Condenada a 2 años y 9 meses de cárcel una enfermera por consultar el historial médico de una compañera con la que se llevaba mal
El médico que lleva al paciente no se opone a la aplicación del tratamiento, pero el hospital se niega. Foto: EP.

Un juzgado de Barcelona autoriza la ozonoterapia para un paciente grave de Covid

Tras no dar buenos resultados los tratamientos aplicados hasta el momento

27 / 08 / 2021 13:21

El juzgado Contencioso-Administrativo 6 de Barcelona ha autorizado por vía de urgencia la aplicación de ozonoterapia a un paciente grave de Covid-19 sobre el que no ha funcionado ningún otro tratamiento.

Así lo ha acordado en un auto, con fecha de este miércoles, en el que accede a la medida cautelarísima solicitada por el letrado en representación del paciente, que es su padre.

La magistrada explica que ha quedado «suficientemente acreditada la concurrencia de circunstancias excepcionales de urgencia que motivan la resolución de la medida cautelar interesada sin la previa audiencia de la parte contraria, estando en juego la vida de un paciente».

Y es que, «consta que el paciente se encuentra sedado e intubado corriendo su vida peligro y con un pronóstico bastante negativo tras no haber dado buenos resultados los tratamientos aplicados hasta el momento», indica.

Junto al escrito de demanda, el letrado presentó informes y estudios médicos que, tal y como recoge la magistrada, «sostienen que la ozonoterapia es una alternativa viable para intentar salvar la vida del paciente, ya que según se expone en la documentación aportada la terapia con ozono se está aplicando en otros hospitales de España, y en otros países dando muy buenos resultados en pacientes de gravedad, toda vez que nos encontramos con una enfermedad, la Covid-19 que no dispone de un tratamiento curativo asentado».

Asimismo, se aporta la propuesta de una doctora del centro hospitalario que tiene el equipo y los recursos necesarios para la aplicación de la terapia con ozono que se considera como medio eficaz a efectos de poder salvarle la vida.

«El médico que actualmente lleva al paciente no se opone a la aplicación de la ozonoterapia, siendo la única negativa la del hospital. Negativa que como se siente en líneas anteriores no ha sido formulada más que en conversación telefónica», refleja en el auto.

De este modo, subraya, «hecha la ponderación de los intereses en conflicto, siendo que se encuentra en juego el derecho a la vida de una persona, no existiendo afectación o perjuicio a los intereses generales, procede acceder a la medida cautelarísima peticionada al valorar por esta juzgadora, que la parte solicitante acredita suficientemente los requisitos necesarios para la adopción de la medida».

Añade, además, que «no consta que pueda conllevar perjuicio a los intereses generales ni de tercero, y en cambio existe posibilidad de beneficio para la vida, lo que solo se sabrá al aplicarle la terapia con ozono; todo ello en este momento procesal a efectos meramente cautelares y sin prejuzgar el fondo del asunto, y en todo caso tras lo que se resuelva tras el traslado a la Administración demandada».

El Departamento de Salud, en contra

Por su parte, el Departamento de Salud ha hecho público un comunicado en el que se muestra en contra de la decisión por lo que ha presentado alegaciones.

Apunta que este tratamiento «no está autorizada como medicamento por las agencias reguladoras» y que su uso «no está contemplado en los protocolos de actuación del Servicio Catalán de Salud basados en evidencia científica».

Sostiene que «no hay ninguna evidencia de su utilidad/beneficio para la prevención o tratamiento de la Covid-19, y por el contrario, hay riesgos potenciales de su uso y no se recomienda su administración o su combinación con otras terapias en relación con la infección por SARS-CoV-2, excepto en el contexto de ensayos clínicos controlados».

En este sentido, añade que la Agencia Española del Medicamento y los productos sanitarios (AEMPS) «ya se pronunció categóricamente en contra del uso de este producto».

Por ello, el departamento se muestra contrario a la decisión de dar tratamiento «sin evidencia científica y lo considera una injerencia sobre las evaluaciones clínicas de los profesionales».

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