El juez Pedraz archiva la querella por genocidio contra el líder del Frente Polisario
La querella fue interpuesta por la Asociación Saharaui para la Defensa de los Derechos Humanos por hechos supuestamente ocurridos entre 1975 y 1990. Foto: EP.

El juez Pedraz archiva la querella por genocidio contra el líder del Frente Polisario

Señala que los hechos estarían prescritos, que no se ha acreditado la comisión del delito y apunta contradicciones entre lo relatado por los testigos y la querella
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29/7/2021 13:05
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Actualizado: 29/7/2021 13:05
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El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz ha acordado el archivo de la querella de la Asociación Saharaui para la Defensa de los Derechos Humanos (ASADEH) contra el secretario general del Frente Polisario, Brahim Ghali, por delitos de genocidio.

En el auto, con fecha de hoy, contra el que cabe recurso, el magistrado considera que los hechos están prescritos, que no se ha acreditado la comisión del delito de genocidio, así como que los testimonios de los testigos contradicen las afirmaciones de la querella.

La querella se presentó en el año 2008 contra trece militares marroquíes por delitos de genocidio en concurso con asesinato, lesiones, detención ilegal, terrorismo, torturas y desapariciones presuntamente cometidas entre 1975 y 1990.

Pedraz explica que en virtud del artículo 113 del Código Penal de 1973, vigente en el momento en el que supuestamente se cometieron los hechos, los delitos estarían prescritos al haber excedido los 20 años previstos en la ley.

Apunta que «las resoluciones anteriores (auto de incoación de diligencias previas, autos acordando la remisión de Comisiones rogatorias, etc.) carecen de virtualidad a los efectos de interrumpir la prescripción».

De igual modo, añade, «las declaraciones prestadas por los testigos tampoco interrumpieron el plazo de prescripción contemplado en el artículo 113 del Código Penal del 1973, además serían posteriores al auto de admisión a trámite de la querella».

En conclusión, afirma, «queda constatado que ha transcurrido el plazo previsto en el artículo 113 del Código Penal del 1973 aplicable al momento de los hechos como ley penal más favorable en cuanto que no contempla la regulación del delito de genocidio imputado la querella y que el código Penal del 1995 declara imprescriptible».

Todo ello, agrega, «sin necesidad de analizar si los hechos podrían constituir el delito de genocidio regulado en el artículo 607 del Código Penal actual: las conductas expuestas en la querella no integran todos los elementos del delito de genocidio».

Y es que, según explica el magistrado, «no se acredita el elemento subjetivo del injusto: la intención conjunta que guía según la querella a los asesinatos y torturas a los disidentes de destruir total o parcialmente el propio grupo nacional al que pertenecen. No hay rastros de esos subgrupos en los que dividen al Pueblo Saharaui según su localización geográfica».

De modo que, concluye, «se trata de forzar la norma penal para lograr la calificación indicada y evitar la aplicación de la figura de la imprescriptibilidad del delito de genocidio contemplado en el Código Penal actual».

Aprecia contradicciones en las declaraciones de los testigos

Sobre los hechos relatados en la querella y la declaración de los testigos, apunta que «basta la audición de las declaraciones prestadas para apreciar las contradicciones denunciadas por la defensa entre las afirmaciones de la querella sobre la participación del querellado en los hechos descritos y el contenido de las testificales de los testigos que ha declarado».

«También se aprecia una insuficiencia manifiesta de detalles relevantes sobre circunstancias de lugar y tiempo de los hechos, detalles concretos de la participación del querellado Brahim Ghali, descripción del cargo que ocupaba etc».

A su juicio, «todo ello resta credibilidad a los testimonios prestados e impide mantener la imputación contra el querellado».

Por ello, acuerda el sobreseimiento libre de la causa por la concurrencia de la causa extintiva de la responsabilidad penal por prescripción y deja sin efecto las medidas cautelares acordadas. El sobreseimiento acordado solo afecta a Brahim Ghali y no al resto de querellados.

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