Considera que el contenido del Decreto del Ejecutivo vasco «ha podido verse desfasado con la mejoría de la situación epidémica». Foto: EP.

El TSJ de País Vasco eleva el aforo de los estadios de fútbol al 60% como pidió LaLiga

Deja sin efecto de manera cautelar la limitación al 30% aprobada por el Gobierno vasco

15 / 09 / 2021 06:47

El Tribunal Superior de Justicia de País Vasco eleva el aforo de asistencia en partidos de competición de la Liga de Fútbol Profesional (LaLiga) al 60%, como solicitó la entidad presidida por Javier Tebas.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo deja sin efecto de manera cautelar la limitación aprobada por el Gobierno vasco en el Decreto 36/2021, de 30 de agosto, que contemplaba un aforo de 1.200 personas en exteriores y 800 en interiores en recintos con capacidad para entre 1.600 y 5.000 personas y un límite del 30% para los recintos con una capacidad superior a 5.000 personas.

En la resolución, el tribunal recuerda que se trata de «una actividad amparada por el principio de libertad de empresa, a la que se pueden imponer medidas restrictivas justificadas y proporcionadas con el fin aquí pretendido de defensa de la salud pública».

Asimismo, apunta que la medida «tiene naturaleza positiva en tanto en cuanto la parte solicita establecer el límite de aforo acordado por el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (60%) frente al del Decreto (30%»).

Sobre esto, destaca que el acuerdo del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud «no tiene la forma jurídica de orden comunicada por lo que no resulta obligatorio, solo orientativo, para las Comunidades Autónomas».

El tribunal no entra a valor los perjuicios de naturaleza económica a los que alude LaLiga, ya que son indemnizables, pero sí los de carácter publicitario, transmisiones televisivas y de imagen de competición.

En este sentido, considera que «tales perjuicios son claros pues la restricción de aforos reduce la magnitud, y por tanto, el interés de los eventos de no adoptarse la medida».

En cualquier caso, agrega, «una eventual sentencia estimatoria no los podría resarcir al llegar una vez finalizada la competición».

Afirma también, en relación a las alegaciones del Ejecutivo de Iñigo Urkullu, que «el Decreto recurrido podría considerarse proporcionado en sus medidas en el momento de su dictado pero ha podido verse desfasado con la mejoría de la situación epidémica y generar una desproporción, en concreto, respecto de la medida a la que se refiere el presente recurso».

Mejora de la incidencia en País Vasco

Así lo establece la Sala, formada por Luis Ángel Garrido -presidente-, Luis Javier Murgoitio Estefanía, José Antonio González Saiz y Luis Ángel Garrido Bengoetxea -ponente-, en un auto con fecha de este martes contra el que cabe recurso.

Explica que da luz verde a la medida cautelar porque cuando se estableció la limitación del aforo de lo estadios, el 1 de septiembre, la incidencia acumulada a 14 días en todo el territorio nacional era de 233,75 .

«Obvio resulta decir que una recomendación que nace del Consejo Interterritorial de Salud con incidencia no puede sostenerse que represente un peligro para la salud pública pues ha de afirmarse que es un órgano de representación en el que se incluye tanto al Ministerio de Sanidad como a los representantes de salud de las Comunidades Autónomas».

Sin embargo, insiste en que la incidencia actual en el País Vasco es muy inferior con lo que «no aprecia obstáculos para adoptar la medida cautelar solicitada».

El portavoz del Gobierno Vasco, Bingen Zupiria, ha avanzado, según recoge Europa Press, que el Ejecutivo autonómico no va a recurrir la decisión de la Sala, dado que la «judicialización» de este tipo de cuestiones «no lleva a ninguna parte».

De esa forma, ha anunciado que los próximos partidos de fútbol profesional que se celebren en Euskadi podrán disputarse ya con un aforo del 60%.

De hecho, el Gobierno autonómico incorporará este cambio en el límite de aforos en su próximo decreto de medidas frente a la pandemia

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