El juzgado de guardia de Ceuta no pudo suspender la repatriación de 7 menores marroquíes porque ya habían sido devueltos
Una lancha de la Gendarmería Real marroquí llevó ayer de vuelta a un grupo de menores que trató de llegar a Ceuta en una embarcación de juguete. Nada que ver con los que entraron en mayo por tierra. Foto: EP.

El juzgado de guardia de Ceuta no pudo suspender la repatriación de 7 menores marroquíes porque ya habían sido devueltos

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16/8/2021 06:51
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Actualizado: 16/8/2021 06:51
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La magistrada titular del Juzgado de Instrucción número 2 de Ceuta, en funciones de guardia, no ha podido responder a la petición de  suspensión cautelarísima solicitada para impedir la repatriación forzosa de siete menores marroquíes migrantes porque su devolución se llevó a cabo a primera hora de la mañana, apenas cinco minutos después de la hora (9.55) en la que está fechada la petición de la asociación Coordinadora de Barrios.

Los menores permanecían solos en la ciudad desde mediados de mayo, cuando entraron en la ciudad gracias a que las autoridades fronterizas marroquíes abrieron las puertas a todos sus ciudadanos como protesta por el tratamiento que el presidente del Frente Polisario, Brahim Ghali, estaba recibiendo en un hospital de La Rioja por estar sufriendo de COVID-19.

«La finalidad de asegurar la efectividad de la sentencia que en su caso pueda recaer ha decaído al haberse informado a este Juzgado en funciones de guardia que se ha llevado a cabo la entrega de los menores a las 10.00 horas a través de la frontera», concluyó la magistrada en un auto.

La medida solicitada contaba con el respaldo de la Fiscalía, que en su informe apostó por parar las repatriaciones «hasta que constara el procedimiento y la resolución administrativa individualmente incoadas para proceder a la repatriación», según han precisado fuentes judiciales.

La magistrada refiere en los razonamientos jurídicos de su resolución, en la que no entra al fondo de si el Ministerio del Interior está o no acatando todos los requisitos legales para devolver a los menores a Marruecos, que «en el presente caso, como resulta de lo actuado, los menores que se hallaban bajo la tutela de la Ciudad Autónoma de Ceuta, quien tiene competencia en materia de protección, han sido repatriados con fundamento en lo estipulado en el Acuerdo entre el Reino de España y el de Marruecos de 2007, comunicada al Ministerio Fiscal, tanto la del día de hoy como las llevadas a cabo, al parecer, en fechas anteriores«.

El escrito dirigido al Juzgado de Guardia reclamaba «suspender cualquier actuación material dirigida a repatriar a los menores demandantes a su país de origen, Marruecos, ordenando su inmediata liberación, y que queden bajo la protección de la Ciudad Autónoma de Ceuta».

Igualmente pedía que se requiriese «a la Policía Nacional, a la Delegación de Gobierno y al Servicio de Protección de Menores» para «que se abstengan de realizar ningún acto encaminado a la repatriación, devolución o entrega de los menores mientras se tramita el presente expediente de medida cautelosísima y se recaba informe del Ministerio Fiscal la suspensión del acto administrativo impugnado».

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