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COVID: Recurso de amparo de la Fundación Zaballos ante el Constitucional contra la inadmisión en el Supremo de las querellas contra el Gobierno

18 / 07 / 2021 06:47

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La Fundación Zaballos para la Defensa de los Derechos Constitucionales, en representación de más de 600 personas, ha interpuesto un recurso de amparo contra la inadmisión, por parte del Tribunal Supremo, de las querellas interpuestas contra el Gobierno de España y altos cargos por la gestión de la pandemia.

De acuerdo con el auto de inadmisión y archivo del Supremo, en dichas querellas los indicios aportados no tenían suficiente base para demostrar la responsabilidad del Gobierno en lo sucedido.

«Para sostener la autoría de cualquiera de los querellados por las muertes o graves secuelas sufridas por las víctimas, sería indispensable acreditar que, de haberse ejecutado la acción omitida, se habrían evitado los resultados lesivos y mortales», argumentó la Sala de lo Penal.

Y añadió: «No nos basta con constatar en términos empíricos que unas decisiones de esa naturaleza podrían haber reducido la dramática estadística que está definiendo la tragedia. La imputación de actos homicidas o lesivos no puede construirse en términos estadísticos, sino estrictamente probatorios, ligados a la muerte o a las lesiones padecidas por cada una de las víctimas».

«Habría que demostrar que si no se hubiera ocultado información o se hubiera anticipado la decisión política del confinamiento, se habrían impedido los daños», precisó.

Después de ese auto, Emilia Zaballos, presidenta de la mencionada fundación y socia directora de Zaballos Abogados, interpuso el consiguiente recurso de súplica ante el Alto Tribunal, que también fue inadmitido, lo que dio vía libre para la presentación del recurso de amparo ante el Constitucional. 

En el mismo, Zaballos subraya la trascendencia constitucional del recurso por su inexistencia.

«No hay doctrina del Tribunal Constitucional, dado que este Tribunal no se ha pronunciado a día de hoy si, el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva en supuestos de denuncias relativas a una pandemia sin precedentes, con un daño acreditado a la ciudadanía, daño en la salud física, salud mental, económica de todo un país, economía que quedó paralizada, por lo que debe ser interpretado de una forma especial, favoreciendo siempre la apertura de una investigación, con la práctica de diligencias de prueba», argumenta la abogada.

«También podemos justificar la especial trascendencia constitucional desde la óptica de encontrarnos ante una cuestión jurídica de relevante y general repercusión social o económica (STC 23/2015)», señala.

Además del grave agujero económico de miles de familias que han perdido a sus seres queridos que, para muchos de ellos, eran la fuente de ingresos de sus familias, lo que revela una importantísima repercusión económica que debe ser valorada también a la hora de atender a la especial transcendencia constitucional del caso.

A su juicio, se han vulnerado los derechos fundamentales a la igualdad –artículo 14 de la Constitución Española– y a la tutela  judicial efectiva de los jueces y tribunales –artículo 24 de la Carta Magna–.

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