “presunto culpable” por ser hombre. El mismo discurso del entorno de ETA o de los independentistas catalanes sobre España, cuando justificaban el asesinato de Ernest Lluch por pertenecer al estado opresor. ([viii] y [ix])

Esta forma de vulneración de los derechos humanos, pervirtiendo el lenguaje y la lógica jurídica a través de declaraciones políticas y, ahora, en alguna sentencia judicial están cargadas de una ideología totalitaria, y eso no es algo nuevo del siglo XXI.

Así, ya lo hicieron los alemanes con los judíos, con los polacos, con los opositores, con los gitanos, etcétera, para justificar su “deslocalización” y finalmente su exterminio.

La perversa perspectiva de género se ha instaurado en nuestro país como lo hizo la perspectiva nacional socialista en Alemania, siendo ambas una forma de concebir el mundo muy totalitaria.

No se admiten a los disidentes, ni a los diferentes.

No debemos olvidar que ETA y los partidos que la representan siguen siendo “nacionalistas” y “socialistas”.

No termino de sorprenderme de que el gobierno español (PSOE y Podemos) hable de rechazo a la extrema derecha, pero a la vez negocie con partidos que tienen una parte de la base ideológica idéntica al partido nazi alemán.

En Alemania, un grupo de seres humanos ejercieron entonces su poder sobre otros, apoyándose en un aparato ideológico y material que hizo posible el exterminio.

Esto fue enseñado y aprendido incluso desde los colegios y las universidades durante varios años.

Tal como se está haciendo con la ideología de género en España desde hace muchos años (16 años).

La perspectiva nacional socialista del partido nazi planificó el genocidio de judíos, pero sobre todo de opositores a la ideología nazi: Y antes de ejecutado, fue pensado. [x]

Para justificar el genocidio provocado por la perspectiva nacional socialista, la propaganda nazi disfrazó la agresión militar dirigida a la conquista territorial como un acto de defensa justo y necesario.

Describían a Alemania como una víctima real o posible de los agresores extranjeros, como una nación amante de la paz que se veía obligada a tomar las armas para proteger a su pueblo o defender la civilización europea, del comunismo.[xi]

Cuando era justo lo contrario.

Hoy esto se llama proyección social (proyectar en los demás lo que ellos mismos hacen)

Heinrich Himmler convirtió a Alemania con su ideología nazi en una empresa nacional, en la que el producto a vender era la presunta defensa de la violencia que sufría el pueblo alemán de los demás.

Cuando, en realidad, los violentos eran ellos. Esto es, crear un estado de opinión sobre ser considerado un pueblo oprimido (el alemán) para justificar la violencia como legítima defensa [xii]

Hitler recurrió entonces a la creación de instituciones cada vez más represivas. [xiii] Y creó para ello leyes y juzgados especiales. Los Volksgerichtshof.

Siguiendo esa idea, en España desde 2004 se han ido creando al socaire de la perspectiva de género, instituciones que dominan el discurso del “hombre como opresor de la mujer” y han comprado a instituciones, empresas privadas, partidos políticos, sindicatos, medios de comunicación y mentes jurídicas con prebendas, con el único objetivo de establecer un pensamiento único en este sentido.

Los insultos “machista”, “carallot”, “txakurra” o “maketo” de hoy, equivalen al del “cerdo judío” (Judenschwein) que se usó y normalizó en Alemania. 

En España en 2004, la perspectiva de género creó los tribunales especiales donde sólo se juzga o investiga a hombres heterosexuales.

Título de un curso subvencionado por Podemos en A Coruña en el Centro Social. 

De aquellos tribunales de violencia sobre la mujer, en un futuro no muy lejano, aparecerán otros tribunales “especiales” en determinados territorios españoles, cuando se creen juzgados y leyes especiales para perseguir a los disidentes del independentismo catalán o vasco.

Basta leer algún programa electoral que recoge cómo se nombrarán jueces desde el poder político independentista, dejando fuera a los jueces con raíces o ideas “españolistas”.

El motivo de este artículo, que sé que mucha gente lo considerará exagerado, no es otro que el espanto que me ha provocado el ultimo informe del Observatorio de Violencia sobre la Mujer del CGPJ, cuando justifica el asesinato de hombres a manos de sus mujeres o exmujeres, cuando deja caer la idea de que algunos de estos asesinatos están justificados, porque ellas, las asesinas de hombres, ejercieron de alguna forma la legítima defensa.

En particular, el informe que me produce este espanto dice textualmente en la página 94:

“Aparte de la diferencia cuantitativa entre violencia de género y violencia doméstica íntima (la que sufren los hombres), existen también circunstancias cualitativas que diferencian ambos tipos de violencia y que es importante tener en cuenta. Una de estas circunstancias, que se dio en tres de los nueve casos de 2019, es la existencia de malos tratos previos de la víctima a su agresora, lo que da lugar a lo que se ha llamado violencia de respuesta. Ninguna de las nueve víctimas había presentado denuncias previas contra su agresora. [i]

Esto es, que hay una “violencia de respuesta” que se justifica porque lo dicen las asesinas.

Porque “yo sí te creo, hermana”, y los muertos no pueden hablar.

[i] https://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Poder-Judicial/En-Portada/El-perfil-medio-de-las-56-victimas-de-violencia-de-genero-de-2019-es-el-de-una-mujer-de-44-anos-con-hijos-que-mantiene-una-relacion-afectiva-y-convive-con-su-agresor-

[i] https://www.diariodemallorca.es/opinion/2012/02/17/eta-problema-politico-3996915.html

[ii] https://www.eldiario.es/politica/pablo-iglesias-politico-dispersion-eta_1_2606073.html

[iii] https://www.dykinson.com/libros/familia-y-violencia-enfoque-juridico/9788481554236/

[iv] https://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Poder-Judicial/Consejo-General-del-Poder-Judicial/Actividad-del-CGPJ/Informes/Informe-al-Anteproyecto-de-Ley-Organica-integral-de-medidas-contra-la-violencia-ejercida-sobre-la-mujer

[v] https://elpais.com/diario/2006/03/18/opinion/1142636413_850215.html

[vi] https://okdiario.com/opinion/ni-alfonso-guerra-ni-joaquin-leguina-consideran-constitucional-livg-4899934

[vii] https://diariolaley.laleynext.es/content/Documento.aspx?params=H4sIAAAAAAAEAMtMSbH1CjUwMDAzMjOysDBWK0stKs7Mz7Mty0xPzStJBfEz0ypd8pNDKgtSbdMSc4pT1RKTivNzSktSQ4sybUOKSlMBJvec5kUAAAA=WKE

[viii] https://elpais.com/politica/2019/11/24/actualidad/1574628833_591934.html

[ix] https://www.elmundo.es/elmundo/2001/01/15/espana/979553356.html

[x] http://www.bnm.me.gov.ar/giga1/documentos/EL005100.pdf

[xi] https://encyclopedia.ushmm.org/content/es/article/deceiving-the-public

[xii] https://www.casadellibro.com/libro-mein-kampf/9783471665534/856162

[xiii] https://www.casadellibro.com/libro-aquellos-hombres-grises-el-batallon-101-y-la-solucion-final-en-p-lonia/9788435026369/812387

[i] https://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Poder-Judicial/En-Portada/El-perfil-medio-de-las-56-victimas-de-violencia-de-genero-de-2019-es-el-de-una-mujer-de-44-anos-con-hijos-que-mantiene-una-relacion-afectiva-y-convive-con-su-agresor-

 

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