La jurisdicción de lo Social es la competente para resolver el cese del anterior secretario general de Jupol, según la AN
El sindicato espera que tras este fallo judicial "cesen los intentos personalistas de tirar por tierra una decisión tomada por una amplia mayoría de los miembros de JUPOL" y se celebren elecciones.

La jurisdicción de lo Social es la competente para resolver el cese del anterior secretario general de Jupol, según la AN

Pone de manifiesto la falta de capacidad del Comité de Garantías para interponer esta demanda, y que José María García "carece de capacidad para representar al sindicato"
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01/7/2021 15:24
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Actualizado: 01/7/2021 15:24
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La Audiencia Nacional (AN) manifiesta que los Juzgados de lo Social de Madrid son los competentes para resolver la demanda interpuesta por el anterior secretario general de JUPOL, José María García Fernández, y el Comité de Garantías del sindicato por una presunta vulneración del derecho a la libertad sindical.

La demanda se dirige contra los cinco integrantes de la Comisión Transitoria de Jupol que tomaron la decisión de revocar al anterior secretario general del sindicato, José María García, «por una serie de irregularidades detectadas en su gestión, así como por los perjuicios ocasionados al sindicato por la incompatibilidad laboral cometida por este al mantener su participación en una empresa privada durante su tiempo de secretario general».

Como informó Confilegal, José María García, subinspector del Cuerpo Nacional de Policía, fue sancionado en mayo por la comisión de una falta muy grave con un año de suspensión de empleo y sueldo por el secretario de Estado de Seguridad, Rafael Pérez Ruiz –magistrado en servicios especiales-, a raíz de una denuncia de la periodista María Montero, columnista de este diario, por incumplir el régimen de incompatibilidades de la Policía.

María Montero también informó en junio en este diario de un audio que revela «el antiguo enfrentamiento interno en Jupol por su contabilidad opaca».

La Comisión Transitoria se creó a raíz de una reunión extraordinaria de la Junta Directiva del sindicato el pasado 5 de mayo en la que cinco de los seis miembros tomaron la decisión de suspender de funciones al entonces secretario general, el sexto integrante.

Tras ello, la Comisión Transitoria convocó una Asamblea Nacional Extraordinaria, en la que se llamó a vocación a todos los afiliados, por encima de los 25.000, con el objeto de confirmar su decisión del cese y la convocatoria de elecciones.

En la asamblea, los afiliados de Jupol mostraron su apoyo mayoritario a la destitución de José María García, así como la ratificación del nombramiento de la actual Comisión Transitoria y la convocatoria de una asamblea extraordinaria, que será la encargada de convocar elecciones en el seno de la organización sindical y así proceder a la elección de un nuevo secretario general.

Esos cinco miembros de la Junta Directiva que forman la Comisión Transitoria y que han sido demandados por el cesado y el Comité de Garantías -una figura del sindicato creada para el cumplimiento de los estatutos- son Pablo Pérez, actual secretario de comunicación; Laura González, secretaria de Igualdad; José Ignacio Valverde, secretario de formación, Fernando Calleja, secretario de asuntos jurídicos, y Aaron Rivero, secretario de organización.

El tribunal de la Sala de lo Social de la AN pone de manifiesto en la sentencia la falta de capacidad del Comité de Garantías para interponer esta demanda y que «el anterior secretario general inicialmente suspendido y posteriormente cesado carece de capacidad para representar al sindicato».

Deja imprejuzgado el fondo del asunto.

La sentencia es la número 154/2021, de 29 de junio.

La firman los magistrados Pablo Aramendi Sánchez (presidente), José Luis Niño Romero y Ramón Gallo Llanos, que ha sido el ponente.

Contra esta resolución cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

‘LA AN AVALA  LA POSTURA DE LA COMISIÓN TRANSITORIA’, SEÑALA EL SINDICATO

Jupol ha publicado hoy un comunicado en el que indica que esta decisión «avala la postura de la Comisión Transitoria de este sindicato», que en mayo decidió en aquella reunión extraordinaria de la Junta Directiva la suspensión del hasta ese momento secretario general del sindicato y la convocatoria de esa asamblea extraordinaria el 2 de junio, en la que se aprobó con una amplia mayoría el cese, «quedando así avalada en el seno del sindicato la decisión tomada por la Comisión Transitoria».

El sindicato considera que este «aval ahora queda reflejado también judicialmente», con el fallo de la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, que tras una demanda interpuesta por el cesado secretario general se «ha declarado en primer lugar a José María García incapacitado para presentar una demanda de cualquier tipo en nombre del sindicato JUPOL, así como la incapacidad procesal del comité de garantías de JUPOL y, por lo tanto, la imposibilidad para presentar esta demanda y por último, la falta de competencia de esta Sala para analizar las cuestiones relativas a libertad sindical reclamadas por el exsecretario general de JUPOL».

Esta decisión para la Comisión Transitoria de JUPOL «demuestra la absoluta legitimidad de la decisión adoptada por cinco de los seis miembros de la Junta Directiva de JUPOL, solo a excepción de José María García».

JUPOL espera que tras este fallo judicial «cesen los intentos personalistas de tirar por tierra una decisión tomada por una amplia mayoría de los miembros de JUPOL que participaron en la asamblea extraordinaria» y se permita «la libre continuidad del proceso democrático abierto y necesario para el correcto funcionamiento del sindicato».

Señala que el proceso democrático abierto debe concluir con la celebración de elecciones, el nombramiento de un nuevo secretario general y sobre todo permitiendo que se siga luchando como hasta ahora por la defensa de los derechos y libertades de todos los agentes de la Policía Nacional y por el principal objetivo con el que surge esta organización, la equiparación salarial.

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