Vigilancia Penitenciaria mantiene el régimen de semilibertad para los presos del ‘procés’
Tras rechazar esta suspensión cautelar, el juez abordará si avala o no la progresión a tercer grado, y las defensas y la Fiscalía pueden recurrir la decisión que tome ante el Supremo. Foto: EP.

Vigilancia Penitenciaria mantiene el régimen de semilibertad para los presos del ‘procés’

Desestima la petición de la Fiscalía de suspender cautelarmente su progresión a tercer grado
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24/2/2021 18:15
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Actualizado: 24/2/2021 18:15
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El juzgado de Vigilancia Penitenciaria 5 de Cataluña ha acordado este miércoles mantener vigente la semilibertad de los presos del ‘procés’ en la cárcel de Lledoners (Barcelona), y ha desestimado la petición de la Fiscalía de suspender cautelarmente su progresión a tercer grado, según los autos consultados por Europa Press.

Esta decisión afecta a Oriol Junqueras, Raül Romeva, Josep Rull, Jordi Turull, Jordi Sànchez y Jordi Cuixart, mientras que el juez aún no ha resuelto sobre Joaquim Forn porque su defensa tenía de plazo hasta este miércoles para contestar al recurso, han explicado fuentes judiciales.

Otro juez con competencias sobre las prisiones de Wad-Ras (Barcelona) y Puig de les Basses (Girona) ya decidió este martes mantener la semilibertad para Dolors Bassa y Carme Forcadell.

La Fiscalía recurrió la concesión del tercer grado, a finales de enero, a todos los líderes independentistas en prisión por la causa del ‘procés’ y pidió que se suspendiera la progresión a la semilibertad hasta obtener un pronunciamiento sobre el asunto, lo que ambos jueces han rechazado.

Con estos autos, el juzgado rechaza la petición del fiscal y descarta la petición de dar efectos suspensivos a su recurso –suspender la semilibertad cautelarmente y sin esperar a la decisión final sobre el asunto tras valorar los argumentos de cada parte– haciendo una interpretación extensiva de la norma que permite hacer suspensivos los recursos a decisiones judiciales pero no administrativas, como en este caso.

Sobre la petición de la Fiscalía, el juez afirma que su intención «choca con la interpretación más restrictiva que debe darse a normas que, en definitiva, producen afectación a derechos fundamentales«.

Tras rechazar esta suspensión cautelar, el juez abordará si avala o no la progresión a tercer grado. Una vez tome esta decisión, las defensas y la Fiscalía podrán recurrir la decisión que tome ante el Tribunal Supremo.

El verano pasado, cuando la Generalitat concedió el tercer grado por primera vez a los presos del 1-O, la titular de este mismo juzgado sí aceptó la petición de la Fiscalía, que en esta ocasión el juez sustituto ha descartado.

Entonces, los presos en Lledoners volvieron al grado penitenciario ordinario solo unos días después de que la Fiscalía recurriera su semilibertad, mientras que otro juez decidió lo contrario para Bassa y Forcadell, quienes pasaron todo el verano en tercer grado.

El pasado diciembre el Tribunal Supremo revocó el tercer grado penitenciario concedido por el Departamento de Justicia de la Generalitat a los nueve condenados a penas de prisión por el ‘procés’, al considerar que se trata de una medida prematura.

En ese momento, señaló que es preciso que transcurra un periodo de tiempo mayor para evaluar adecuadamente la evolución del interno y el tratamiento penitenciario, máxime cuando se trata de condenas elevadas (de 9 a 13 años de cárcel) de las que ninguno había cumplido la mitad y la mayoría ni siquiera una cuarta parte.

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