Condenado a 25 años de cárcel por matar y descuartizar a su pareja

Ocultó su cuerpo durante más de un año en un arcón congelador en su cuarto de un piso alquilado en Alcalá de Henares (Madrid)

9 / 07 / 2021 13:35

La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a 25 años y cinco meses de cárcel a Manuel M. A., conocido como ‘el descuartizador de Alcalá’, por el asesinato de su pareja, a puñaladas, y la profanación de su cadáver, la desmembró y ocultó su cuerpo durante más de un año en un arcón congelador que tenía en su cuarto de un piso alquilado en Alcalá de Henares (Madrid).

Los hechos ocurrieron el 6 de octubre de 2017 en ese piso.

El condenado tiene actualmente 44 años.

La víctima, de origen ruso, tenía 20 años. Se llamaba Daria. Trabajaba como camarera en una cafetería de Madrid. Fue adoptada cuando tenía 9 años con sus hermanas, pero en el momento del crimen estaba distanciada de su familia debido a su relación.

Fue la madre quien denunció ante la Policía la desaparición de la joven meses después.

El jurado popular lo consideró culpable, por unanimidad, el pasado mes de junio y ahora el magistrado presidente del Tribunal del Jurado, Miguel Fernández de Marcos y Morales, ha fijado la pena.

En concreto, por el delito de asesinato, en el que concurren la agravante de género y la mixta de parentesco, lo ha condenado a 25 años de cárcel, y a cinco años de libertad vigilada, con la obligación de participar en un programa formativo en materia de violencia de género. Por el delito de profanación de cadáver le ha impuesto cinco meses de prisión.

También ha sido condenado por dos delitos de estafa, uno consumado y otro en grado de tentativa, ya que después de matarla compró un paquete de tabaco con la tarjeta de crédito de la víctima e intentó, haciéndose pasar por ella, pero sin éxito, que le ingresaran un abono por importe de 90 euros. Por el consumado tendrá que pagar una multa de 180 euros y por el otro una de 120 euros.

En concepto de responsabilidad civil, tendrá que pagar una indemnización de 130.000 euros a la acusación particular.

La sentencia es la número 1808/2020, de 7 de julio.

No es firme. Contra ella cabe recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

LOS HECHOS PROBADOS

Según los hechos probados, el 6 de octubre de 2017, sobre las 4:00, se encontraban en su lugar de residencia, una habitación alquilada (con cerradura en la puerta) y con baño propio, en un inmueble con zonas comunes compartidas y otras habitaciones también alquiladas.

En un momento dado, Manuel M. A., entre otras lesiones, mordió a la joven en el antebrazo izquierdo, le golpeó en la cara con fuerza tal que le produjo una herida contusa que se extendía al triángulo submandibular derecho, y fractura completa del maxilar inferior derecho.

Seguidamente, y con el propósito de acabar con su vida, le clavó en la espalda un cuchillo (de 29 cms de longitud total, con hoja de 16 cms, y 2, 9 cms de anchura máxima) hasta en dos ocasiones, que le atravesó el pulmón y el corazón, sin posibilidad de otro destino que el fallecimiento inmediato.

«Para evitar levantar sospechas por la repentina ausencia» de Daria -prosigue la sentencia-, entre los días 8 y 10 de octubre de 2017, desde el teléfono de ésta solicitó el cambio de contraseña de su correo electrónico y la vinculación de la cuenta de WhatsApp de Daría con un nuevo número de teléfono.

El 9 de octubre de 2017, el condenado accedió al Facebook de Daria y publicó: “Estoy haciendo varios cambios en mi vida… si no vuelves a saber nada de mí, tú eres uno de ellos”. Asimismo, en dichos días –como si de Daría se tratara- mantuvo conversaciones por WhatsApp con una compañera de trabajo de la víctima, con el propietario del local donde trabajaba, con dos amigos de la joven, así como con el padre de ella.

Preguntado por ella por en el tiempo que transcurrió hasta el 07 de febrero de 2019, él les contestaba que la joven se había ido con otra persona y que desde entonces no había vuelto a saber nada de ella.

En el curso de las 48 horas con posterioridad al apuñalamiento mortal, el condenado descuartizó en siete partes el cuerpo de Daría y los restos mortales los introdujo en un arcón frigorífico, que conectó a la corriente.

El magistrado recoge en la sentencia la extrema violencia del crimen y recuerda que es la alevosía “lo que convierte en asesinato el delito de homicidio”.

Indica que en este caso, el núcleo del concepto de alevosía se halla en la conducta del condenado, que tuvo como cometido la eliminación de la posibilidad de defensa de la víctima, no en el primer ataque, sino en el segundo, cuando esgrimió el cuchillo con el que la mató tras los mordiscos y golpes previos, lo que la jurisprudencia llama ‘alevosía sobrevenida’.

Destaca que Daria no tenía por dónde escapar al encontrarse en un espacio muy reducido repleto de muebles y con la puerta de salida cerrada, que estaba conmocionada y muy dolorida -tenía la mandíbula fracturada-, y su agresor llevaba en las manos un cuchillo de grandes dimensiones.

“Ello, en horas de madrugada y en el marco de una convivencia generadora de confianza en la víctima, no siendo cuestionada ni, desde luego, desvirtuada la superioridad física de Manuel M. A.”, agrega.

Además, indica que debe aplicarse también en este caso “la agravante de género al quedar acreditado que el autor ha cometido los hechos contra la víctima mujer por el mero hecho de serlo y con intención de dejar patente su sentimiento de superioridad frente a la misma”, así como la agravante de parentesco.

Las partes del cuerpo de Daria fueron descubiertas el 7 de febrero de 2019 en estado de congelación.

El ahora condenado fue detenido por agentes de la Policía en torno a las 5:00 horas del 8 de febrero de 2019, cuando deambulaba por Alcalá, siéndole intervenidos un teléfono móvil y un cuchillo.

El Tribunal del Jurado declaró probado por mayoría de siete votos favorables que él «con su proceder en su relación sentimental con Daria», por su condición de mujer y «mostrando una voluntad de discriminarla, impuso una relación de asimetría, de poder, de control, de dominación y superioridad», situando a la joven «en una posición subordinada y/o humillada».

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