El Supremo da cinco días a los condenados por el ‘procés’ para que hagan alegaciones sobre las peticiones de indulto
Las penas a las que fueron condenados los 12 líderes independentistas en octubre de 2019. Foto: EP

El Supremo da cinco días a los condenados por el ‘procés’ para que hagan alegaciones sobre las peticiones de indulto

La Fiscalía se opone a la concesión de la medida de gracia, mientras que la Abogacía del Estado elude posicionarse, pero señala que el "perjuicio económico" está reparado
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05/5/2021 10:58
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Actualizado: 28/5/2021 13:01
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El Tribunal Supremo (TS) ha dado hoy un plazo de cinco días para alegaciones a los condenados por el ‘caso procés’ para que expresen lo que tengan por conveniente en relación a las peticiones de indulto formuladas en su favor.

En 12 providencias de contenido similar, una por cada uno de los 12 condenados, el tribunal de la Sala de lo Penal acuerda darles esta audiencia ya que la solicitud de indulto para ellos está promovida por terceras personas e instituciones.

Todos ellos tienen un plazo común de cinco días para expresar lo que tengan “por conveniente acerca de esa petición” y formular, si lo consideran oportuno, “alegaciones previas a la elaboración” por la Sala del informe sobre los indultos que prevé la Ley.

Se han presentado al menos siete peticiones de indulto a favor de Junqueras, los exconsejeros Dolors Bassa, Joaquim Forn, Josep Rull, Raül Romeva, Jordi Turull, Santi Vila, Meritxell Borràs y Carles Mundó; ‘Los Jordis’; y la expresidenta del Parlamento catalán Carme Forcadell.

Algunos de ellos se refieren a todos los condenados, mientras que otros sólo a algunos.

El indulto puede solicitarse por el propio condenado, sus parientes o cualquier otra persona en su nombre. La concesión, en caso de producirse, compete al Rey, a propuesta del ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros, y debe acordarse mediante Real Decreto publicado en el Boletín Oficial del Estado.

El indulto referido a Junqueras fue presentado por varios internos de la cárcel de Lledoners donde cumple su pena, el presidente del partido Justicia Económica y Social (JES) Sergio Querol, el jurista Francesc Jufesa y otro particular, Juan Andrés Arnáiz Cabezas, quienes piden el indulto total o parcial mediante la reducción de la pena de prisión impuesta o la sustitución de esta por pena de inhabilitación.

La Fiscalía y la Abogacía del Estado ya han remitido al Tribunal Supremo su respectivo informe sobre los indultos solicitados.

La Abogacía del Estado ha rehusado pronunciarse a favor o en contra de la concesión de los mismos, por considerar que es una decisión que compete únicamente al Gobierno, pero señala que el «perjuicio económico» provocado con el referéndum independentista ilegal del 1-O ya ha sido resarcido.

Los Servicios Jurídicos del Estado se apoyan para ello en el informe emitido por el Tribunal de Cuentas que acredita que los 4,1 millones de euros fijados como liquidación provisional en el juicio contable por los gastos y pagos del 1-O ya han quedado garantizados.

El Miniterio Público, por su parte, se opone a la concesión de la medida de gracia debido la gravedad de los hechos y al entender que no existen razones de justicia, equidad o utilidad pública que justifiquen su aplicación.

Sostiene que los condenados deben cumplir las penas sin «atajos» y por eso se ha opuesto de manera tajante a la concesión de los indultos, una medida que, subraya, no puede operar «como moneda política de cambio» para la «obtención de apoyos parlamentarios».

Tras analizar los argumentos de estas dos acusaciones, el Supremo emitirá su propio informe, si bien ninguno de ellos es vinculante para el Gobierno, que es el que debe decidir sobre su aplicación.

LAS PENAS A LAS QUE FUERON CONDENADOS

El Supremo condenó a los 12 líderes independentistas por el ‘caso procés’ en octubre de 2019.

Sentenció por sedición, y no por rebelión, a nueve exdirigentes catalanes porque cree que los hechos ocurridos en Cataluña en el otoño de 2017 fueron insuficientes para «imponer de hecho la efectiva independencia territorial y la derogación de la Constitución en el territorio catalán».

El exvicepresidente catalán Oriol Junqueras ha sido condenado a 13 años de prisión y de inhabilitación absoluta por un delito de sedición en concurso medial con un delito de malversación de fondos públicos agravado en razón de su cuantía.

Por los mismos delitos han sido sentenciado los exconsejeros Raül Romeva, Jordi Turull y Dolors Bassa a 12 años de prisión y de inhabilitación absoluta.

También han sido condenados por sedición la expresidenta del Parlamento catalán Carme Forcadell a 11 años y 6 meses de cárcel e inhabilitación absoluta; los exconsejeros Joaquim Forn y Josep Rull a 10 años y 6 meses de prisión y de inhabilitación absoluta; y los líderes de la ANC y Òmnium Cultural Jordi Sánchez y Jordi Cuixart, respectivamente, a 9 años de prisión y de inhabilitación absoluta.

Los exconsejeros Santiago Vila, Meritxell Borràs y Carles Mundó -en libertad- fueron condenados como autores de un delito de desobediencia y se les impuso a cada uno 10 meses de multa, con una cuota diaria de 200 euros, y un año y ocho meses de inhabilitación especial.

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