La Fiscalía pide absolver a un policía nacional por el atropello mortal de un peatón cuando se dirigía a atender un aviso de reyerta
El juicio está fijado para el 24 de marzo en la Audiencia Provincial de Madrid.

La Fiscalía pide absolver a un policía nacional por el atropello mortal de un peatón cuando se dirigía a atender un aviso de reyerta

No aprecia una conducta delictiva por parte del agente
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18/3/2021 11:32
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Actualizado: 18/3/2021 11:38
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La Fiscalía Provincial de Madrid pide la absolución de un policía nacional implicado en el atropello mortal de un peatón cuando se dirigía a atender un aviso de reyerta.

El representante del Ministerio Público no aprecia una conducta delictiva por parte del agente.

El juicio está señalado para el próximo 24 de marzo, miércoles, en la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 30).

Según explica en su escrito de conclusiones absolutorias, el 16 de octubre de 2016, sobre las 3.45 horas, un coche policial en el que viajaban dos agentes se dirigía, precedido por otro vehículo policial, a atender un aviso por reyerta en la calle Ministriles.

Indica que a tal fin, ambos turismos circularon, con los dispositivos luminosos y acústicos activados, por la calle Mayor hasta llegar a la Puerta del Sol, donde advirtieron que la calzada estaba ocupada por varios vehículos detenidos que no les permitían avanzar, por lo que «decidieron incorporarse al carril bici para así rebasarlos».

El Ministerio Público explica que de esta forma, cuando ambos vehículos circulaban por el carril bici y tras atravesar el primer coche la confluencia con la calle del Correo, un peatón, «que iba caminando por las inmediaciones del citado carril, perdió el equilibrio y cayó de bruces justo delante» del coche que iba por detrás, «cuyo conductor, que no tuvo tiempo ni posibilidad de reaccionar, no pudo evitar golpearle con su vehículo».

El peatón sufrió lesiones que le causaron la muerte de forma inmediata.

“No consta la velocidad a que circulaba el vehículo policial ni que ésta haya tenido influencia determinante en la producción del resultado”, apunta la Fiscalía.

Afirma que los hechos no son legalmente constitutivos de delito alguno, que sin la existencia de delito, no cabe hablar de autoría del mismo ni de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal.

Manifiesta que procede decretar la absolución del agente, y que al no existir delito, no cabe hablar de responsabilidad civil derivada del mismo.

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